Descenso o expulsión: San Felipe exige máximo castigo para Curicó Unido por “información falsa” en caso Matías Cahais

Matías Cahais, con la casaca de Curicó Unido.
Matías Cahais, en el duelo entre Curicó Unido y Huachipato. (Foto. Photosport)

Los aconcagüinos denuncian irregularidades en el contrato del defensor argentino que, en su juicio, deben ser penalizadas drásticamente. Afirman que el club del Maule entregó "documentos falsos" relativos al vínculo contractual con el jugador.



Unión San Felipe le suma un problema más a Curicó Unido por el caso Matías Cahais. El club aconcagüiino denunció al maulino ante la Primera Sala del Tribunal de Disciplina acusándole, concretamente, de entregar documentación falsa respecto de la relación contractual con el defensor argentino, lo que, en su opinión, constituye causal suficiente para adoptar drásticas sanciones en su contra, que comprenden el descenso y hasta la expulsión del club de la banda roja.

“Resulta evidente con la prueba acompañada que el denunciado, en forma sistemática ha entregado documentos falsos a la ANFP y los otros competidores de la categoría”, expone el club de la región de Valparaíso. “Conducta que se agrava por haberse acreditado que fue en forma sistemática y durante un prolongado espacio de tiempo que enloda su participación en el fútbol profesional”, complementa, según consigna el escrito al que tuvo acceso El Deportivo.

La petición

La petición al Tribunal de Disciplina también es categórica. “El club Curicó contravino el artículo 84 y 85 del Reglamento y se aplique íntegramente sus sanciones, esto es, descenso o, en su defecto, expulsión; y, consecuencialmente, sancionar al denunciado quien debe ocupar el último lugar de la tabla, contabilizando todos los partidos perdidos por un marcador de 3 goles a 0″, solicita.

“Finalmente, en la misma resolución instruir a la Gerencia de Ligas de la ANFP -una vez firme la sentencia- registrar en la ‘Tabla de Posiciones’ del campeonato de Primera División B, haciendo los ajustes que correspondan conforme a ella en la Temporada 2024 al denunciado”, afirma, dando cuenta de que la medida debe ser inmediata.

Matías Cahais disputa un balón en el partido entre Curicó Unido y Santiago Wanderers
Matías Cahais disputa un balón en el partido entre Curicó Unido y Santiago Wanderers (Foto: Photosport)

Paralelamente, el club aconcagüino solicita que el directorio de la ANFP se haga parte en el proceso. “Solicito se oficie al Directorio de la ANFP por intermedio de su Secretario Ejecutivo, acompañando de copia la denuncia y de todos los antecedentes adjuntos como medios de pruebas; para los efectos que conforme a sus obligaciones Estatutarias se haga parte en la presente causa en los términos que lo hizo en los juicios anteriores en contra de Deportes Lautaro de Buin, Deportes Melipilla el nuestro por los mismos hechos”, expone el recurso firmado por Eduardo Olivares, gerente general de la entidad.

Los antecedentes

Según consta en el documento formal, “el día 06 de junio del presente año el Sindicato de Futbolistas Profesionales (el, “SIFUP”) denunció por sus redes sociales que el club Curicó Unido mantenía ‘graves incumplimientos laborales en contra de varios jugadores’, emplazando directamente a la ANFP para que fiscalizara y denunciara ‘con urgencia’ a dicho club”.

El día 25 del mismo mes, la Unidad de Control Financiero de la ANFP presentó una denuncia ante el Tribunal de Disciplina relativa al vínculo con Cahais. “En su denuncia, la UCF acusa que existiría diferencia entre los pactado en el contrato registrado en la ANFP y lo que se le pagó al jugador como remuneración del mes de mayo”, acota la representación legal sanfelipeña.

El problema, según San Felipe, es mucho mayor. “Al conocer de la denuncia, el Presidente de Curicó Unido, don Iván Romero, señaló claramente que la misma situación de mayo se habría producido en los meses de enero, febrero, marzo y abril, lo que evidentemente denota que dicho Club mantuvo una situación irregular permanente, entregando a la UCF información que no se condice con la realidad, por todos y cada uno de los meses indicados, no solo por el mes de mayo”, expone.

“Resulta claro que el Club denunciado a (sic) faltado en forma grave y reiterada, a su obligación de cumplir cabal y oportunamente con sus obligaciones laborales, específicamente, con el pago íntegro y oportuno de las remuneraciones y cotizaciones previsionales, de salud y cesantía de su trabajador, como también, y principalmente, con su obligación de entregar información veraz y completa a la ANFP respecto del cumplimiento de dichas obligaciones, resultando que los antecedentes entregados y aportados por el Club Curicó en los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2024 no corresponden a la realidad, resultan ideológicamente falsos y son demostrativos de una conducta de infracción permanente a las normas reglamentarias y de ocultación de la verdad”, aseveran los aconcagüinos.

San Felipe expone inconsistencias entre las obligaciones contraídas y los pagos percibidos por Cahais. “Las liquidaciones de sueldos de los meses de enero a mayo del 2024 presentadas por Curicó Unido a la Unidad de Control Financiero de la ANFP, son falsas al contradecir la realidad o -al menos- ocultó la información”, amplían.

Luego, detallan las incongruencias. “En efecto, consta de las liquidaciones de sueldo de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2024, subidas al portal de la UCF por el denunciado, que el Club Curicó Unido pagó al jugador la siguiente remuneración: un sueldo base de $10.840.088.-, asignación colación $550.000.-, asignación movilización $550.000.- y desgaste de indumentaria $200.000, totalizando haberes por $12.140.088.-, que, previa deducción de descuentos legales por $2.636.259, supuso un alcance líquido de $9.503.829″, detallan.

“En circunstancias, que con el mérito de los documentos acompañados (Contrato y Anexo), es claro e indubitable que en el meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2024, el Club denunciado debió pagar una remuneración total al jugador Cahais de $15.298.096 y en cambió le pagó sólo $12.140.088″, establecen.

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