Los efectos del retraso en los pagos a las pymes
Expertos consideran clave una evaluación previa de la contraparte a la que se vende un servicio o producto.
Es un problema recurrente, pero en las últimas semanas el retraso en los tiempos de pago a proveedores provenientes del sector de la pyme se ha tomado la pauta noticiosa. Esto, a partir de un informe realizado por la Asociación de Emprendedores de Chile (Asech) y la Bolsa de Productos (BPC), que concluyó que entre enero y marzo de este año el plazo promedio de pago a las empresas del sector llegó a 56 días.
Juan Campos, gerente general de CFC Capital, explica que el aplazamiento del plazo promedio en el pago a las pymes puede terminar profundizando dificultades financieras ya existentes en esas empresas. Estas, detalla, se traducen, principalmente, en la imposibilidad de transformar a tiempo sus activos en recursos líquidos (efectivo) para hacer frente a sus diversas obligaciones (pago de deudas, sueldos, servicios) de manera oportuna.
"No tener los recursos necesarios oportunamente puede traducirse en caer en el temido Dicom, lo que, a su vez, comienza a limitar e incluso a cerrar las puertas de financiamiento. Y en el peor de los casos, puede llevar a la quiebra a una pyme", advierte Campos.
* Alternativas
Pese a las muchas voces críticas por las demoras en el pago por servicios ofrecidos e incluso iniciativas como, por ejemplo, un proyecto de ley de patrocinio parlamentario para regular el té, en la práctica muchas pequeñas empresas deben recurrir a otras fuentes de recursos para sobrevivir.
"Las alternativas de financiamiento son diversas. Están los créditos otorgados por instituciones financieras que aparejan elevadas tasas de interés sobre el capital utilizado y, por tanto, son una alternativa que se debe evaluar bien para evitar el sobreendeudamiento", dice Esteban García Nadal, socio director de García Magliona.
Agrega que otra fuente de recursos puede encontrarse en el leasing, modalidad que permite la adquisición de bienes de capital de manera inmediata -en escenarios de compleja liquidez- y que se materializa en contratos de arrendamiento con opción de compra.
Una tercera opción es el factoring, que funciona a través de la cesión de cheques, facturas, pagarés y documentos por cobrar a cambio de obtener recursos líquidos.
García Nadal también agrega otras posibilidades, como las sociedades de garantía recíproca (SGR), las que asumen el riesgo del crédito de una empresa frente a los bancos o las asociaciones privadas de emprendedores que cumplen funciones asistenciales.
* Precaución y ahorro
El acceso al sistema financiero, sin embargo, implica también otros esfuerzos, como, por ejemplo, desarrollar una cultura de precaución y de ahorro.
Patricio Gana, socio de AK Contadores, plantea como idóneo que una pyme tuviese dinero de resguardo, pero es difícil: "Normalmente, esta recomendación es del orden de ahorrar el equivalente a un mes de ventas. Si falta dinero, esa plata no se toca, sino que se recurre al sistema financiero. La idea es que dicho mes acumulado no se toque, porque es un ahorro de extrema urgencia, es decir, para evitar irse a Dicom".
* Conocimiento
El análisis y evaluación previa de la contraparte a la que se presta o vende un servicio o producto es una recomendación clave para cualquier empresa y en particular para las firmas de menor tamaño, aseguran en CFC Capital. "Se recomienda tener toda la documentación que respalde un negocio antes de entregar productos o prestar los servicios. Muchas veces, con el afán de vender no se espera a tener la orden de compra en la mano o el contrato firmado y eso a posteriori se traduce en dificultades para facturar y cobrar un producto entregado o un servicio prestado", dice Campos.
A su juicio, lo mejor es contratar un servicio de evaluación de riesgo que dé acceso al boletín comercial e idealmente le permita publicar a quién no le paga a tiempo.
Respecto de la arista regulatoria a la que pueden recurrir las pequeñas y medianas empresas, García Nadal detalla que está contenida en diversos cuerpos normativos que van desde el Código Civil y Comercial, hasta la Ley de Protección al Consumidor.
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