La ANFP apunta a comenzar una era de cambios. Casos como el de Deportes Melipilla, cuadro que perdió la categoría tras haber sido denunciado por irregularidades en los contratos de algunos de sus jugadores, quieren ser evitadas a toda costa por el ente a cargo del fútbol nacional, que ya le entregó su propuesta a los presidentes de los clubes. Una que será votada este miércoles 16 de febrero.
El documento contempla modificaciones a cuatro artículos del reglamento de los torneos organizados por la asociación, los cuales rigen la desafiliación, la expulsión y el código de procedimiento de las penalidades. Estas buscan ponerle fin a los dobles contratos y a toda posible acusación que se realice luego del término de alguno de los campeonatos, requiriendo empezar un proceso de investigación.
El objetivo es volver las bases “anti-escritorio” para impedir, por ejemplo, lo que ocurrió con Deportes Copiapó, que debió esperar varias semanas la decisión del Tribunal de Disciplina sobre Melipilla para disputar los partidos finales de la liguilla por el ascenso, en los que cayó ante Huachipato.
Menos plazos para denunciar y sanciones para los jugadores
En cuanto a plazos, se sugiere que “las denuncias o requerimientos por las infracciones que tipifica este Código, prescriben a los cinco días hábiles contados desde el último partido de cada campeonato, en que le corresponda intervenir al club denunciado”. Actualmente, el plazo es de dos años, contados desde que ocurrieron las faltas. Además, en cuanto a las denuncias por infracciones a las prescripciones del reglamento, estas “deberán ser interpuestas dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde que se cometió la infracción”.
Entre las principales sugerencias de la ANFP están las que proponen que todos los infractores en casos de documentación falseada o adulterada sean sancionados, con hasta la expulsión. Es decir, ya no solo los clubes podrán ser penalizados, sino que también los futbolistas. La idea es que no vuelvan a suceder situaciones como la de Hans Martínez y José Barrera, quienes militaron en Lautaro de Buin e hicieron públicos los dobles contratos que realizaba la institución.
“El Tribunal de Disciplina investigará y sancionará, si correspondiese, a las personas naturales que hubieren participado en la acción que origina la sanción, siempre que estas personas estén bajo la jurisdicción del Tribunal de Disciplina”, señala el documento.
Así se subraya, además, en el Artículo 172°, el cual manifiesta que “corresponderá a los Órganos Jurisdiccionales de la Asociación conocer y resolver todas las infracciones a los Estatutos, Reglamentos, Bases de las Competencias y Código de Procedimiento y Penalidades que cometa cualquier persona o estamento sometido a la jurisdicción de estos órganos, todo de conformidad a los Estatutos y a las disposiciones del Código de Procedimiento y Penalidades”.
El Sifup mira con atención esta modificación. “Lo primero, sería mucho mejor que estos temas se sociabilicen antes con el sindicato. Norma básica el trabajo en conjunto para que algo nuevo empiece bien. Lo segundo, hay que tener cuidado cuando se habla de perseguir responsables en otro lado, ya que por norma legal y reglamentaria son los clubes quienes deben enviar la documentación del vínculo laboral con el jugador a la ANFP. Y esto ha sido resaltado en los últimos casos (Lautaro y Melipilla) donde se les denuncia por supuestamente acompañar a la ANFP documentación falsa o adulterada”, dice Luis Marín, vicepresidente del Sindicato de futbolistas profesionales.
Los representantes del gremio de futbolistas dejan su punto sobre la mesa. “Un futbolista, perfectamente, podría desconocer -y nos pasa- si su club mandó o no un anexo de contrato a la ANFP. Hay veces que no les otorgan ni su copia de contrato, a pesar de que la ley lo exige y los jugadores la solicitan, somos nosotros quienes mandatados por el jugador terminamos solicitando una copia del contrato y/o anexo al área de registros de la ANFP”, agrega Marín. “Por otra parte, nadie puede prohibirle a un trabajador que pacte bonos, premios o reciba aumentos remuneracionales por sus servicios, el tema es que aquello se haga como corresponde y quede en el contrato o en un anexo, pero nuevamente la obligación de comunicar al ente rector (ANFP), de cualquier modificación contractual, recae en el club, en su calidad de empleador. Así lo dice la ley y lo replica el nuevo contrato ANFP, en su cláusula segunda. También así lo impone la Ley 21.327 que moderniza la Dirección del Trabajo”, comenta. “Tampoco está claro qué acción debiese evitar el jugador para no ser objeto de una eventual sanción. Hasta ahora no hemos sabido de nada y ese genera una enorme confusión”, dice el exfutbolista.
Para cerrar, Marín advierte que reforzarán las capacitaciones para que los jugadores no comentan irregularidades de manera involuntaria. “Nuestro Sindicato reforzará el rol educativo que hace todos los años en estas materias, ya que si esto se aprueba, debemos analizar su legalidad y qué acciones debe adoptar el jugador, por ejemplo, requerir a su club que dé cuenta a la ANFP de su anexo de contrato, de sus bonos, aumentos remuneracionales, o cualquier otro emolumento no informado por su club a la ANFP, y que se pacten en el desarrollo de su vínculo laboral”, cierra.
Suspensión antes de la expulsión
De las que ya eran causales de expulsión, las relacionadas con “no cumplir con los estatutos y reglamentos de la asociación, ni acatar los recuerdos del consejo y del directorio y ni resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales de la Asociación” y, con “no mantener planteles de jugadores adultos y fútbol joven” y con “negarse a participar en las competencias que organice la ANFP”, serán sancionadas con desde la suspensión de participar.
Por otro lado, no podrán a ingresar a la asociación las instituciones que no mantengan sus estadios y canchas “de acuerdo a los requisitos establecidos por la ANFP”.
Los castigos pre-desafiliación
La desafiliación, en tanto, será castigo para los reincidentes para los clubes que no tengan estatutos y reglamentos que hayan sido “debidamente aprobados por la asociación” y a los que no “depositen en la ANFP un ejemplar de sus estatutos y sus modificaciones”. Como advertencia, a juicio del organismo, tendrán sanciones económicas de doscientas Unidades de Fomento.
Si un equipo se adhiere a ligas y a otras asociaciones que tengan objetivos incompatibles a los de la ANFP, serán castigados con desde la suspensión hasta ser desafiliados. Lo mismo pasará con quienes no cuenten con “el respaldo, solvencia económica e infraestructura necesaria” para participar con normalidad en los torneos.
También se busca que no sean aceptados en la ANFP los clubes que tengan “nombre deportivo de clubes expulsados o desafiliados, o con contenido religioso, político, sexual racial o étnico, o que sirvan de propaganda a productos, instituciones comerciales o industriales, o cambiarlo incurriendo en dichas situaciones”, al igual que los que no dispongan de “un estadio propio o arrendado o cualquier otro título, que cuenta con la infraestructura, capacidad y asientos suficientes para llevar a efecto los partidos”.
Tanto para las expulsiones como para las desafiliaciones, tal como era antes, solo podrán llevarse a cabo si son por “los cuatro quintos de los Consejeros en ejercicio, a proposición del directorio”, mientras que la suspensión de la participación de un equipo tendrá que ser “decretada por el Tribunal de Disciplina, debiendo existir una denuncia interpuesta por el Directorio de la Asociación”.