Discusión constituyente en medio de clima electoral

Es lamentable que el debate sobre una nueva Constitución se busque agilizar con un afán electoral, en especial cuando se trata de un proyecto tan ambiguo, que bien puede abrir la puerta a una asamblea constituyente.




La decisión del gobierno de colocar suma urgencia al proyecto que modifica el Capítulo XV de la Constitución -a fin de introducir un mecanismo de reemplazo del texto constitucional- ha encontrado un inesperado traspié en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde la postura discordante de dos diputados DC obligará al gobierno a extender las negociaciones, algo que en este momento apremia al Ejecutivo, pues todo parece indicar que el objetivo es forzar la discusión de este proyecto en sala antes del balotaje.

El proyecto fue presentado por el gobierno a comienzos de abril, en el marco del proceso constituyente convocado por la Presidenta Bachelet. Desde entonces, esta iniciativa había estado prácticamente inmóvil. Que se haya elegido la segunda vuelta para reactivarla no puede sino ser entendido como un deliberado afán de intervencionismo por parte de La Moneda. En este apuro parece haber, además, una motivación de aprovechar que dos senadores de oposición se encuentran inhabilitados para votar -debido a que enfrentan procesos judiciales-, con lo cual el quorum de dos tercios estaría asegurado en el caso del Senado.

Aun cuando se trata de un compromiso de campaña de la Nueva Mayoría, resulta lamentable que se insista en la práctica de ocupar la agenda legislativa con el fin de obtener dividendos electorales, polarizando inconvenientemente un debate que requiere de un cuidadoso análisis.

La propuesta del Ejecutivo contempla que se añada un nuevo articulado a la Constitución, en el cual se establezca que el Congreso podrá convocar a una "Convención Constitucional", para lo cual requiere la aprobación de los 2/3 de senadores y diputados en ejercicio. El sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, así como sus funciones, atribuciones y mecanismos de participación ciudadana, además de otros detalles técnicos, deberán ser aprobados mediante una ley orgánica constitucional que requerirá la aprobación de los 3/5 de los parlamentarios en ejercicio.

La propuesta del gobierno, aun cuando en lo formal no es una asamblea constituyente, bien podría derivar en algo similar producto de que en los hechos la composición de la Convención queda totalmente abierta, lo mismo que sus atribuciones, aspectos que serían resueltos por el gobierno en la respectiva ley. Esta excesiva generalidad ha sido uno de los aspectos más cuestionados, incluso dentro de las filas oficialistas, demandando al gobierno que incluya mayor precisión respecto, por ejemplo, del número de integrantes que debería tener la Convención o de quienes la integrarán. La generalidad de sus atribuciones también requiere de más precisiones, lo que debe ser discutido en esta instancia.

Si en definitiva se insiste en el camino constituyente, los legisladores deben asegurar que cualquier cambio se haga estrictamente dentro de los marcos institucionales, y no se busquen artilugios para saltarse al Congreso ni los quorum previstos en la Constitución.

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