Entre aplausos este lunes el pleno de la Convención Constitucional aprobó, en particular, una serie de incisos e indicaciones de los artículos 12 y 19 del informe de la Comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico. En ellos está contemplada la definición de bienes comunes naturales, se distinguen aquellos que son apropiables o inapropiables y se especifica el rol que jugaría el Estado con respecto a ellos, entre otras materias.
Esta era la última oportunidad que tenía el pleno para aprobar o rechazar estas normas. Lo que este martes fuese aprobado, pasa al borrado de la nueva Carta Magna, de lo contrario, no podría estar incluido en la nueva Constitución.
Tras la votación, pasaron a ser parte del borrador de la nueva Carta Magna el artículo 12 A, que establece que los bienes comunes naturales son “el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo, y los demás que declaren la Constitución y la ley”.
Se agrega a lo anterior que entre estos bienes son inapropiables “el agua en todos sus estados y el aire, los reconocidos por el derecho internacional y los que la Constitución o las leyes declaren como tales”.
Otro de los artículos que pasan al borrador es el 12 B, que trata acerca de los bienes inapropiables, los cuales “el Estado deberá preservarlos, conservarlos y, en su caso, restaurarlos. Deberá, asimismo, administrarlos de forma democrática, solidaria, participativa y equitativa”.
Sobre lo anterior, se estableció además que el Estado, en su deber de custodia de los bienes comunes naturales, tiene “la facultad de regular su uso y goce, con las finalidades establecidas en el artículo primero”.
Además, se estipula que cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales.
Otro de los incisos del artículo 12 que pasa al borrador es aquel que se refiere a la administración de los bienes inapropiables. En ese sentido, “el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables, conforme a la ley, de manera temporal, sujeto a causales de caducidad, extinción y revocación, con obligaciones específicas de conservación, justificadas en el interés público, la protección de la naturaleza y el beneficio colectivo”.
A ello se le agrega que dichas autorizaciones, “ya sean individuales o colectivas, no generan derechos de propiedad”.
Finalmente, el otro artículo en votación que fue aprobado por el pleno es el 19, acerca del acceso responsable a la Naturaleza, donde se establece que “se reconoce a todas las personas el derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley”.
Debate
Uno de los principales argumentos en contra de una parte de los convencionales respecto al artículo 12 y sus incisos, apuntaba a una confusión en algunas categorías de los bienes.
Así, el convencional de la UDI, Rodrigo Álvarez, señaló en el debate del pleno que si bien la redacción del informe, a su juicio, mejoró respecto al anterior, “sigue creando confusiones en algunas de las categorías de los bienes”.
Entre ellos mencionó el aire, la alta montaña, los bosques, “o sencillamente entregando a la ley la determinación futura de muchos de ellos. Eso creo que produce problemas de incertidumbre jurídica (...) no solamente para el uso y goce de la propiedad, sino que al mismo tiempo para distintos proyectos desde el punto de vista económico y empresarial”.
En esa misma línea, la constituyente del PC, Bárbara Sepúlveda, aseguró que la comisión “ha confundido los bienes naturales, los bienes comunes y los bienes nacionales de uso publico”. A ello agregó que se estaría creando “una mezcla de categorías y conceptos jurídicos”.
Para Tomás Jordán, abogado constitucionalista, sí hay una confusión de los tipos de bienes, “que son bienes que pertenecen a la humanidad como el aire, la atmósfera. Me parece que esos no son bienes necesariamente que tienen que estar reglados en la Constitución”.
Lo anterior, dijo, porque su regulación es muy difícil a nivel legal, “porque en el fondo está determinado por tratados y, por lo tanto, la pregunta es qué va a estar delimitado por tratados y cuál va a ser regulado legislativamente”.
Por su parte, respecto a lo que se aprobó esta jornada en la votación, el convencional independiente Bernardo Fontaine aseguró que su impresión es que la Convención dio “un golpe grande a la capacidad productiva de Chile, porque deja colgando en el alambre a la agricultura, a la minería, actividades de pesca y acuícolas como salmones, choritos, etc., además de todas las actividades que utilizan recursos naturales”.
Sobre lo que implicará lo aprobado en el texto, Fontaine aseguró que “habrá autorizaciones otorgadas por una autoridad política con el riesgo de arbitrariedad. Esas autorizaciones significarán que un pescador artesanal o un agricultor no podrá vender su permiso de pesca o de riego, no podrá dejarlo en herencia ni entregarlo en garantía a un banco para conseguir un crédito”, añadió.
En cambio, el coordinador de la comisión, Juan José Martin, aseguró que está conforme con los artículos aprobados. “Creo que es un avance sustantivo en lo que se entiende por bienes comunes”, afirmó.
Lo que no debió quedar fuera, de acuerdo al coordinador de la comisión, era el Estado definido como custodio de los bienes comunes naturales. Sin embargo, dijo que todavía hay una chance de “recuperar” dicha definición en el informe de reemplazo de aquellas normas que sean devueltas a la comisión en el segundo informe, que será presentado el próximo jueves.