El ministro subrogante de Justicia Jaime Gajardo se refirió nuevamente a la situación de las plataformas de apuestas online, que fueron declaradas ilegales por la Tercera Sala de la Corte Suprema. En conversación con radio Cooperativa, el subsecretario que se encuentra reemplazando al titular de la cartera, Luis Cordero, expresó su opinión al respecto.
“El raciocinio que nosotros hicimos y que coincide con el que hizo la Superintendencia de Casinos y Juego, con el SII y de otras instituciones públicas es el siguiente: la Constitución establece que estas actividades se deben regular por ley, por lo cual se encuentran prohibidas a menos que una ley las regule. Luego, todas las casas de apuestas requieren de una ley que las habilite a actuar, y es el mismo raciocinio que sigue la Corte Suprema, que es más categórica porque dice que las casas de apuesta no pueden operar, las deudas contraídas tienen un objeto ilícito. Es decir, acá no hay un vacío como se ha intentado señalar”, sostuvo.
En esa línea, se refirió al plazo que le dieron a la ANFP para terminar su vínculo con Betsson, sponsor de los torneos profesionales. “Iniciamos un procedimiento de fiscalización conforme a las atribuciones que tiene la Subsecretaría, a raíz de una solicitud que hicieron diputados y diputadas en agosto del año pasado, y esta instrucción la comunicamos a la ANFP el 1 de septiembre, y en esta instrucción le señalamos que conforme a nuestro ordenamiento jurídico, las casas de apuestas en línea tiene un objeto ilícito. De hecho, se encuentran expresamente prohibidas”, manifestó.
Por esta razón, el ministro (s) expresó las razones de la advertencia. “Para que alguna casa de apuesta pueda funcionar requiere una autorización legal tal como la hacen la Polla o Teletrak, y esas casas de apuestas no tienen esa autorización legal. Por ello, en el uso de nuestras facultades, les dimos 30 días hábiles para que ellos dejen sin efecto el contrato, y en segundo lugar, que les informen a sus asociados que tienen también que cancelar los contratos y tomar las medidas para que los asociados no suscriban este tipo de contrato, que están prohibidos en nuestra legislación”, recordó.
Las consecuencias
Asimismo, fue muy crítico de la postura que tomó el organismo que preside Pablo Milad, al interponer un recurso de protección para que no prospere la medida. “Es relevante que la opinión publica sepa que, si bien la ANFP tiene recursos administrativos para posponer la medida, no hizo nada y nos enteramos que presentaron una recurso de protección. La Corte Suprema ha sido muy categórica en que no existe un vacío, y que eventualmente puede haber un ilícito penal y que si quieren funcionar en nuestro país requieren de una ley, y efectivamente se está discutiendo en el Congreso, pero mientras esa discusión no se cristalice en ley, estas casas de apuestas se encuentran actuando contrario a nuestro ordenamiento jurídico”, destacó.
Finalmente, se refirió a las medidas en contra del organismo que maneja el fútbol chileno en caso de que no cumplan con lo establecido. “Si ellos no cumplen en los 30 días, nosotros emitimos un oficio que nos den cuenta del cumplimiento de la instrucción. Y si eso no lo realizan, por expreso mandato del artículo 557 y 559 del Código Civil, el no cumplimiento de las instrucciones que emita el Ministerio de Justicia ante un proceso de fiscalización se mira como una falta grave a los estatutos y habilita al Ministerio solicitar al Consejo de Defensa del Estado la disolución de esa persona jurídica”, cerró.