Después de cuatro meses y seis días de investigación, la Federación Internacional de Tenis anunciará el castigo que recibirá Nicolás Jarry después de su positivo por ligandrol y estanolozol, contenidos en un suplemento vitamínico, que el tenista nacional consumió y que fue detectado en un examen de dopaje el 19 de noviembre pasado, cuando Chile enfrentó a Argentina por la Copa Davis en Madrid. El organismo estableció que el tenista estará inhabilitado por 11 meses, según fuentes de la investigación.
El 14 de enero fue oficializada la suspensión provisoria y se dio inicio a una serie de diligencias. Nico, por su parte, conservaba los frascos y los envió a analizar a un laboratorio en Estados Unidos, para demostrar que los suplementos, de origen brasileño, estaban contaminados.
En el fallo se establece que los cuatro meses de para que acumula el tenista nacional se abonarán al castigo, por lo que quedará habilitado para regresar a las canchas a partir de la medianoche del 15 de noviembre.
De este modo, Nico podrá regresar a tiempo para pelear sus opciones de clasificar a los Juegos Olímpicos de Tokio, el próximo año.
Minutos más tarde, la ITF oficializó la medida, a través de un comunicado, en el que detalla las causas. “Se ha emitido una decisión bajo el Programa Antidopaje de Tenis (el “Programa”) de que Nicolas Jarry ha cometido una Infracción de las Reglas Antidopaje en virtud del Artículo 2.1. Esa decisión impuso un período de inelegibilidad de once meses, a partir del 16 de diciembre de 2019”, parte diciendo.
“Jarry, un jugador de 24 años de Chile, proporcionó una muestra de orina el 19 de noviembre de 2019 en asociación con su participación en las Finales de la Copa Davis, celebradas en Madrid del 18 al 24 de noviembre de 2019 (el “Evento”). Esa muestra fue enviada al laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje (“WADA”) en Montreal, Canadá para su análisis, y se encontró que contenía metabolitos de SARM LGD-4033 (ligandrol) y estanozolol. El SARM LGD-4033 y el estanozolol son sustancias no especificadas, que están prohibidas bajo la categoría S1 de la Lista de Prohibiciones de la AMA de 2019 (Agentes anabólicos) y, por lo tanto, también están prohibidas por el Programa”, prosigue.
La defensa de Nico fue efectiva, debido a que el organismo internacional valoró su explicación. “El Sr. Jarry fue acusado de una violación de las normas antidopaje en virtud del Artículo 2.1 del Programa (presencia de una sustancia prohibida en la muestra de un jugador) el 4 de enero de 2020 y fue suspendido provisionalmente el 14 de enero de 2020. La ITF aceptó la explicación del Sr. Jarry sobre cómo el SARM LGD-4033 y el estanozolol ingresaron a su sistema y que no soportó ninguna falla o negligencia significativa por su violación. El Sr. Jarry tenía derecho a que su período de inelegibilidad se retrasara para comenzar en la fecha del último incidente de su violación”, precisa el escrito.
“Esta es la primera violación de las reglas antidopaje del Sr. Jarry. La decisión determina que: (1) el Sr. Jarry ha cometido una violación del Programa; (2) debe cumplir un período de inelegibilidad de once meses; y (3) ese período de inelegibilidad está retrocedido para comenzar el 16 de diciembre de 2019 y finalizar a la medianoche del 15 de noviembre de 2020. De conformidad con los artículos 9.1 y 10.8 del Programa, todos los puntos de clasificación y el dinero del premio obtenido por el Sr. Jarry en El Evento y los eventos posteriores quedan descalificados”, agrega.
Por último, el organismo lanza una advertencia debido a la gran cantidad de positivos por esta misma causa en Latinoamérica: “Es evidente que el consumo de suplementos a medida, en particular los fabricados en farmacias compuestas en América del Sur, conlleva un alto grado de riesgo para los deportistas que están sujetos a las normas antidopaje y las crecientes prohibiciones que que se hayan impuesto a los tenistas por tales violaciones no ha sido adecuado para disuadir a otros jugadores de tomar esos riesgos. La ITF (i) insta a todos los jugadores a actuar con extrema precaución al considerar si usar suplementos; y (ii) advierte que cualquier violación de TADP que resulte de la ingestión de suplementos contaminados probablemente conducirá a un período significativo de inelegibilidad”.