El presidente honorífico de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho, Gianni Buquicchio, estuvo presente en el ciclo de conferencias que organizó el Tribunal Constitucional (TC), instancia organizada para incidir en la discusión constituyente.

Esta plataforma -más conocida como Comisión de Venecia- es un órgano consultivo, no deliberativo y que presta asesoría sobre asuntos constitucionales. Está compuesto por más de 60 estados miembros, entre ellos Chile.

La exposición de Buquicchio se da en medio de un contexto especialmente relevante para el TC. En la Convención ya está sobre la mesa la propuesta de eliminar el TC y crear una nueva justicia constitucional a cargo de una sala de la Suprema que se integrará por nueve ministros sorteados. Por eso, las palabras de este abogado italiano son muy valiosas para el tribunal, ya que la mayoría de los ministros está en desacuerdo con esa iniciativa.

“El control de constitucionalidad significa que son los tribunales quienes deciden si una ley es inconstitucional y si se aplicará. Los jueces que toman esa decisión no son elegidos, no tienen la misma legitimidad que los diputados elegidos por el pueblo. ¿Por qué se debe permitir que estos jueces contradigan ‘la voluntad del pueblo’?”, partió exponiendo Buquicchio.

La importancia en la historia

El jurista dijo que la respuesta a esa interrogante fue la creación de tribunales constitucionales especializados y creados para ese propósito. Estas instancias, agregó, deben tener una “legitimidad especial para la contrarrevisión judicial de la Constitución, que es la ley suprema del país” y, por lo tanto, “debe estar integrado de manera que asegure la legitimidad requerida para la anulación de las leyes que fueron aprobadas por el Parlamento, que representa al pueblo”.

La idea de una Corte Constitucional especializada se ha convertido así en una verdadera historia de éxito y Chile forma parte importante de esa historia”, comentó el abogado.

En esa línea, el experto italiano hizo una férrea defensa a que el TC siga existiendo y que sus funciones no sean trasladadas a la Suprema: “Un argumento final de por qué los tribunales constitucionales pueden estar en mejores condiciones que los tribunales supremos para ejercer la revisión constitucional es que los jueces ordinarios, incluidos los jueces del tribunal supremo, tienen que aplicar una amplia gama de leyes. Su atención se centra en la correcta aplicación de las leyes. Sin embargo, el control de constitucionalidad no exige la aplicación de las leyes, sino el examen de su conformidad con la Constitución. Como el centro del trabajo de los jueces ordinarios es la aplicación de las leyes, no necesariamente reconocerán o señalarán que las mismas leyes que aplican son inconstitucionales. La ventaja de los jueces de la Corte Constitucional es que esta tarea es el objetivo principal de su trabajo. Se especializan en examinar la constitucionalidad de las leyes, más que su aplicación”.

Al cierre de su presentación, Buquicchio concluyó que “los tribunales constitucionales especializados tienen numerosas ventajas, y esto explica por qué esta institución se ha convertido en un caso de éxito a nivel mundial”.

En esa misma línea también se hizo cargo de la experiencia de países que han “abolido” los tribunales constitucionales para transferirles esa jurisdicción a sus respectivas Cortes Supremas. “Esto sucedió, por ejemplo, en las Comoras o en Chad. Desafortunadamente, estos son países donde la democracia está hecha añicos. Espero que Chile no siga esta triste tendencia”, cerró el jurista.