Según los funcionarios policiales, imputados de golpear a un hombre en la Plaza Ñuñoa, "hay una doble regulación de un mismo injusto penal (la tortura) en el ordenamiento jurídico (...) en efecto, mientras el delito de torturas como delito de lesa humanidad de la ley 20. 357, permite a los condenados la posibilidad de optar a una pena sustitutiva de la ley 18.216; el delito de torturas común del Código Penal, conforme se desprende de la lectura del artículo 1 de la ley 18.216, no admite tal posibilidad".
Felipe Díaz y Javiera Matus
23 dic 2019 05:44 PM