Convención rechaza transitorio que ponía fin al Senado en 2026 y que acortaba mandato de senadores

Convención Constitucional: 14 de mayo 2022
FOTO:LUKAS SOLIS/AGENCIAUNO

Luego de una extensa jornada de deliberación y votaciones, el pleno del órgano constituyente no dio luz verde a la propuesta que permitía el traspaso del Senado al nuevo Congreso de Diputados y Diputadas, ni tampoco a la norma que facultaba al Congreso para reformar la nueva Constitución bajo un quórum de ⅔. En tanto, el pleno aprobó que la nueva Carta Magna, en caso de aprobarse en el plebiscito del 4 de septiembre, entra a regir a los 10 días después de su promulgación y se elimina la actual, lo que deja en vilo la fecha de término de la Cámara Alta y encendió las alarmas de convencionales y parlamentarios.


A partir de las 16.09 horas de este jueves, el pleno de la Convención Constitucional votó el primer informe emitido por la Comisión de Normas Transitorias, el que contiene 45 artículos y 53 indicaciones que pretenden definir el paso de la actual Constitución a la propuesta por los convencionales, en caso de que gane el Apruebo el 4 de septiembre.

Aquellas normas que lograron superar la barrera de los dos tercios pasaron a la Comisión de Armonización, instancia en que se evaluará su coherencia. Las que no consiguieron 103 votos favorables -pero sí más de 38-, en tanto, volverán a la comisión para ser modificadas.

Lo cierto es que el rechazo de la mayor parte del informe se veía venir desde tempranas horas de la mañana. Desde el Colectivo Socialista, por ejemplo, adelantaban que sería “una tarde roja”, en referencia al color con que se marcan los votos en contra en el tablero del órgano constituyente.

La instancia estuvo marcada por el rechazo a las normas que buscaban marcar el paso del actual Congreso al propuesto por la Convención, integrado por un Congreso de Diputadas y Diputados y una Cámara de las Regiones.

Así, se rechazó -con 68 votos a favor, 43 en contra y 16 abstenciones- el inciso referido al fin del periodo de los senadores, el que buscaba establecer que “todos los integrantes del Senado terminarán su mandato el 11 de marzo de 2026, independiente de la fecha de su elección. Las y los actuales integrantes del Senado podrán postular a las elecciones para el Congreso de Diputadas y Diputados y Cámara de las Regiones que se realizarán en 2025″.

El rechazo a este artículo -en gran parte, debido al voto en contra de la Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente y Movimientos Sociales- obligará a los colectivos que la impulsaron -como el FA y los socialistas- a abrirse a renegociar con sus pares y ceder en algunos puntos.

Desde los colectivos independientes explicaron que no estaban conformes con “dar amplias atribuciones” al actual Congreso y a los parlamentarios durante el periodo transitorio. Por ejemplo, el convencional Cristóbal Andrade (IND) explicó que si bien se entiende que el Senado terminará en el año 2026, considera “incoherente” que un senador en ejercicio pueda postularse a la Cámara de las Regiones o al Congreso Nacional sin haber terminado su periodo.

En la misma línea, la convencional Tania Madriaga (Coordinadora Plurinacional) sostuvo que su colectivo “decidió votar en contra de aquellas normas que estaban estableciendo el ritmo de trabajo y la forma en que se iba a organizar el sistema legislativo para procesar todo el conjunto de normas transitorias propuestas”.

Están dándoles un espacio demasiado amplio a estas instancias del poder constituido sin garantizar los derechos sociales. Hicimos esta votación pensando en que nos demos un espacio para volver a discutir y garantizar aquellas urgencias sociales que todo el país está esperando”, agregó Madriaga.

Por su parte, Fuad Chahin (Colectivo del Apruebo), quien también votó, tuvo razones distintas en relación a los independientes. “Me parece que es una norma que cercena a la mitad del período de autoridades que fueron elegidas democráticamente (...). No podemos actuar con esta lógica del reseteo de algunos, pasando por encima de lo que ha sido la voluntad popular”, expresó.

El tema generó inquietud entre convencionales y parlamentarios, porque junto con rechazar este artículo, se aprobó -con 115 votos a favor, uno en contra y 11 abstenciones- la primera norma del informe que deroga diez días después de su promulgación a la Constitución vigente, lo que, en la práctica, generaría la eliminación del Senado una vez aprobado el texto constitucional, si es que gana esa opción en el plebiscito.

