Efectos prácticos del fallo del TC
SEÑOR DIRECTOR
El ministro y el subsecretario de Educación defendieron el fallo del TC ya que no afectaría la prohibición de lucro. Eso es correcto, sin embargo esa no fue la discusión.
La prohibición existe hace más de 30 años, pero es burlada por los controladores de ciertas universidades que extraen sus recursos y obtienen así utilidades. Estos recursos, que terminan incluso fuera del país, provienen de las familias y del Estado chileno vía aranceles, becas y hoy también de la gratuidad. Luego, lo que motivó las movilizaciones estudiantiles y la discusión legislativa no era la prohibición propiamente tal, sino cómo generar mecanismos para que se cumpla.
El art. 63 eliminado por el TC era uno de estos mecanismos. ¿Cómo funcionaba? Prohibía que las universidades sean controladas por sociedades comerciales, impidiendo que entidades que buscan lucro influyan decisivamente en su administración. Obligaba a las universidades a contar en sus directorios con miembros no vinculados a sociedades que, al tomar decisiones sobre sus recursos y bienes, lo hicieran pensando solo en el bien de la institución y no en intereses ajenos. Así, en el caso "hipotético" que una universidad quisiese comprar cursos de inglés innecesarios o arrendar inmuebles con sobreprecio, el artículo aseguraba que dicha decisión se adoptaría por una mayoría de directores no vinculada a inmobiliarias o vendedores de cursos.
En un caso menos hipotético, el art. 63 obligaba a las universidades de Las Américas y Andrés Bello, por ejemplo, a incluir a una mayoría de directores no vinculados a sociedades del grupo Laureate, o cualquier otra. Si el artículo hubiese visto la luz, dichas universidades serían administradas mayoritariamente por personas no vinculadas a ninguna empresa.
En consecuencia, nuestras autoridades tienen razón y la prohibición está intacta. Sin embargo, después del fallo hay un mayor riesgo que fondos estatales y de familias chilenas se transen en Wall Street.
Javiera Morales
Abogada
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