Los ajetreados días de Colo Colo parecen no tener fin. Ahora, el Cacique deberá comparecer ante el Tribunal de Disciplina luego de la denuncia del árbitro Héctor Jona, juez del duelo ante Huachipato.
El cuadro albo fue citado por el organismo autónomo de la ANFP tras lo consignado por el réferi en su informe, que indica que el coordinador Víctor Vidal estaba en la zona de exclusión sin la autorización pertinente y con un aparato electrónico de comunicación.
La situación ocurrió cuando el técnico Jorge Almirón se encontraba cumpliendo uno de sus tres encuentros de suspensión, tras el violento agarrón de manos que le propinó al árbitro José Cabero, en el clásico contra Universidad Católica. Producto de la sanción, el estratega transandino estuvo en una caseta del estadio CAP de Talcahuano, impedido de comunicarse con sus colaboradores.
“Citados a comparecer el martes 22 de octubre, a contar desde las 18 horas”, señaló el Tribunal, que actúa de oficio ante el hecho. “Denuncia árbitro (ingreso zona de exclusión”, continúa.
Los castigos que arriesga Colo Colo
¿Pero qué es la zona de exclusividad? “El área existente entre la reja o muro que divide la zona de graderías y el perímetro del campo de juego. Sólo podrán ingresar a la zona de exclusión los jugadores sustitutos, los cuerpos técnicos, el Director de Turno designado por el club Local, personas acreditadas para tales fines por la ANFP, los reporteros gráficos que cuenten con la debida acreditación para ello y el personal televisivo del medio titular de los derechos exclusivos para transmitir los partidos”, se explica en cuanto a ese sector en las bases del Campeonato Nacional.
En ese sentido, Colo Colo se arriesga a una multa. Sin embargo, no está exento completamente de un castigo mayor. El Cacique incluso podría perder los puntos obtenidos en Talcahuano. Eso sí, para ello debe haber una denuncia expresa que asegure que hubo comunicación entre Almirón y uno de sus colaboradores a través de Vidal. Esto desataría una investigación que, en caso de que compruebe los hechos, provocaría que opere la figura de desacato.
“En caso de desacato a los fallos, el Tribunal deberá aplicar al infractor, el doble de la sanción impuesta. Además, si el desacato consiste en la participación de un jugador o entrenador en algún juego para el cual estuviese impedido de actuar, el Club al cual pertenezca perderá el o los puntos en disputa que hubiese obtenido”, detalla el Artículo 67 del Código de Procedimiento y Penalidades de la ANFP.