Las angustias financieras que ha provocado la inactividad ha abierto un escenario desconocido en el fútbol. La posibilidad de acogerse a la Ley de Protección al Empleo, ventana que tratan de aprovechar Colo Colo, Temuco y Ñublense, han abierto interrogantes.
* ¿En qué está el conflicto en Colo Colo?
Tras dos días de ataques cruzados, la jornada de ayer fue tranquila en declaraciones. Y si bien no hubo acercamientos directos, esta pequeña tregua apunta a intentar generar un diálogo para no seguir dañando la imagen del club. Por eso, la denuncia que prepara el plantel ante la Inspección del trabajo por no pago de remuneraciones no fue estampada ayer. “El día lunes se presenta”, señala Alfonso Canales, el abogado del Sifup que asesora. “No creemos aún en la judicialización”, adelanta.
* ¿Qué se entiende por acto de autoridad?
Una declaración de medidas de las autoridades. En este caso, la cuarentena. Es esta la razón -la única que permite la ley para acogerse unilateralmente- que aduce Blanco y Negro, pero es rebatida por abogados. “Esta ley y la suspensión del contrato se produce cuando afecta a tu actividad totalmente. Qué ocurre con el fútbol: lo que está prohibido es el espectáculo deportivo, además, Macul nunca ha estado en cuarentena. Por lo tanto, Colo Colo nunca ha estado bajo un acto de autoridad que pueda suspender la relación, porque el trabajo del jugador no es únicamente ir el día domingo al estadio y jugar un partido. Además, ocurre que a los jugadores se les dieron pautas de entrenamiento”, señala el abogado laboralista Juan Antonio Mella, del estudio jurídico Vergara y Cía.
* ¿Cuánto tiempo durarán los pagos?
De acuerdo a la información proporcionada por la AFC, se puede pagar por un máximo de cinco meses en caso de contratos indefinidos y de tres en vínculos a plazo. Este último es el caso del plantel albo.
* ¿Desde cuándo aplicaría?
Gran parte de la pugna está ahí. Los jugadores dicen que han estado trabajando 22 días de abril. Blanco y Negro pide el seguro desde el 1 de abril. Sobre la retroactividad, el AFC dice lo siguiente: “Estos pagos se realizarán por mensualidades vencidas, a partir de la fecha en que comience a regir el acto o declaración de la autoridad (cuarentena) por el cual se solicita el beneficio o la suscripción del Pacto de Suspensión Laboral, siendo el 18 de marzo de 2020 la fecha máxima de retroactividad”.
* ¿Cuánto recibirían en el seguro los jugadores?
“El tope del seguro son 120,3 UF, es decir, $3.449.361. El primer mes es un 70% de esa cantidad; el segundo, un 55% y el tercero, un 45%”, detalla Juan Antonio Mella. En otros términos, la mayoría de los jugadores de Colo Colo recibirían un primer pago de $2.414.553; luego bajaría a $1.897.148, para finalizar en $1.552.212. Esto si les llega con sus ahorros individuales en el seguro. Si se agotaran y tuvieran que recurrir a la parte solidaria del mismo, las cantidades serían inferiores al medio millón. "en caso de que los recursos propios se agoten, el financiamiento será cubierto por el fondo solidario, con los topes que este establece, y que para el primer mes tiene como máximo $652.956 en el primer mes, pero por ejemplo, si los fondos propios del trabajador se acaban al tercer mes, el fondo opera a partir del cuarto mes y el tope máximo será de $373.118, descendiendo a $326.478 en el quinto mes", explica el abogado.
El jugador no tendría que hacer fila para cobrar. Desde el 1 de abril, por la pandemia, el trámite se puede hacer de forma remota.
* ¿Qué pasa con los lesionados?
En caso de licencia médica, la empresa no puede pasar al trabajador a esta ley mientras dure su recuperación. En el fútbol, se aplica a los lesionados. Iván Morales sufrió una rotura del ligamento anterior de la rodilla derecha, a fines de febrero, por lo que recién en septiembre podría estar de regreso. “Debería estar recibiendo el salario por la mutualidad, fue un accidente de trabajo su lesión”, dice el abogado Mella. Pese a eso, el ariete solidariza con sus compañeros.
* ¿Da igual el tiempo que se lleve en el club?
No. Nicolás Blandi llegó la segunda semana de enero, por lo que no lo pueden incluir. La AFC indica que los requisitos son contar con tres cotizaciones continuas registradas en el Seguro de Cesantía en los últimos tres meses inmediatamente anteriores al acto de autoridad (cuarentena).
* ¿Cuánto tarda la respuesta a la solicitud?
La AFC tiene cuatro días hábiles para decidir si ByN califica para esta ley. El club ingresó la nómina de trabajadores el 23 de abril, por lo que la resolución se conocerá el 28. El empleador puede revertir la situación en cualquier momento avisando a la AFC.