El caso de dopaje de Natalia Duco sigue esperando a que se celebre su audiencia cuatro meses después de su positivo... El nadador Felipe Tapia fue absuelto del suyo tras permanecer un año suspendido... Paulo Garcés logró que se alzara su suspensión mientras se dicta sentencia a resultado adverso... El variopinto trayecto del consumo de sustancias prohibidas en el deporte chileno obliga a refrescar cómo son o deben ser los controles.
1 De forma aleatoria o premeditada, el oficial de control de dopaje (OCD) notifica al deportista que debe pasar por un control de orina. En Chile, aún no hay test sanguíneo.
2 El OCD permanece con el deportista en todo momento hasta la conclusión del control. Debe ser de su mismo sexo. El atleta tiene derecho a tener un testigo a su lado y debe firmar un escrito, confirmando que entiende sus derechos y deberes. Si se niega a la toma de muestra, es considerado como si hubiera dado positivo.
3 Antes de orinar, el deportista elige un recipiente para la orina y luego escoge el kit de muestra. Durante el control, solo es el atleta quien manipula los implementos (un recipiente para orinar y dos frascos donde introducir las muestras, la A y la B). En Chile, se solicitan como mínimo 100 mililitros: 60 ml van para la muestra A, 30 para la B y 10 para análisis en un refractómetro (que mide su densidad y ver si es apta para el muestreo). En caso contrario, se debe repetir el proceso. El atleta cierra los frascos y los introduce en una caja de polietileno, todo herméticamente sellado. Debe firmar un formulario de conformidad, donde proporcionará información personal, anotando la medicación, suplementos alimenticios y todo lo que esté ingiriendo. También, las inquietudes y comentarios que tenga sobre el procedimiento.
4 El OCD custodia la caja de muestras y las lleva a la Comisión Nacional de Control de Dopaje (CNCD), en Santiago, donde es resguardada hasta su envío al laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). Permanece refrigerada (de 0ºC a 4º) entre una a cinco semanas en poder de la Comisión.
4 En Chile, las muestras suelen enviarse a laboratorios en París, Barcelona o La Habana. No hay plazo para el envío. El laboratorio recibe las muestras con un formulario que no revela la identidad del deportista.
5 El laboratorio procede al análisis de la muestra A y guarda la B en un lugar seguro (salvo que la A salga defectuosa y entonces, avisándole a la CNCD, abre esta). No hay plazo, pero el proceso suele durar entre una y tres semanas, dependiendo de la cantidad de demanda del laboratorio.
6 El laboratorio envía la información a la AMA y a la Organización Antidopaje (OAD), que informa en Chile a la CNCD, al COCh y a la Federación respectiva en caso de ser adverso.
7 La CNCD notifica de modo formal el positivo al deportista, que pasa de inmediato a ser suspendido provisionalmente. El nombre del afectado y la sustancia es publicado en la web del organismo y de la federación.
8 El caso llega al Tribunal de Expertos en Dopaje (TED), que cita a audiencia al deportista en un plazo no mayor a dos meses. En el caso de determinadas sustancias (nunca métodos) concede alzar la suspensión provisional.
9 El atleta puede solicitar y asistir a la apertura de la muestra B. No hay plazo para pedirlo o renunciar, depende de la propia línea de defensa del deportista. Si el resultado no coincide, la sanción queda alzada. En caso contrario, se complica su absolución.
El veredicto del TED tampoco tiene un plazo. En algunos casos supera el año. Se puede apelar su resolución al TAS. El tiempo de la sanción definitiva cuenta a partir de la suspensión provisional.