Tomás Jordán
Abogado
ReConstitución Columna de Tomás Jordán: ¿Es un buen punto de partida el acuerdo de Sistema Político?
Parto de la base que atenuar el presidencialismo es disminuir las potestades presidenciales y generar instrumentos de colaboración con el legislativo. No basta con solo trasladar potestades al Congreso. El gran problema del sistema político actual es su traba y bloqueo que llevan a que las preeminentes facultades presidenciales tengan como reacción un legislativo que interfiere la política.
El resultado de las votaciones refleja que hay ausencia de negociación permanente y ello urge ser corregido para la discusión particular y de cara a los 2/3 del pleno. Caben dudas cual es el alcance de lo corregible y cómo entenderá la comisión la posibilidad de incorporar indicaciones que mejoren sustancialmente lo aprobado para presentar a la ciudadanía un modelo que permita corregir los defectos del actual presidencialismo que viene en crisis hace años y al parecer no se ha querido corregir.
Los procesos participativos deben buscar acordar aquellos elementos que nos identifican y tenemos en común. En resumen, la incidencia es expresión de la soberanía por medio de la participación pública deliberativa permitiendo el diálogo político racional; teniendo la capacidad de incorporar los contenidos deliberados en la discusión constituyente.
ReConstitución Columna de Tomás Jordán: El camino que viene con la aprobación del Reglamento General
También hay otro desafío particular, y es si de el índice temático tendremos una Constitución cargadamente programática con base a la lógica de reivindicaciones sociales muy propia de sociedades desiguales, pero que le resta juego a la democracia futura o, tendremos una carta fundamental habilitatoria y sobria en su extensión -pero con definiciones conceptuales claras y sustanciales- permitiendo que el futuro legislador democrático y el Gobierno vayan moldeando su ejecución concreta. Espero que este segundo camino sea la opción de nuestra constituyente.
Existe una disputa traslapada sobre cómo se han llevado a cabo los cambios profundos en Chile. Por un lado, los que creen que éstos sólo se pueden producir de abajo hacia arriba y por el pueblo movilizado de forma permanente. Por otro, los que creemos que el modelo chileno de cambio constitucional responde a nuestro modelo histórico que denominamos el «institucionalismo transformador» muy propio del Siglo XX y que se extiende hasta ahora.
En el Observatorio Nueva Constitución, las investigadoras Carolina Gómez y Paula Medina, elaboraron una propuesta concreta para lograr una Convención deliberativa que busca generar un diálogo entre Constituyentes y ciudadanía para llegar a un texto constitucional que incorpore efectivamente las visiones y miradas de las personas.
El Presidente de la República dictó y publicó el decreto que convoca a la instalación de la Convención Constitucional y fue más allá de lo dispuesto en el Capítulo XV de la Constitución. El Presidente debió ser prudente y, junto con fijar en su decreto lo estrictamente necesario la instalación de la Convención.