ANFP, Sifup y gobierno, en alerta: cómo actúa el fútbol chileno ante las denuncias de delitos sexuales contra jugadores
Este jueves, Valentín Vidal fue detenido por abuso y violación de una menor de edad. En el fútbol se aplica un protocolo que apunta, en lo esencial, a hechos que ocurren en su ámbito.
La denuncia que pesa sobre Valentín Vidal, el jugador de Unión Española acusado de violación y abuso sexual contra una menor de edad, vuelve a remecer al fútbol chileno. El impacto de otros casos protagonizados por personajes vinculados a la actividad está aún demasiado fresco. Otra vez, la pregunta vuelve a ser cómo actúa el fútbol chileno frente a la comisión de delitos que, por cierto, revisten una alta connotación pública, y si existen mecanismos de prevención ante tales repudiables conductas.
Tanto los hispanos como la ANFP emitieron declaraciones públicas. “Unión Española S.A.D.P declara que -en relación a la denuncia interpuesta en contra del futbolista Valentín Vidal- son hechos cuyos pormenores nuestro club desconoce y que deben ser investigados de manera acuciosa por el Ministerio Público, con pleno respeto de las garantías de todos los involucrados”, sostiene el club. La entidad de colonia también delimita el ámbito en que ocurrió la situación. “Junto con esto manifestamos que los eventuales hechos no se han suscitado en el marco de actividades propias de la actividad laboral establecida y, sin perjuicio de ello, manifestamos nuestra total disposición para colaborar en la investigación que posibilite el pleno esclarecimiento de los hechos”, explica. Eso sí, condena enérgicamente el eventual delito. “En atención al proceso judicial que se está llevando a cabo, Unión Española S.A.D.P. declara expresamente que cualquier conducta constitutiva de abuso sexual, acoso sexual u otros ilícitos de esta índole, es profundamente rechazada por nuestra institución y se aparta radicalmente de nuestros valores, como también de los protocolos preventivos que hemos desarrollado en esta materia”, manifiesta.
En Quilín, en tanto, instruyeron al directorio del club de Independencia para que se adopten medidas para la protección de la víctima y el esclarecimiento de los hechos. También se exige la aplicación de la normativa vigente. “Activar el Decreto N°22, que Aprueba el Protocolo General para la Prevención y Sanción de las conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva nacional. Lo anterior, atendida la estricta necesidad de cautela de la víctima y la potencial gravedad de los hechos que señala”, establece.
Cómo actúa el fútbol chileno
El 23 de octubre de 2020, el Consejo de Presidentes de la ANFP aprobó la incorporación del Protocolo contra el Acoso y Abuso Sexual en los estatutos, que proviene de una norma general dictada por el Ministerio del Deporte. Ese proyecto había comenzado a tramitarse en junio. En marzo del año siguiente, Pablo Milad, acompañado por Cecilia Pérez (entonces ministra del Deporte) y jugadoras, presentó el Protocolo contra el Acoso y Abuso Sexual. “El IND ofició a todas las organizaciones deportivas para la adopción del protocolo y durante este tiempo nos hemos dedicado a capacitar a esas organizaciones con el fin de que lo adopten y se familiaricen con el protocolo, comprendiendo que es un cambio de paradigma para el deporte en nuestro país”, estableció Pérez, desde su máxima autoridad deportiva.
El marco, en todo caso, está referido a situaciones que ocurran dentro del ámbito del deporte. “A mi juicio, la situación del jugador Valentín Vidal excede el ámbito del Protocolo puesto que -hasta donde sabemos- la denuncia se refiere a hechos que no habrían ocurrido en el ámbito deportivo, ni entre miembros de una organización deportiva, ni en instalaciones del club, sino en el domicilio particular del denunciado”, establece, en esa línea, la abogada Pilar Maulén, quien en su rol de asesora jurídica colaboró para fijar las bases que permitieran que los clubes cumplieran con las exigencias.
