En el fallo se establece que Blanco y Negro no adoptó las medidas pertinentes para resguardar la seguridad de los asistentes en un clásico ante la UC.
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En el fallo se establece que Blanco y Negro no adoptó las medidas pertinentes para resguardar la seguridad de los asistentes en un clásico ante la UC.
Se trata de unidades de Gol, Fox y Polo, comercializados en Chile durante los años 2011 y 2012.
Tras la indignación pública y el retiro del cartel, la entidad fiscalizadora ofició a la empresa para investigar los antecedentes de la campaña, mientras EFE Central condenó el acto y anunció medidas legales.
El informe abordó la información de endeudamiento, morosidad y brechas de género en los créditos asociados a consumidores financieros, con datos de 66 proveedores financieros de menor tamaño, recabados en diciembre del 2023.
Desde la compañía emitieron una declaración luego de que el ente fiscalizador solicitara que la firma entregue antecedentes que den cuenta de la comprobabilidad y veracidad de las afirmaciones publicitarias del producto Okrafit.
El ente fiscalizador ofició a las empresas Importadora y Comercializadora Maitena, Nutrapharm y Le Nattier Group para entregar antecedentes que den cuenta de la comprobabilidad y veracidad de las afirmaciones publicitarias señaladas por cada una de ellas y el registro sanitario de los productos ofrecidos.
La empresa arriesga multas que llegan hasta las 2.850 UTM, es decir, casi 190 millones de pesos, por incluir en el anuncio mensajes publicitarios del producto Audiocalm, que aseguraba tener propiedades terapéuticas y/o milagrosas, sin un sustento científico que lo respalde.
“En el caso de las aplicaciones de delivery hemos detectado un conjunto de infracciones que vamos a poner a disposición de la justicia”, dijo en un comunicado el director del Sernac, Andrés Herrera.
La entidad fiscalizadora busca que Expreso Sol del Norte sea sancionada con las multas más altas por infracción a la ley del consumidor, solicitando hasta $ 60 millones en sanciones.
La acción se da luego del fallo desfavorable de la Corte Suprema de julio pasado, el cual desestimó las compensaciones para las personas afectadas.
Desde el Servicio detallaron que existen establecimientos en los que no corresponde solicitar o sugerir un porcentaje específico de retribución fuera del precio establecido.
Desde el Servicio informaron que “este tipo de prácticas no sólo generan confusión entre los usuarios, sino que además contravienen lo establecido en la Ley del Consumidor (LPC)”.
El objetivo es que la empresa devuelva todos los cobros efectuados de forma improcedente, y que no fueron informados a los usuarios, con aplicación de reajustes e intereses.
El Sernac denunció que existen aplicaciones que dan préstamos, pero que "en su mayoría no existen o funcionan bajo una fachada dudosa".