La caída de los dos tercios

El rechazo a algunas de las normas estaba definido desde hace días. Una de las más comentadas durante las últimas semanas fue aquella que pretendía que el actual Congreso pueda reformar la nueva Constitución con un quórum de 2/3 de los parlamentarios en ejercicio, el más alto para un trámite constitucional. De hecho, apenas habían presentado el conjunto de indicaciones, el Colectivo del Apruebo, los socialistas e Independientes No Neutrales señalaron que ellos votarían en contra.

Finalmente, la norma fue rechazada con 71 votos a favor, 44 en contra y 12 abstenciones. No pasó desapercibido el rechazo por parte de Fernando Atria y la abstención de Constanza Schonhaut -ambos del Frente Amplio-, quienes previamente habían defendido la propuesta.

En esa ocasión, en todo caso, hubo votos favorables de la Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente y Movimientos Sociales, quienes apuestan a que existan más trabas para que el Congreso no pueda modificar tan rápido la nueva Constitución. De hecho, algunos tienen la idea de que no se debería poder cambiar en un periodo largo de tiempo. Por lo mismo, según algunos constituyentes, ellos votaron en contra de los transitorios del Senado para presionar con esta otra medida.

“Necesitamos protegerla de cualquier modificación por parte del actual Congreso”, comentan desde esos colectivos.

Con la misma cantidad de votos a favor fue rechazado el artículo que establecía que “se entenderá que las leyes actualmente en vigor sobre materias que conforme a esta Constitución deben ser reguladas por una ley aprobada por mayoría absoluta de los integrantes de cada Cámara (...). Para cuya aprobación, modificación o derogación se requiere la aprobación de 4/7 o 3/5 de los integrantes de la cámara respectiva (...)”.

Asimismo, se rechazó el artículo que buscaba establecer que “toda norma dictada con anterioridad a la actual Constitución que sea necesaria para la continuidad de la actividad del Estado (...) mantendrá su vigencia mientras no sea expresamente derogada, modificada o sustituida (...)”.

Como sea, el pleno estuvo marcado por la ausencia de la UDI en el tablero de votación. Esto, luego de que el colectivo anunciara en la mañana que no votaría, pues, a criterio de ellos, las normas propuestas por la comisión incurren en actos antirreglamentarios. “Creemos que hay graves irregularidades en la forma en que se ha presentado este tema al pleno. La comisión presenta normas que son absolutamente antirreglamentarias”, argumentó Rodrigo Álvarez (UDI).

Pese a que RN-Evópoli-IND sí votó, el convencional Manuel José Ossandón, hasta el cierre de esta edición, pidió la palabra seis veces durante el pleno para remarcar que las normas que se sometían a votación eran antirreglamentarias.

Las definiciones de las transitorias

En sintonía con la tendencia a rechazar, el pleno de la Convención dejó fuera del borrador -por ahora- el artículo que sostenía que el Mandatario convocaría a la constitución de una comisión paritaria, con inclusión de pueblos originarios y dependiente de la Segpres, encargada de la “implementación de la Constitución”, una de las propuestas que presentó el Ejecutivo ante la Convención durante la salida regional en Antofagasta.

No obstante, sí se aprobaron normas tales como el inciso que establece que “el Presidente de la República elegido para el período 2022-2026 no podrá presentarse a la reelección para el período siguiente (...)”, lo que impediría que el Jefe de Estado Gabriel Boric sume un nuevo período a su mandato luego de concluir el primero. Se trata de una propuesta sugerida por el propio Ejecutivo.

En cuanto al funcionamiento de la nueva legislación electoral, el pleno aprobó que, en el plazo de un año desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución, el Presidente deberá iniciar el trámite legislativo para “adecuar la legislación electoral a esta Constitución”.

Los convencionales también se despachó a Armonización la norma sobre la regla de paridad de género, que deberá ser aplicada a los órganos colegiados de elección popular y será tarea de la Contraloría General de la República velar por el cumplimiento de esta normativa en los “órganos directivos y superiores de la Administración del Estado”.

También dio luz verde al artículo que establece que “en el término no mayor de dos años, a partir de la entrada en vigor de esta Constitución, el Poder Legislativo aprobará progresivamente las normas legales que regulen los distintos aspectos de la autonomía financiera y la descentralización fiscal de las entidades territoriales”.

Asimismo, el pleno visó que el Presidente de la República “deberá presentar proyectos de ley que tengan por objeto la creación, adecuación e implementación” de los sistemas de Seguridad Social, de Cuidados, de Salud, de Educación, entre otros, en un plazo estipulado luego de la entrada en vigencia de la nueva Constitución.

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