Más problemas para Colo Colo: Conmebol sanciona al Cacique con millonaria multa por utilizar marketing de emboscada

Colo Colo fue castigado por la Conmebol por utilizar "marketing de emboscada".
Colo Colo fue castigado por la Conmebol por utilizar "marketing de emboscada". Foto: Agencia Uno.

Al club albo se le castigó por infringir el artículo 6.3.3 del Manual de Clubes de la Conmebol Libertadores, aunque no especifican cuándo ocurrió el incumplimiento de la norma.



Colo Colo suma un nuevo castigo por parte de la Conmebol. El organismo del fútbol sudamericano impuso al Cacique una multa de 50 mil dólares por una infracción al artículo 6.3.3 del Manual de Clubes de la Copa Libertadores 2023.

La entidad también señala que dicho monto será descontado de forma automática de los fondos que recibe el club por los derechos de Televisión o Patrocinio.

Pero la resolución no solo se queda en eso, pues también advierten “expresamente al Club Social y Deportivo Colo Colo que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación a lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la Conmebol, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar”.

De todas formas, Colo Colo tiene un plazo de “siete días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la Conmebol. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol”.

Agregan que “de conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la Conmebol, la cuota de apelación de US$3.000 ha de ser abonada mediante transferencia bancaria”, concluyen.

¿Qué es el marketing de emboscada?

Según detalla el Manual de Clubes de la Copa Libertadores, el punto 6.3.3 está referido al Marketing de emboscada.

En él indican que Será considerado marketing de emboscada o ambush marketing “cualquier intento por parte de una entidad, marca, o persona no autorizada, de obtener una asociación indebida de sus productos o servicios o de su imagen comercial, con cualquier torneo organizado por la CONMEBOL, ya sea en redes sociales, otros medios de comunicación o de manera física en zonas aledañas a la sede del partido o lugares destinados a promocionar el evento, como ser fan zones y hospitalidades”.

Allí también se indica que en caso de infringir esta normativa, conllevará la imposición de las siguientes sanciones al club responsable, por la Comisión Disciplinaria de la Conmebol:

  • “En la Fase 1-2-3 y Fase de Grupos: se impondrá una multa de al menos USD50.000. En el caso de una segunda y subsiguientes infracciones se impondrá una multa de al menos USD100.000″.
  • “En la Fase de Octavos de Final, Cuartos de Final y Semifinal: se impondrá una multa de almenos USD100.000. En el caso de una segunda y subsiguientes infracciones se impondrá una multa de al menos USD150.000″, indica el documento.

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