La profesional explica el objetivo del aludido protocolo. “El Protocolo para la Prevención y Sanción del Abuso Sexual, Acoso Sexual, la Discriminación y Maltrato en el Deporte Nacional impone la obligación a las organizaciones deportivas, esto es, Federaciones, Asociaciones y Clubes, de generar un ambiente seguro para la práctica de deporte. Su ámbito de aplicación, como el mismo Protocolo en su artículo primero lo indica, es prevenir y sancionar cualquier conducta de las señaladas ‘que pudiere ocurrir entre sus trabajadores, dirigentes, entrenadores y deportistas’”, acota.
“Siendo este el ámbito de aplicación del Protocolo, la norma obliga a las organizaciones deportivas la creación y difusión de un canal de denuncias, la designación de responsables institucionales que deben gestionar las denuncias con plazos acotados, activar el funcionamiento de sus Comisiones de Ética, generar y difundir políticas de cuidado y respeto, capacitar a los miembros de la organización, entre otras, para impulsar un cambio cultural que permita prevenir las conductas abusivas, y generar un espacio seguro para desarrollar el deporte”, precisa.
De esta forma, por ejemplo, el caso de Vidal difiere del protagonizado por los cadetes de Cobreloa, entre otras particularidades, porque el ataque de los jugadores loínos se produjo en una dependencia administrada por el club.
De todas formas, el protocolo establece castigos graves. “Si el denunciado resultara condenado por los Tribunales de Justicia por hechos de acoso o abuso sexual, el órgano disciplinario procederá a disponer la inhabilitación perpetua del condenado para participar en organizaciones deportivas”.
El contrato de trabajo federativo de los futbolistas abre la posibilidad de interrumpir la relación laboral por causas como esta. “La comisión de crímenes o simples delitos que merezcan pena aflictiva, la ejecución dolosa o culpable de actos tendientes al fomento o proliferación de conductas racistas, xenófobas, homofóbicas, de significación política o religiosa, y en general toda actitud que contravenga lo dispuesto por las leyes punitivas chilenas, las normas relativas a la ley de Violencia en los Estadios, la ley N° 19.327, la ley N° 21.197 y el Decreto N° 22 del Ministerio del Deporte, que aprobó el Protocolo General para la Prevención y Sanción de Conductas de Acoso Sexual, Discriminación y Maltrato en la Actividad Deportiva Nacional, o los Estatutos y Reglamentos ANFP y FIFA”, estipula la letra j. (“Verse el o la deportista mezclado en escándalos que afecten a su honorabilidad o al prestigio del Club”, añade la letra k).
Charlas y prevención
El Sifup (como la ANFP y el gobierno) está en alerta. El foco, en su caso, procura ser preventivo y tiene en cuenta la formación personal de sus asociados. Incluso, durante las última semanas, se han realizado mesas de trabajo para profundizar en cómo se debe reaccionar frente a estas graves denuncias. “Nosotros tenemos un compromiso con entregarles educación a nuestros asociados. Es una preocupación constante, pues consideramos que esa es la base para el desarrollo personal de cada uno y, a la larga, ser un aporte social más allá de la actividad que desempeñamos”, considera Gamadiel García, el presidente de la entidad gremial.
La prevención respecto de delitos de índole sexual forma parte de las charlas periódicas que el sindicato realiza con sus afiliados. “Es por esto que todos los años visitamos a los 46 equipos del fútbol profesional y recalcamos este mensaje. Viajamos con nuestro abogado, quien realiza charlas sobre los derechos laborales, y este año acentuamos la información sobre la Ley Karin y los protocolos sobre violencia sexual”, profundiza el líder de los jugadores.
“Estos son temas transversales a la sociedad y nosotros como gremio no estamos al margen. No obstante, creemos que falta compromiso y trabajo por parte de los clubes en este sentido, que debe venir desde la formación”, concluye, ampliando la mirada respecto del alcance que tiene la materia y el trabajo pendiente que las situaciones concretas que se han conocido públicamente dejan entrever.
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