Por otro lado, se incluyó amnistiar los ilícitos de incendio incluidos en los artículos 477 y 478 del Código Penal, que dicen relación con siniestros menores de objetos en los cuales no se pone en riesgo la vida de las personas y los daños no exceden las 40 UTM, por ejemplo, las barricadas.
25 ene 2022 01:16 PM