Por Víctor CofréCaso Australis: Tribunal anula fallo arbitral que había ordenado millonaria indemnización a favor de Joyvio
En un fallo inédito, la primera sala de la Corte de Apelaciones acogió, por dos votos a uno, la petición presentada por los abogados del empresario Isidoro Quiroga y anuló un dictamen que en agosto de 2025 ordenó la restitución de casi US$ 300 millones por la venta de la salmonera, en 2019. Abogados de la empresa china evalúan caminos a seguir y se inclinan por un nuevo arbitraje.

El último capítulo del caso Australis lo ganó el empresario chileno Isidoro Quiroga. En su disputa con la china Joyvio por la venta de la salmonera Australis, en US$ 921 millones, realizada en 2019, Quiroga consiguió esta semana un fallo clave, dictado por la primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
El gigante asiático había recurrido a un tribunal arbitral que le dio en parte la razón y condenó, en agosto del año pasado, a Quiroga a compensar al comprador de la empresa salmonera en cerca de US$ 300 millones. Sin embargo, los abogados de Quiroga, encabezados por Cristóbal Eyzaguirre, del estudio Claro & Cia, recurrieron a tribunales y pidieron la nulidad de ese dictamen.
La Corte de Apelaciones de Santiago comunicó este 24 de junio su decisión. En un fallo dividido, igual que el laudo arbitral, los jueces dieron ahora la razón a Isidoro Quiroga: los ministros Guillermo de la Barra y la abogada integrante Catalina Infante determinaron la anulación del fallo arbitral, con el voto disidente del ministro Fernando Valderrama.

“Se acoge la petición de nulidad interpuesta por el abogado Cristóbal Eyzaguirre Baeza en contra del laudo arbitral (...), el que se anula en su totalidad, desestimándose la invalidación parcial”, dice el fallo de mayoría.
En su razonamiento, los jueces de mayoría concedieron uno de los reclamos de Quiroga para invalidar el fallo anterior: que el tribunal arbitral había acogido una acción distinta de la interpuesta por Joyvio. “La sentencia arbitral no es congruente con la descripción del caso que las partes hicieron y, consecuentemente, se configura la causal de nulidad”, determinó la Corte de Apelaciones.
En el considerando vigésimo quinto, el tribunal concluyó que “el laudo acogió una acción distinta a la ejercida y debatida en el proceso arbitral, sustituyendo una acción indemnizatoria nominada, fundada en el comportamiento dolosa de la demandada, por una restitutoria de rebaja de precio”.
“Estamos muy conformes con que se haya invalidado un fallo jurídicamente improcedente, cuya gravedad ya había sido advertida por reconocidos expertos chilenos y extranjeros”, señalaron desde Asesorías e Inversiones Benjamin, el family office de Isidoro Quiroga. El fallo es inédito: desde la dictación de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional (Ley Laci), en 2006, es primera vez que los tribunales chilenos acogen un recurso de nulidad, dijeron abogados locales.
“La resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago restablece el imperio del derecho, al anular una decisión que se apartó de lo pedido en la demanda y de lo debatido en el juicio, desconociendo principios esenciales del debido proceso y del respeto a los contratos”, agregaron.
La defensa legal de Joyvio fue liderada por el abogado Alberto Eguiguren y, en el proceso arbitral, por Sebastián Oddó y Carolina Alcalde. En los alegatos de la causa en la Corte de Apelaciones incluso participó, por Joyvio, el rector de la UDP, Carlos Peña. En materia penal, Joyvio trabajó con Jorge Bofill y Gabriel Zaliasnik.
La contraparte analizó de otra manera el dictamen: “La sentencia de la Corte de Apelaciones no es una victoria para el señor Quiroga, ya que no se pronuncia sobre el fondo. Por el contrario, la sentencia de la Corte tiene el efecto de reabrir la contienda derivada de la venta de Australis”, reaccionó también vía comunicado el abogado Sebastián Oddó, quien así insinuó que insistirán en la vía arbitral, para lo cual deberán pedir la constitución de un nuevo tribunal de tres integrantes. Pero en ese caso, los abogados de Quiroga podrían alegar la prescripción.
Otra opción es acudir ahora a la Corte Suprema mediante un recurso de queja, para lo cual tienen cinco días hábiles. Pero en este caso, recuerda un abogado, la Suprema ha rechazado casi todas las quejas presentadas a raíz de disputas arbitrales, declarándolas mayoritariamente inadmisibles, lo que cierra opciones para Joyvio.
“En base a la contundente evidencia existente, seguimos igualmente confiados de obtener justicia para nuestro mandante, quien nos ha instruido continuar ejerciendo las acciones de que es titular y hacer efectiva la responsabilidad de Quiroga”, agregó Odó.
El equipo jurídico de Joyvio insistió en que el fallo se refiere solo a cuestiones formales y procesales, “y no se pronuncia, no pone en tela de juicio ni menos cuestiona el ocultamiento de información por Isidoro Quiroga y sus cercanos, dado lo cual no puede, bajo ningún punto de vista, calificarse como una declaración de inocencia del señor Quiroga”.
El arbitraje
El grupo Joyvio había activado el arbitraje en enero de 2023. Al tribunal arbitral solicitó la restitución de casi US$ 900 millones por la compraventa de la salmonera vendida en 2019 o, en su defecto, el pago de compensaciones por US$ 620 millones. Su reclamo principal fue que Quiroga y sus ejecutivos ocultaron información de sobreproducción de la compañía, inflando artificialmente el valor de la empresa.
El tribunal arbitral, formado al alero del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, dictó su fallo a mediados de 2025.
Integrado por los abogados Pedro Pablo Vergara, Andrés Jana y Ramón Cifuentes, con el voto de los dos primeros, no acogió ninguna de las peticiones de Joyvio, pero condenó a Quiroga a pagar a los demandados US$ 217 millones, más intereses, lo que completaba un monto de casi US$ 300 millones.
Ello porque consideró que el valor de la empresa debió haber sido de US$ 692 millones y no US$ 920 millones, considerando la capacidad productiva efectiva de la empresa. Por ello, aprobó un ajuste de precio.
“Aunque resulte repetitivo, se habrá de insistir en que la acción subsidiaria interpuesta fue la de indemnización de perjuicios y no una acción innominada de restitución por rebaja del precio”, determinó el fallo conocido este martes, que puso fin a lo que los propios abogados de Joyvio consideraron el año pasado como “la indemnización más alta de la historia del arbitraje institucional chileno”.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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