Ángel Botto y la posible alineación indebida de Kevin Figueroa: “Yo votaría a favor de Everton”
La denuncia de la Universidad de Concepción en el Tribunal de Disciplina de la ANFP le agrega aún más dramatismo a la pelea por el descenso. El ex presidente del organismo analiza los posibles escenarios de la acusación contra el equipo viñamarino.
La inclusión de Kevin Figueroa al minuto 83 del partido entre Everton y la Universidad de Concepción, a la larga se ha transformado en lo más trascendental del duelo que se disputó en el Ester Roa el pasado 28 de diciembre. El juvenil del equipo de Viña del Mar no estaba en la lista de citados para el encuentro, pero tras la lesión de Benjamín Berríos, no solo fue incluido en la banca, sino que disputó el tramo final del cotejo. El equipo penquista hoy se aferra a eso para reclamar los tres puntos.
“Sí yo estuviese en el tribunal tendría en cuenta el espíritu de la disposición, que significa que el árbitro y sus asistentes tengan conocimiento antes del partido de quiénes pueden jugar”, comenta Ángel Botto, ex presidente del Tribunal de Disciplina, a La Tercera. El abogado aclara que los ruleteros no tuvieron la intención de conseguir una ventaja deportiva con ese cambio, sino que tal como informó Everton en el comunicado que redactaron luego de hacerse pública la acusación, la plantilla fue modificada media hora antes de que comenzara el partido, para así incluir a Figueroa, decisión que fue aceptada por el cuerpo arbitral
Aun así, quien lideró hasta 2014 el Tribunal, remarca que la norma sí fue infringida, ya que la disposición es clara. Un jugador que no fue oportunamente citado no puede jugar, por lo que el equipo del Campanil tendría todo el derecho de solicitar los tres puntos. Pero reitera, “lo relevante es que el árbitro y sus asistentes tengan conocimiento de los jugadores que pueden jugar y en este caso sí se hizo”.
De todas formas Botto enfatiza que el organismo siempre ha tenido un rol interpretativo y que lo más probable es que en esta oportunidad también se analice el caso y no solo la norma. “No son disposiciones de contenido estricto, pueden interpretarse. El Tribunal aprecia la prueba en conciencia... todo va a depender de la interpretación que adopten, pero en ningún caso estarían mal”, aclara.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.