Fiscalía activa nueva causa por delito por de lesa humanidad contra generales (r) Yáñez y Rozas

RICARDO YAÑEZ
8 OCTUBRE 2024 EL EX GENERAL DIRECTOR DE CARABINEROS, RICARDO YANEZ, DURANTE COMISION INVESTIGADORA DE LA ACUSACION CONSTITUCIONAL A LA MINISTRA DEL INTERIOR, CAROLINA TOHA. FOTO: DEDVI MISSENE

La exconvencional María Rivera presentó la acción judicial tras la formalización en la arista "altos mandos" y fue declarada admisible por el tribunal. La fiscal Ximena Chong separó la querella en una nueva causa, ya que el mismo delito es investigado por el fiscal de Antofagasta Juan Castro Bekios. Rivera acusa a los generales (r) por hechos que ya fueron desmentidos, como el supuesto centro de tortura en Baquedano.


Cinco años han pasado del estallido social y las repercusiones judiciales aún no concluyen. Hay casos que siguen en investigación o en etapa de juicio, aunque otros recién comienzan. Ese es el caso de la nueva causa que abrió la Fiscalía Metropolitana Centro Norte a raíz de una querella presentada recientemente en contra de los generales (r) de Carabineros Ricardo Yáñez y Mario Rozas y del exministro del Interior Gonzalo Blumel.

Se trata de una acción judicial presentada a mediados de noviembre por la exconvencional de la Lista del Pueblo María Rivera, junto al abogado Óscar Castro, donde ambos acusan a los dos generales (r) y de la otrora autoridad de gobierno del delito de lesa humanidad a raíz de la acción de agentes del Estado durante las manifestaciones.

Ahí, Rivera y Castro citan cifras del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de la época, así como también boletines publicados por la Fiscalía en aquel tiempo. Por otro lado, sostiene que se ha verificado “por las diferentes organizaciones” que ocurrieron delitos de homicidios, violaciones, privaciones de libertad arbitrarias, detenciones selectivas, “privaciones de libertad física, sin atender a la entrega de información referente a la suerte o paradero del detenido”, entre otros.

Los casos citados

Más adelante, y tras detallar el número de personas que fallecieron durante la crisis social de 2019, la querella especifica algunos hechos que -a juicio de los penalistas- argumentan el delito de lesa humanidad.

En el apartado de los casos que configurarían el delito de tortura y apremios ilegítimos los abogados citan cinco casos conocidos. El primero de ellos es el “caso del cuartel del metro Baquedano”, sobre la denuncia de un hombre que habría sido sometido a torturas al interior de la estación de metro, aunque el hecho finalmente fue desmentido por la Fiscalía y la PDI.

También se cita el caso sobre los “crucificados antena comisaría Peñalolén”, hecho que fue sobreseído por el 13º Juzgado de Garantía de Santiago, a pesar de que igualmente se condenó a funcionarios policiales por agresiones en ese lugar, pero de otras características.

El cuarto caso citado en la querella es el de José Maureira, joven estudiante de la Universidad Católica que denunció haber sido agredido sexualmente por funcionarios de Carabineros durante su detención en una comisaría de Pedro Aguirre Cerda. En ese caso la justicia absolvió a los carabineros acusados y la Fiscalía finalmente no acusó por los delitos sexuales.

Conmemoracion 4to año del Estallido Social
Foto: Andrés Pérez

Los últimos dos hechos que cita la querella por lesa humanidad en contra de los generales (r) de Carabineros son el “caso de Lucas Rocha”, joven que denunció haber sido agredido y violado por policías, y el otro es el de un estudiante secuestrado y torturado, sostiene la acción judicial, en un regimiento en Iquique.

Por otro lado, y después de citar casos para los diferentes delitos que denuncian se cometieron en el contexto del estallido social, los abogados enumeran las acciones que ejercieron las autoridades, así como las compras que realizaron Carabineros, la PDI y el Ejército de elementos disuasivos.

Sobre la querella, los abogados concluyen que “los elementos de la participación están ampliamente acreditados, por acción y omisión en la debida actuación, dado que el respaldo a las acciones delictivas por parte de Carabineros y Fuerzas Armadas han sido públicamente apoyadas y respaldadas por las autoridades civiles y militares; lo que se entiende claramente como un cumplimiento efectivo de lo instruido por estas autoridades en cuanto a la comisión de los delitos descritos”.

La frustrada arremetida de la defensa de Yáñez

La querella presentada por la exconvencional, tras la formalización en la arista “altos mandos”, fue admitida a tramitación por la jueza Pilar Ahumada, del Séptimo Juzgado de Santiago. Aprobación que fue cuestionada, rápidamente, por la defensa de Ricardo Yáñez, Jorge Martínez, quien ingresó una reposición u apelación a esa resolución.

RICARDO YAÑEZ
FOTO: DEDVI MISSENE

En su escrito, Martínez apunta a una serie de argumentos para pedir que se rechace el líbelo. En primer término, la defensa del general (r) apunta a que ni Rivera ni Castro tienen representación en la causa de altos mandos, así como también sostuvo que “la acción penal para perseguir este crimen contra la humanidad o lesa humanidad no puede ser ejercida por persona privada alguna, pues conforme al Estatuto de la Corte Penal internacional (...) en el territorio de Chile, el único ente estatal legitimado para ejercer esta acción penal en Chile (incluso con prevalencia del MMPP) es el INDH”.

Por otro lado, el defensor también sostuvo que no se configura el delito, debido a la calidad jurídica que exige dicho ilícito. Así como también señaló que “todos los hechos señalados en esta querella ya fueron desvirtuados en la investigación penal llevada adelante por la fiscal regional de Valparaíso, doña Claudia Perivancich, luego nuevamente investigados a su turno por la Fiscal doña Ximena Chong”. Refiriéndose, finalmente, en que esos hechos, y la arista de lesa humanidad, son investigados por el fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, por determinación del fiscal nacional, Ángel Valencia, en enero pasado.

La nueva causa

Tres días después de que Martínez ingresara la reposición, el juez Freddy Cubillos rechazó la solicitud, sosteniendo que los “argumentos expuestos en el libelo de enmienda no permiten desvirtuar lo resuelto en su oportunidad en cuanto a declarar admisible la querella”.

Ximena Chong
Jonnathan Oyarzun/Aton Chile

Considerando que el tribunal declaró admisible la querella, el tribunal la remitió a la Fiscalía Centro Norte, que es la que lleva la causa de “alto mando”, donde se presentó la acción judicial. A raíz de aquello, fue la fiscal de Alta Complejidad Ximena Chong quien le comunicó al tribunal que se separaría dicha querella de la causa antes mencionada, abriendo así una nueva causa por lesa humanidad.

La determinación, según explicó Chong, se debe a que el Ministerio Público ya lleva adelante una causa por lesa humanidad, en manos de Castro Bekios, por lo que le otorgó un rol único de causas (RUC) en contra de Yáñez, Rozas y Blumel.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.