Atentados terroristas

SEÑOR DIRECTOR:
En relación con lo dicho por Alejandro Leiva López en su carta “Rucalhue, ¿fue un atentado terrorista?”, domingo 27, cabría comentar que la nueva ley antiterrorista 21.732 promete ser tan ineficaz como la 18.314 de 1984 después de la dictación de la ley 20.467 de 2010 que modificó el artículo 1º del texto original y le introdujo un elemento subjetivo al tipo penal.
Como dice Leiva, “los jueces que conocerán del caso deberán demostrar que este grave atentado fue ejecutado con alguna de dichas finalidades”, lo que es muy difícil de probar y hace prácticamente imposible condenar a quienes cometen actos terroristas.
Hay hechos objetivos que constituyen per se una conducta terrorista y en los que no es preciso demostrar las intenciones; tales como la instalación de artefactos explosivos o incendiarios; la destrucción de casas, escuelas, iglesias, maquinarias o sementeras; la obstrucción de caminos por personas encapuchadas y armadas; los ataques con armas de fuego o artefactos incendiarios a personas o vehículos; el envenenamiento o contaminación deliberada de estanques de agua y otros de similar naturaleza; sin que tales actos vayan en beneficio económico de quienes los cometen.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
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