Respuestas judiciales en autopistas

SEÑOR DIRECTOR:
Aunque Carabineros destacó que el fin de semana santo las víctimas fatales por accidentes de tránsito disminuyeron en un 68%, comparado con el festivo de 2024, cada tanto sabemos de accidentes asociados a múltiples causas como: choques por alcance, de animales en la vía o por ingresos o salidas mal ejecutados en las autopistas. En varios casos debiendo lamentar numerosas muertes.
Lo regular es que estas situaciones, al contar con una ley especial (Ley de Concesiones) se resuelvan internamente. Y que operen mecanismos adjudicadores de responsabilidad dispuestos en esta legislación, pero esto resulta largo y costoso.
Ante esto, a tanto ha llegado la necesidad de obtener respuestas que algunas cortes (Valdivia, Chillán y Santiago), en sentencias de enero, marzo y abril de 2025 han admitido acciones presentadas ante Juzgados de Policía Local (con procedimientos de expedita tramitación). Así han considerado que la ley que protege al consumidor es aplicable a daños ocasionados en autopistas concesionadas. Con esto en sus fallos, han sostenido que esta materia no está consagrada en la Ley de Concesiones, pues esa legislación solo regula cómo resolver discrepancias entre concesionarios y su administración.
Esto evidentemente altera el sistema de respuestas judiciales ante casos de daños a personas o bienes, especialmente a los vehículos. Asimismo, debiera mejorar la conducta de las concesionarias, pues deberían cumplir con mucho mayor diligencia con los deberes impuestos para una correcta operación de esta infraestructura gris tan relevante para nuestra cotidianidad.
Christian Rojas
Profesor asociado, Facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello
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