Culto

Presentan “Ley Tommy Rey”: “Él nunca recibió un peso de las plataformas digitales, se está empezando a hacer justicia”

El proyecto de ley, impulsado por la diputada Marta González, busca reconocer un derecho de remuneración a los artistas intérpretes y ejecutantes por la reproducción en las plataformas digitales de las obras en que participan. Hasta ahora, estas solo pagan derechos de autor.

Presentan “Ley Tommy Rey”: “Él nunca recibió un peso de las plataformas digitales, se está empezando a hacer justicia”

Un proyecto que busca reconocer el derecho de remuneración para artistas intérpretes y ejecutantes por la puesta a disposición pública de sus interpretaciones en plataformas digitales, es lo que propone la iniciativa llamada “Ley Tommy Rey”.

Impulsada por la diputada Marta González (ind, parte de bancada PPD), como un homenaje al fallecido ícono de la cumbia chilena, la iniciativa propone modificar el artículo 67 bis de la Ley 17.336, sobre propiedad intelectual.

El proyecto busca atacar una situación particular. “Si bien la ley 17.336 otorga a los artistas derechos conexos para autorizar o prohibir la difusión de sus interpretaciones y percibir remuneraciones por el uso público de las mismas, muchas veces estos derechos se ceden contractualmente a productores o sellos discográficos, dejando a los músicos con escaso control sobre la explotación de su trabajo”, dice el texto de la iniciativa, al que tuvo acceso Culto.

“La consecuencia es que, en el entorno digital y de espectáculos en vivo, la remuneración que reciben los intérpretes suele depender de acuerdos privados y no de garantías legales efectivas, lo que ha generado insatisfacción generalizada en el gremio”, agrega el mismo.

La idea, explican, es que, independientemente del contrato, estos derechos no queden automáticamente en poder de la industria, sino que se mantengan en poder del artista. De esta forma, podrían recibir ingresos por la reproducción de la música que interpretan en plataformas como Spotify o Apple Music, donde actualmente solo las disqueras obtienen ganancias.

En punto de prensa desde el Congreso, la diputada González explicó el alcance del proyecto. “Las plataformas digitales y la revolución tecnológica ha dejado algunos vacíos en nuestra legislación y con ello ha dejado en una posición de desventaja, hoy día en particular, a los intérpretes (...) hoy queremos que esos derechos sean reconocidos en cada intérprete y en cada reproducción que tengan en las plataformas”.

También se apersonó Rodrigo Osorio, “Don Rorro”, presidente de la SCD, quien explicó los detalles de la iniciativa. “Este proyecto busca que los intérpretes reciban el derecho correspondiente. El día de hoy las plataformas pagan el derecho de autor, vale decir, quien hace la letra, quien hace la música, pero no pagan a quien canta, a quien interpreta”.

Y de hecho, el ejemplo más claro, es precisamente el fallecido Tommy Rey, de allí el nombre del proyecto. “Él no recibió un solo peso de parte de las plataformas digitales, siendo que él está en todos nuestros celulares, está en todos nuestros televisores, está en todos lados -explicó Don Rorro-. Y la televisión sí paga el derecho de intérprete, la radio sí paga el derecho de intérprete, los locales también lo pagan, pero las plataformas digitales no pagan el derecho de intérprete. Por eso esta ley es tan importante para nosotros”.

En similares términos se explayó Leo Soto, timbalista y director histórico de la antigua Sonora de Tommy Rey. “Tommy en toda su trayectoria nunca recibió un peso, así como muchos artistas y músicos más, se está empezando a hacer justicia con los artistas y músicos chilenos”.

El proyecto de ley consta de un solo artículo, a saber: “El artista intérprete o ejecutante que celebre con un productor un contrato relativo a la producción de fonogramas o de grabaciones audiovisuales, se presume, salvo prueba en contrario, que ha transferido a este el derecho de puesta a disposición, a que se refiere el inciso anterior, conservando el derecho irrenunciable e intransferible a obtener una remuneración equitativa de quien realice la puesta a disposición de sus interpretaciones fijadas. Este derecho se hará efectivo a través de la entidad de gestión colectiva los represente y su monto será determinado en la forma establecida en el artículo 100 de la presente ley”.

Sigue leyendo en Culto

Lee también:

Más sobre:MúsicaTommy ReyLey Tommy ReySCDDon RorroMúsica Culto

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Mantente informado con La Tercera

DIGITAL$1.990/mes SUSCRÍBETE