Los coletazos de la crisis que afectó al arbitraje a mediados de año no paran de producirse. Ahora, de hecho, llegan a los tribunales de justicia. Johnny Harasic, ex presidente del sindicato que agrupa a los jueces que aplican el reglamento en el fútbol chileno, interpuso una querella por el delito de estafa contra Pablo Milad, el timonel del fútbol chileno. En términos resumidos, reclama que el actual líder del balompié nacional no respetó el acuerdo para una renuncia pactada, que incluiría la respectiva indemnización por años de servicio. En sentido contrario, recibió un exiguo monto en el finiquito de la relación laboral: $ 29.000.
“Con fecha de 13 de marzo del presente año recibí un llamado telefónico del Presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, el querellado de autos don Pablo Antonio Milad Abusleme, en el cual me señala su extrema preocupación debido a diversos hechos graves y mediáticos que opacaban su función como titular de la Asociación, siendo uno de los de su mayor preocupación el correspondiente a la pugna existente entre la comisión de árbitros y estos mismos, situación de hecho que termino con la desvinculación de varios de ellos, cuyo despido y las causales del mismo se encuentran actualmente judicializadas”, introduce el documento.
Prosigue: “En esta conversación me señala el querellado que posee instrucciones y que en su calidad de Presidente de la asociación de futbol, viene en requerir mi renuncia al cargo de árbitro profesional; y consecuencialmente a lo mismo, la renuncia a mi calidad de dirigente sindical, esto como una forma de dar cuanta de una nueva gestión realizada por su parte tendiente a terminar con los conflictos internos que se arrastras desde hace ya bastante tiempo en nuestra institución, y que debía realizarse como una forma de preservar el bienestar de nuestra institución. En esa conversación, el querellado de autos, Milad Abusleme, me indicó de forma expresa que se respetarían mis derechos laborales, y que la renuncia voluntaria en los términos planteados implicaba mantener vigente la indemnización por años de servicio correspondiente a 330 días de trabajo; y todas aquellas a que la legislación laboral diese derecho, manifestándose como una persona intachable, y que el cumplía con un mandato de sus bases”.
Compromiso incumplido
Harasic reclama el incumplimiento del pacto. “Desde la fecha de mi renuncia se mantuvo con el querellado una serie de conversaciones tendientes a que diese cumplimiento a o acordado, recibiendo por parte de este una serie de respuestas evasivas, señalándome en primer lugar que como ya había presentado mi renuncia , según él “por el bien del futbol chileno”, debía esperar que se tramitase mi renuncia por parte de Yacometti, quien procede a validar mi renuncia con fecha de 27 de marzo de 2022, e indicándome que ellos como empresa tenían un plazo de 10 días para hacerme llegar el finiquito para su posterior forma”, expone ante el tribunal.
Luego, aporta más antecedentes. “Desde ese momento el querellado no contestó más a mis llamadas, y se desentendió absolutamente de lo acordado y conversado vía WhatsApp y llamados telefónicos, confiando yo siempre en la autoridad ejercida por su persona; y, en el hecho que mantenía la representación legal de la Federación Nacional de Fútbol Profesional; y el cargo de Vicepresidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol”, añade.
Harasic añade: “No obstante lo anterior, me seguían llegando liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses posteriores; situación de hecho que conjuntamente con la declaración de mis cotizaciones previsionales resulta ser absolutamente incomprensible, debo dejar constancia que en dichas liquidaciones figuraba yo con una renta cercana al millón de pesos, lo cual desde hace mucho tiempo no era efectivo”.
En el octavo punto, aborda derechamente el finiquito de la relación laboral. “Frente a mi insistencia a la Gerencia General de la ANFP finalmente luego de varios meses me procedieron a citar para hacer entrega de mi finiquito por la renuncia voluntaria a la que me vi forzado por el querellado, verificado que el finiquito ascendía a la suma de $ 29.000″, explica.
