Un nuevo dolor de cabeza para Mosa: Corte Suprema confirma multa por préstamos no informados

Aníbal Mosa
Aníbal Mosa, en una imagen de enero pasado. Foto: AGENCIAUNO.

El actual timonel del club junto a Paul Fontaine y Leonardo Battaglia infringieron la norma referente a partes relacionadas.



Aníbal Mosa suma un nuevo problema, luego de que la Corte Suprema ratificara una multa de 500 UF aplicada por la Comisión para el Mercado financiero por la celebración de préstamos con parte relacionada. Junto al presidente de Blanco y Negro fueron sancionados los exdirectores Paul Fontaine y Leonardo Battaglia, con 400 UF y 100 UF, respectivamente.

Los tres multados apelaron ante el máximo tribunal. Sin embargo, la Tercera Sala, conformada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y el abogado integrantes Álvaro Quintanilla, confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y mantuvo lo dictaminado anteriormente.

El fallo establece irregularidades en una serie de préstamos que no fueron informados por las vías correspondientes, los que ocurrieron entre 2015 y 2017. La sanción se funda en que el 20 de noviembre de 2015, Parinacota FIP, cuyo principal aportante era a la vez el presidente de Blanco y Negro S.A., Aníbal Mosa, prestó a dicha sociedad un total de $ 532.500.000, algo que se repitió el 30 de junio de 2016 y el 11 de julio del mismo año, por $ 160 millones y $ 330 millones, y que volvió a ocurrir en otras tres oportunidades en 2017, con un préstamos de $ 200 millones (24 de marzo), $ 110 millones (22 de mayo) y $ 80 millones (29 de junio).

El fallo sostiene que “Paul Fontaine Benavides y Leonardo Battaglia Castro (opositor a Mosa), contribuyeron a la materialización de parte de los señalados préstamos, por la vía de firmar, en representación de Blanco y Negro S.A. los reconocimientos de deuda respectivos, sin que se acreditara que tales operaciones obtuvieron la aprobación previa del directorio, en los términos exigidos por el artículo 147 N°2 de la Ley N°18.046″.

La resolución también agrega: “Que en cuanto a la determinación de la sanción –prosigue–, debe tenerse presente que se trata de una conducta particularmente grave, por cuanto estamos en presencia de operaciones con partes relacionadas, de altos montos, que se celebraron en condiciones que se desconocen, sin constancia de que aquellas se hubieren realizado en términos de mercado o siquiera de cuáles fueron sus cláusulas y si éstas se ajustan o no al interés social. Por consiguiente, han incurrido los directores que participaron en ellas, en una directa y manifiesta vulneración de sus deberes fiduciarios para con la sociedad misma, como también para con los accionistas, especialmente aquellos minoritarios, a través de conductas que, a la postre, provocan una desconfianza de estos últimos en los órganos de administración y control social, con el consiguiente riesgo para el correcto funcionamiento del mercado financiero, la fe pública y los intereses de los eventuales perjudicados con la conducta”.

Anteriormente, Mosa fue multado, al igual que Gabriel Ruiz Tagle, por el uso de información privilegiada para la compra y venta de acciones de la sociedad anónima.

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