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El artículo del nuevo ministerio que rechazan los científicos

Norma pide la restitución de los fondos estatales invertidos en caso de una patente que genere ingresos.


Pese a que la aprobación del Ministerio de Ciencia es considerada la reforma más importante a la ciencia en los últimos 50 años, la nueva cartera no ha estado libre de controversias.

Las diferencias se refieren al artículo 9 de la ley, referente a la propiedad industrial, que ha sido uno de los principales focos de debate durante las semanas anteriores y posteriores a la aprobación del ministerio, siendo el patentamiento de innovaciones financiadas por el Estado una de las temáticas en discusión.

Según dicta este apartado regulado por el Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología (Fondecyt), si la institución o persona a la que se le asignaron los recursos logra comercializar en cualquier forma su derecho de propiedad industrial, deberá restituir el 100% de los fondos asignados, y una suma adicional equivalente al 5% de los ingresos obtenidos de la comercialización del derecho de propiedad industrial.

La nueva norma, que obliga a los investigadores a devolver la totalidad de los fondos estatales invertidos en caso de crear un invento que genere ingresos, ha sido ampliamente rechazada por investigadores y científicos, que han considerado la medida como una barrera para el incentivo y la transferencia tecnológica, que considera el proceso mediante el cual el conocimiento aplicado en la teoría es traspasado al desarrollo de aplicaciones en la práctica.

"Esto efectivamente representa una barrera para el incentivo a experimentar. En el fondo lo que queremos es que a partir de la investigación se puedan hacer aplicaciones que vayan en beneficio de la sociedad. Sin embargo, con este artículo nos conviene más publicar papers que llevar nuestras investigaciones al mundo aplicado, considerando que hay que devolver el dinero y además pagar un porcentaje de las eventuales ganancias", dice Claudio Martínez, vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación de la U. de Santiago.

"El artículo como está redactado afecta mucho a los investigadores que trabajan en universidades, sobre todo al estar regulado por Fondecyt, que congrega la mayor cantidad de investigadores trabajando en universidades. Ahora ellos están prácticamente entrampados por un sistema que les da solo dos alternativas: publicar un paper eximiéndolos de cualquier derecho de autor, o patentar devolviendo el 100% de los fondos", dice Roberto Muñoz, vicepresidente de la Asociación Nacional de Investigadores en Postgrado (Anip).

El diputado de Revolución Democrática Giorgio Jackson asegura que si bien el artículo 9 fue motivo de controversia, la temática referente a la transferencia tecnológica forma parte de otra discusión que quedó pendiente tras la promulgación del ministerio y de la que se espera surja una nueva ley regulatoria.

"Hay que separar la discusión de que si es un incentivo o una barrera para experimentar, inventar o incluso patentar. Distinto es que esto se lleve a un área de transferencia tecnológica y que se pueda traducir en un producto, porque ahí efectivamente lo que se levantan son capitales que por lo general no vienen desde el Estado. Es necesario encontrar un balance, porque el principal inversor en esta materia son los fondos públicos, que asumen el mayor riesgo cuando se paga el trabajo de investigadores o investigadoras que parten desde cero, entonces también hay que cuidar el interés público al momento de aplicar estas patentes", dice Jackson.

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