Con un escrito de 22 páginas, firmado por su presidente, Marcelo Salas; Raúl Alfonso Jélvez, director, y el abogado Vicente Nardecchia, el club Deportes Temuco realizó su defensa ante el Tribunal de Disciplina de la Conmebol por el reclamo que ha realizado San Lorenzo por la participación antirreglamentaria del volante Jonathan Iván Requena en el partido jugado por el equipo chileno ante San Lorenzo, por la ida de la segunda fase de la Copa Sudamericana. En dicho encuentro, disputado el 26 de julio en Buenos Aires, los temuquenses se impusieron por 2-1, pero el cuadro argentino exige que el encuentro sea considerado como una derrota por 3-0 de los chilenos debido a la supuesta violación del artículo 56 del reglamento del mencionado certamen, que impide la actuación de un jugador por un club si éste ha sido inscrito por otra institución en la misma edición del torneo. En este caso, Requena fue inscrito en la lista de buena fe presentada por Defensa y Justicia (DyJ) en febrero de 2018.
Al respecto, Temuco alude al hecho de que el volante ya no formaba parte del club en el encuentro (DyJ ante los ecuatorianos de El Nacional) que es citado por San Lorenzo como causante de la infracción, pues aparece en la planilla de dicho encuentro. Al respecto, los de La Araucanía citan las fechas de contratación y presentación del jugador como argumentos de esta inconcordancia temporal, así como la recepción del pase internacional y la validación, por parte del sistema computacional de fichajes de la Conmebol, entre otros ítems. Al respecto, acompañan una serie de documentos.
En sus conclusiones, Temuco sostiene lo siguiente:
"Resulta claro que, según los argumentos señalados en todos los apartados anteriores, el hecho de que, EL JUGADOR hubiese aparecido en la planilla de partido disputado con fecha 18 de julio de 2018, como jugador elegible del Club Defensa y Justicia NO tiene, al menos para DEPORTES TEMUCO y creemos también para la opinión del Honorable Tribunal, explicación, justificación, fundamento o racionalidad alguna, toda vez que, a esa fecha EL JUGADOR no mantenía relación contractual vigente con Defensa y Justicia — finalizada con fecha 30 de junio de 2018 -; y, por el contrario, pertenecía a nuestro club desde el día 12 de julio de 2018.
El pretender hacernos responsable por tal hecho, y en razón de ello, sancionarnos con la pérdida de puntos ganados legítimamente en cancha, no solo escapa a toda lógica y sentido de realidad, resultando fuera de norma reglamentaria y legal, sino que es una situación casi kafkiana".
La corte deportiva entregará su veredicto este miércoles, aunque la prensa deportiva argentina sostiene que el fallo está en acuerdo y favorecería a San Lorenzo.
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