Curicó Unido vuelve a tener problemas fuera de las canchas. El elenco tortero ha sido denunciado ante el Tribunal Autónomo de Disciplina de la ANFP por Unión San Felipe, acusando que los albirrojos no estaban al día con el pago de las cuotas del finiquito del cuerpo técnico encabezado por Damián Muñoz al momento de presentar la Declaración Jurada de Deudas Vencidas que debió presentar para obtener la licencia de clubes en el proceso de 2023 y 2024.
En el documento Eduardo Mauricio Olivares Gutiérrez, gerente general y por acuerdo del directorio de los sanfelipeños, sostienen que “la presente denuncia es a consecuencia de la infracción prevista y sancionada en el artículo 84 del Reglamento de la ANFP que dispone: ‘Las siguientes conductas, tendrán las sanciones que para cada caso una de ellas se indican, incluyendo la desafiliación, según corresponda:
g) La presentación de documentación adulterada a la Asociación, será sancionada con el descenso a la categoría inmediatamente inferior al final de la temporada. Asimismo, la presentación de documentación falsa a la Asociación será sancionada con la desafiliación.
h) Será causal de desafiliación haber sido cancelada la licencia de clubes o haber incurrido en incumplimiento reiterado de las obligaciones correspondientes al Reglamento de Licencia de Clubes, cuando tales incumplimientos correspondan a no otorgar información financiera o legal requerida en el Reglamento de Licencia de Clubes, incumplimiento de los acuerdos establecidos en una Licencia otorgada con condiciones, otorgamiento de información falsa u ocultamiento de información relativa a algún requisito para la obtención de la licencia”.
Debido a que los hechos denunciables ocurrieron en las temporadas 2023 y 2024, aseguran que la denuncia “está completamente dentro del plazo”.
El Uní Uní argumenta que “el día 14 de enero de 2022, Curicó contrato un nuevo cuerpo técnico para su Plantel de Honor compuesto por don Damián Darío Muñoz Galaz como Director Técnico, don Patricio Gonzalo Peralta Espinoza como ayudante técnico, don Rodrigo Ventura Cofré Castro como Preparador Físico y don Rodolfo Alfonso Gaune Gamboa como Preparador de Arqueros”.
“Respecto de todos ellos, el día 31 de mayo de 2023, se puso termino a la relación laboral fundado en lo dispuesto en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio”, agregan.
A su vez, complementan que “También respecto de cada uno de ellos se otorgó el correspondiente finiquito de trabajo, suscrito en los 4 casos ante el Notario Público de Curicó don Hernán Fuentes Acevedo, y en cada caso se pactó el pago de la indemnización correspondiente el 7 cuotas mensuales y sucesivas, comenzando la primera el día 10 de julio de 2023 y la ultima el día 10 de enero de 2024″.
Sobre lo anterior, la denuncia acusa que “al momento de registrar los nuevos jugadores para la temporada 2024 Curicó Unido no estaba al día en el pago de los señalados finiquitos, circunstancia que no fue puesta en conocimiento de la Unidad de Control Financiero de la ANFP ni de la Gerencia de Ligas u oficina de Registro de Jugadores”.
Así mismo, “Curicó debió incorporar las deudas indicadas en la Declaración Jurada de Deudas Vencidas que debió presentar para obtener la licencia de clubes en el proceso 2023 y sin duda, en el presupuesto anual para el año 2024″.
Una situación que se muestra contraria a lo que establecen los reglamentos y estatutos de la ANFP, así como las bases del campeonato de la Primera B.
Sobre ello resaltan dos puntos clave. El primero se trata del “reglamento vigente antes del 12 de junio del 2024. En el artículo 85, que dispone que: ‘Serán causales de expulsión de un club afiliado, entre otras, las siguientes: f) La presentación de documentación falsa o adulterada a la Asociación’”.
Por otro lado, el “reglamento vigente después del 12 de junio del 2024. En el artículo 84 se dispone: ‘Las siguientes conductas, tendrán las sanciones que para cada caso una de ellas se indican, incluyendo la desafiliación, según corresponda: g) La presentación de documentación adulterada a la Asociación, será sancionada con el descenso a la categoría inmediatamente inferior al final de la temporada. Asimismo, la presentación de documentación falsa a la Asociación será sancionada con la desafiliación. (…) h) Será causal de desafiliación haber sido cancelada la licencia de clubes o haber incurrido en incumplimiento reiterado de las obligaciones correspondientes al Reglamento de Licencia de Clubes, cuando tales incumplimientos correspondan a no otorgar información financiera o legal requerida en el Reglamento de Licencia de Clubes, incumplimiento de los acuerdos establecidos en una Licencia otorgada con condiciones, otorgamiento de información falsa u ocultamiento de información relativa a algún requisito para la obtención de la licencia’”.
A su vez, agregan que “finalmente, es necesario explicar los efectos que tendrá la aplicación de la sanción de la conducta denunciada en la Competencia. El artículo 87, reza: ‘Descenso por sanciones, por desafiliación o expulsión. En el evento que durante el desarrollo del campeonato un club fuere sancionado con la pérdida de la categoría, expulsión o desafiliación, se entenderá, para todos los efectos, como el último de la tabla de posiciones al término del Campeonato, contabilizándose todos los partidos que hubiere disputado como perdidos por un marcador de 3 x 0, salvo que dicho equipo rival hubiere obtenido un triunfo por una diferencia mayor’”.
Considerando lo anterior, lanzan que “en conclusión, con todos los antecedentes existentes, inexorablemente el club Curicó debe ser expulsado, descendido o desafiliado y, en consecuencia, ocupar el último lugar de la tabla del Campeonato”.
Más adelante resaltan que “la norma infringida no admite graduación sino que es una sanción única que consiste en la Expulsión, Descenso o Desafiliación y, en consecuencia, no existe posibilidad reglamentaria de graduarla. En este sentido como ha sido un criterio del TAD la sanción se debe aplicar en la forma determinada específicamente en la norma contravenida, en la especie el artículo 84 letras h y g, del Reglamento”.
Así mismo, enfatizan que “el campeonato aún no termina y, en consecuencia, conforme al artículo 43 Código la sanción se debe aplicar en el presente torneo de Primera División B temporada 2024.
Por último, los denunciantes solicitan que “se haga parte la ANFP. Atendida la gravedad de los hechos y considerando especialmente el artículo 19 letra b) de los estatutos de la ANFP, solicito se oficie al Directorio de la ANFP por intermedio de su Secretario Ejecutivo, acompañando de copia la denuncia y de todos los antecedentes adjuntos como medios de pruebas; para los efectos que conforme a sus obligaciones Estatutarias se haga parte en la presente causa en los términos que lo hizo en los juicios anteriores en contra de Deportes Lautaro de Buin, Deportes Melipilla el nuestro por los mismos hechos”.