El listado de firmas estratégicas se reduce 28% en relación a 2017, debido a un menor número de postulantes y de elegibles. Expertos apuntan a efecto "aprendizaje" y desincentivo del proceso arbitral.
Paula Gallardo
30 ago 2019 04:00 AM
El listado de firmas estratégicas se reduce 28% en relación a 2017, debido a un menor número de postulantes y de elegibles. Expertos apuntan a efecto "aprendizaje" y desincentivo del proceso arbitral.
De este modo el tribunal dejó sin efecto la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había declarado la incompetencia del tribunal para conocer de la reclamación.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que acogió el reclamo deducido por la Clínica Odontológica de la Universidad Diego Portales S.A.
La sentencia obliga a la DT a determinar equipos de emergencia en tres cargos específicos para la distribución de gas a granel.
La Corte de Apelaciones de Santiago echazó el recurso de reclamación presentado por la Dirección del Trabajo en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo.
La sentencia del Tribunal Constitucional responde a un requerimiento realizado por el sindicato de la empresa Banco Ripley, esto por la negativa del juzgado del Trabajo de tramitar un recurso judicial. Con ello, se abre la puerta para que todos los actos que emanen de la DT puedan ser reclamables ante los tribunales.
Inicialmente se esperaba que el proyecto ingresara en diciembre, sin embargo, ajustes de última hora llevaron a que el texto finalmente comience su trámite legislativo en enero. Dentro de las propuestas que se analizan incluir está la flexibilidad laboral y explicitar la validez de los grupos negociadores.
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la reclamación presentada por la empresa y estableció la calificación de servicios mínimos de dos unidades en caso de huelga.
El proceso para Gasco se tardó prácticamente un año. Ahora el primer juzgado del Trabajo deberá pronunciarse, tras haberse declarado incompetente.
El tribunal rechazó un recurso de queja presentado por la minera, pero actuando de oficio reiteró que los juzgados de Letras del Trabajo son competentes para resolver este tipo de conflictos.
El sindicato desistió del recurso de queja, por lo que el banco mantiene el 11,5% de dotación.
Fernando Arab afirmó que se deberá analizar si el otorgamiento de servicios mínimos por parte de la Dirección del Trabajo se ajustó a derecho o fue excesivamente restrictivo.
En medio de la negociación colectiva, también se objetó la respuesta de la firma al petitorio sindical.
Pronunciamientos previos de la Cuarta Sala (laboral) habían rechazado que los tribunales pudieran ver las reclamaciones contra la DT. Reciente fallo fue de la sala civil y de oficio se corrigió la incompetencia.