Eliminación del CAE y equidad horizontal




SEÑOR DIRECTOR

Imaginemos a dos familias de bajos recursos, del quinto decil de ingresos. El hijo de una de ellas acaba de ingresar a una institución de educación superior que cumple las exigencias para recibir aportes del Estado y va a recibir educación superior gratuita. Imaginemos ahora que un joven de la otra familia realizó sus estudios con un Crédito con Aval del Estado (CAE) y la familia ha quedado con una pesada deuda. ¿Por qué el Estado tiene que hacerse cargo del problema financiero de la primera y no del de la segunda?

Imaginemos que se aprueba la eliminación del CAE y tenemos a dos familias del octavo decil. En la primera, un joven ingresa a la educación superior e independiente del carácter público o privado de la institución que ha elegido debe pagar sus estudios. En la segunda, un hijo estudió en una institución superior y ya no tiene que pagar su deuda. ¿Por qué el Estado discrimina a la primera familia?

La exigencia de eliminar el CAE no es independiente de la exigencia de que exista gratuidad universal, y avanzar solo en un ámbito implica romper un principio básico de equidad horizontal. Alguien podría decir que el problema se resuelve avanzando en ambas dimensiones simultáneamente. Pero los recursos son limitados y no solo debemos preservar el principio de equidad horizontal, sino también el de responsabilidad fiscal.

Estamos en época de ofertas electorales; afortunadamente hay consenso en que se debe avanzar de manera gradual.En este caso la coherencia debe conducir a condonar el CAE a los primeros seis deciles de ingreso dado que en la Ley de Presupuesto está aprobada la gratuidad hasta el sexto decil. Para los deudores de deciles de ingresos más altos se podría acordar una tasa real nula. Esto probablemente obligará a un avance más lento en estos derechos, mientras se logra la consolidación fiscal.

Alejandro Puente

Académico Escuela de Ingeniería Comercial, Universidad Santo Tomás

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