Tribunal condena a equipo de "En su propia trampa" por grabación de hechos en lugares privados
Se trata de una periodista, un camarógrafo y un asistente de producción.
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Puente Alto condenó ayer a tres integrantes del programa de televisión de Canal 13 "En su propia trampa" por el delito de grabación de hechos en lugares privados, que es sancionado con una pena de 61 días a cinco años y una multa que va de 50 a 500 UTM.
Se trata de la periodista María Alejandra Quijada, el asistente de producción Sergio Ordenes León y el camarógrafo Rodrigo Zúñiga Contreras. De acuerdo al tribunal, cometieron el delito de "grabación de hechos y conversaciones de carácter privado grabados en algún recinto particular sin autorización del afectado, previsto y sancionado en el artículo 161 letra A inciso primero del Código Penal".
Según el tribunal, el 12 de abril de 2013 en el marco del programa de televisión "En su propia trampa" los tres condenados ingresaron a domicilio particular de Nora Rivera Cordera, ubicado en la comuna de Puente Alto, donde grabaron sin el consentimiento de la víctima las conversaciones que ella sostuvo con María Carolina Orellana Martínez (asistente social de la municipalidad) referente a asuntos de carácter privado sobre su relación con E.L.C, hijo del conviviente de Nora Cordera. A cargo del caso está el fiscal Denys Pavez Farías de la Fiscalía de Puente Alto.
Al respecto, el abogado querellante, Claudio Pavlic explicó que los condenados "obtuvieron la colaboración de una asistente social de la Municipalidad de Puente Alto y del Director de una Fundación dedicada a la rehabilitación de niños de la calle, para luego dirigirse con estas personas al domicilio de Nora Rivera. Ingresaron sin identificarse y sin obtener autorización para entrar a la casa de la víctima, grabaron mediante cámaras ocultas la intervención social de la profesional de la municipalidad, y esas imágenes y audio fueron parte de un capítulo del programa, siendo toda esta información de carácter absolutamente privado".
Pavlic agregó que "a pesar del acucioso trabajo de la fiscalía, nos encontramos ejerciendo acción penal sólo por una de las aristas del caso, ya que la referida al secuestro del menor y los apremios ilegítimos contra E.L.C. no fueron incluidos en la formalización, por decisión de la fiscalía".
En tanto, el tribunal por unanimidad absolvió al editor periodístico del programa, César Pérez Maldonado, y al productor ejecutivo, Rodrigo Leiva.
"El tribunal absolvió de todo cargo a dichos acusados, y resultaron absueltos totalmente respecto del delito que se les atribuía consistente en la difusión del programa de televisión. Se consideró que la conducta de los imputados no se enmarcaba dentro de un delito, obraron sin dolo y no ameritaba sanción penal alguna su conducta. Además el tribunal por unanimidad y respecto de todos los imputados rechazó las tres agravantes solicitadas por la fiscalía y la parte querellante", dijo el abogado Felipe Moraga, quien representa al editor periodístico y al productor ejecutivo del programa.
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