¿Por qué no pudieron declarar Poulette Cardoch y Berdine Castillo? La trastienda del hecho clave que marcó juicio contra Ximena Restrepo

Poulette Cardoch
Poulette Cardoch y Berdine Castillo.

El Comité Nacional de Arbitraje Deportivo enfatizó en su resolución que ambas denunciantes no entregaron su versión de los hechos, en la audiencia que absolvió a la madre de Martina Weil. Las explicaciones de las partes chocan entre sí.



“Se deja expresa constancia, que las denunciantes, Srta. Cardoch, Srta. Castillo, y Sr. Raveau, no declararon en el presente juicio, por no haber sido solicitado oportunamente por el abogado de las denunciantes, Sr. Sebastián Buré”, advierte el documento oficial del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD), en el que se anuncia el fallo que absolvió a Ximena Restrepo y Marcelo Gajardo de las acusaciones de discriminación que pesaban en su contra.

El descargo de las deportistas asomaba como clave dentro de un juicio que se tomó el fin de semana recién pasado. Ambas, en numerosas oportunidades, se encargaron de avisar que no cederían en su intención de buscar castigos contra la madre de Martina Weil. Sin embargo, al momento de la audiencia, permanecieron en silencio frente a la defensa y los descargos de ambas partes.

Su abogado, Sebastián Buré, entrega detalles y explica la polémica situación. Una que, evidentemente, choca con la explicación que entrega el presidente del CNAD. El jurista, que defendió a las dos velocistas de manera ad honorem, y que asumió la defensa apenas 10 días antes de la audiencia, explica de entrada que, pese a no que no estuviesen nombradas en la minuta, esto no las invalidaba para declarar. “En la Ley del Deporte en ninguna parte de la normativa se establece que eso está sujeto a un plazo. Ahí se mencionó que no estaban nombradas en la minuta, pero en la Ley del Deporte, en el articulo 40 que regula el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo es claro en señalar que enviar la minuta es facultativo y no obligatorio para las partes, entonces esto fue claramente una irregularidad del proceso. Aquí supuestamente se fallaba conforme a normas del Código Procesal Penal, de la Ley del Deporte, pero sin tener la expertís para ello”, relata de entrada.

También justifica que pese a que las atletas finalmente no pudieron entregar su versión en la audiencia, los relatos previamente dados sí eran de conocimiento de los miembros del tribunal, ya que se encontraban en los documentos oficiales de la investigación. “La declaración de las chicas estaba escrita en el expediente y esta parte solicitó que se tuvieran a la vista las declaraciones escritas de las chicas. También decir que Poulette quiso hablar una vez que había concluido la audiencia, ella se emocionó por el tema y el presidente no la dejó seguir hablando”, añade.

Es en esa misma conversación que Buré detalla que pese a que ambas atletas no hayan podido declarar, la exposición de testimonios y pruebas realizada por su parte de todas formas fue mucho más completa que la de los denunciados. “Esta parte interrogó a 12 personas, a algunas haciéndole hasta 40 preguntas y Ximena Restrepo reconoció en una de las preguntas que le había dicho que no servían para nada al cuerpo técnico. Se incorporaron 19 pruebas de esta parte y la contraparte solamente incorporó dos testigos, uno de ellos la hija de Ximena Restrepo y ningún documento. Y el tribunal después de 12 horas de audiencia deliberó en 20 minutos que no a lugar”, detalla.

La versión del CNAD

Eduardo Arévalo, presidente del CNAD también dialogó con El Deportivo sobre este momento crucial del juicio, apuntando directamente al desempeño de Buré. Aclara el motivo de por qué el tribunal no permitió que las atletas de todas formas pudieran hablar en la audiencia.

“Cuando el abogado pidió que declararan las dos atletas, el Comité les hizo presente que en la preparación de la prueba él no las había mencionado, sino que había pedido solamente la declaración de doña Ximena Restrepo y del señor Marcelo Gajardo. En ese minuto pidió reposición, señalando que se trataba de un error, que se había confundido. Si el Comité accedía a que declararan, había un vicio procesal que iba a terminar en otro tribunal”, apunta Arévalo.

Aquí tiene que haber un debido proceso. Por lo tanto, que el abogado no haya sabido ni la ley, ni el Código Procesal Penal, por la cual se rige esto, ni la forma de presentar la prueba, no es culpa nuestra. Porque nosotros tenemos que fallar conforme a derecho. Y un abogado, lo que menos puede hacer, o lo que al menos debe saber, es cómo se tramitan las causas”, es otra de las frases del presidente del CNAD.

Finalmente, la máxima autoridad del tribunal a cargo del fallo, lanza un potente mensaje sobre el trabajo del letrado. “El abogado no supo manejar la audiencia. El abogado cometió un error gravísimo al no mencionar a las deportistas en la preparación de la prueba para que ellas pudieran declarar”.

Buré por su parte también reflexionó sobre el rol que tuvo el Tribunal durante la audiencia: “Yo me hago responsable de mi procesión, pero espero que la demás gente sea profesional”, concluye.

Cabe recordad, que este sábado la polémica del relevo 4x400 de Santiago 2023 llegó a su fin. Tras cinco meses de investigaciones, cuestionamientos y mucho ruido mediático, el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) determinó que tanto Ximena Restrepo como Marcelo Gajardo fueron declarados inocentes de los cargos en su contra.

Para ambas acusaciones la respuesta del CNAD fue contundente. “Se rechaza la denuncia por la unanimidad de los miembros de este Comité Nacional y en consecuencia se absuelve al denunciado de la denuncia formulada en su contra”, informaron.

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