Además, complementa que “se daría cumplimiento a lo expresamente estipulado en la cláusula 15 letra f del contrato colectivo”. Cabe recordar que el ex juez fue destituido de su cargo cuando se realizaron elecciones en el sindicato, a mitad de temporada.
Según consigna, Milad nunca más le contestó los mensajes. “Comunicándome con la Gerencia General, ya que el querellado nunca más me recibió ni contestó las llamadas, esta me indicó que ya no se puede hacer nada ya que estaba fuera del plazo, esto debido a las constante dilatorias del querellado y la actitud abusiva que mantuvo hacia mi persona”, agrega.
La acusación
En la fundamentación de la acción legal se pueden encontrar en detalle las razones y, ciertamente, el millonario monto que se reclama. “Para la mayoría de los autores el concepto de perjuicio en el delito de estafa no se restringe a su concepto puramente económico sino que tiene más bien un carácter jurídico, habiendo unanimidad en cuanto a que este perjuicio debe ser apreciable en dinero, lo que además es coherente con la circunstancia de que la penalidad en los fraudes se determina en atención al monto del perjuicio efectivamente provocado a partir de la conducta ilícita. En el caso de autos, el perjuicio alcanza aproximadamente la suma de $ 30.000.000.- correspondientes a las prestaciones laborales y legales que fueron apropiadas por el querellado”, apunta.
“La relación de causalidad es clara, ya que la apariencia de tratarse de una persona que se encontraba mediante la investidura de su cargo; y las funciones que en virtud de él le corresponden, tenia por finalidad y resultado preciso obtener una ganancia ilegítima a costa de mi renuncia; y la posterior apropiación de parte de mi patrimonio consistente las prestaciones laborales integradas al mismo. Esta defraudación se atribuye a las acciones desplegadas y dirigidas por parte del querellado don Pablo Antonio Milad Abusleme, lo que determinó el error en quienes suscribimos la presente querella”, agrega.
Por todo, la acción legal es notificada al tribunal. “En virtud de lo expuesto y de lo dispuesto por los artículos 108, 111 del Código Procesal Penal, y 467 Nº 1 y 468 del Código Penal, normas citadas y demás pertinentes”, se apunta. “Solicito a SS. tener por interpuesta querella criminal en contra don Pablo Antonio Milad Abusleme, ya individualizado; y de todos quienes resulten responsables ya sea en su calidad de autores cómplices o encubridores del delito de estafa previsto y sancionado por el artículo 468 del Código Penal con relación al artículo 467 inciso final del mismo cuerpo legal; declarar esta querella admisible; y remitir todos los antecedentes a la Fiscalía del Ministerio Publico competente”, se establece.
La ANFP saca la voz para defenderse
Desde Quilín cuestionan la querella del ex presidente del sindicato de árbitros. “Como ANFP es importante dejar en claro que al Señor Johnny Harasic Requena presentó su renuncia de manera voluntaria el 27 de marzo de 2022. Posterior a ello, se le finiquitó de acuerdo a la normativa laboral vigente”, dice Enzo Yacometti, Gerente General ANFP, al ser consultado por El Deportivo.
“Prueba que el trámite llevado adelante estaba correctamente ejecutado, es que el Señor Harasic no presentó demanda o reclamación alguna ante los tribunales laborales, y sólo ingresó una querella recién el viernes pasado 29 de octubre, a prácticamente días de las elecciones de la ANFP, con el evidente afán de perjudicar la candidatura del actual presidente o en su defecto presionar por un acuerdo económico ventajoso e improcedente”, agrega el ejecutivo.
“Lamentamos la situación y estamos convencidos que esta querella no cuenta con sustento jurídico, es más, aún no se declara admisible por el Juzgado de Garantía, y el hecho que esté hoy en manos de los medios, nada más confirma el actuar malicioso del ex trabajador de los árbitros”, cierra.