Acta de Carabineros sobre caso Pío Nono incluye versión del policía: “al ser alcanzado logró zafarse para huir (...) sobrepasando barreras de contención del puente”

Paramedics and demostrators attend a youth who fell into the Mapocho river from a bridge during a police charge on protesters in Santiago, Chile, Friday Sept.2, 2020. The incident unleashed a wave of criticism against police for the repression during demonstrations and the government repudiated the acts of violence condemning "categorically any action that violates human rights". The young man is in a hospital in serious but stable condition, according to the latest medical reports. (AP Photo/Aliosha Marquez Alvear)

En el parte policial se da cuenta del relato del funcionario imputado por homicidio frustrado. Además, se relata el arresto que el Ministerio Público cuestiona, la lectura de derechos al adolescente y la entrega del menor a su madre. En estos textos, además, se señala que fue el fiscal de turno quien dejó "apercibido" al joven. En tanto, el ente persecutor indaga las actuaciones de nueve funcionarios en esta arista del caso.


"La conducta posterior del imputado tiende a mediatizar y derechamente a procurar encubrir como una supuesta detención las circunstancias que rodean al acto homicida”. De esta manera, la fiscal Ximena Chong dio cuenta ayer al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago que la investigación contra el carabinero Sebastián Zamora por caída del adolescente de 16 años, de iniciales A. J. A. A., desde el Puente Pío Nono hacia la ribera del río Mapocho, la tarde del 2 de octubre, no solo podría ajustarse a un presunto homicidio frustrado, sino que también habría indicios de encubrimiento, obstrucción a la investigación y falsificación de documento público.

Esto, pues para el Ministerio Público “hay cosas que no cuadran”. Una de ellas son los cuatro llamados de Carabineros, dos del imputado, a los fiscales Centro Norte de turno para decir que el adolescente habría sido aprehendido mientras era atendido en la Clínica Santa María. Un segundo elemento bajo sospecha es la elaboración de un acta de detención y lectura de derechos al detenido, lo que también sería “falso”, pues no hubo detención ni lectura de derechos.

Entonces, ¿de qué se tratan estas actas?, ¿qué dice el parte? La Tercera PM accedió al parte policial, al acta del detenido, el acta de lectura de derechos y el acta de entrega al adulto responsable del menor.

El parte policial comienza dando cuenta de la “relación de los hechos”. Allí se expuso el procedimiento en sí, lo que estaba ocurriendo en Plaza Italia esa tarde, y el relato del carabinero imputado, Zamora, quien estaba de servicio desde las 8.00 de la mañana de ese día. “Siendo las 19.30 horas aproximadamente, recibieron la orden del jefe del escuadrón Nº16, a cargo del teniente Bruno Murillo Berardi, por intermedio de la Central Gama, disponiéndose que se realizara una arremetida por el Puente Pío Nono desde Plaza Baquedano en dirección al norte", se señala en el relato de Carabineros.

Posteriormente, se agrega que en medio de los desmanes, "circunstancias en las cuales identificó a un individuo que mantenía una capucha de colores extravagantes, cubriendo su rostro, pantalón de color negro, zapatillas color negro con franjas blancas, polera oscura de manga corta, el cual arrojaba elementos contundentes contra el personal policial, por lo que se inició un seguimiento con la finalidad de detenerlo, individuo que al ser alcanzado logró zafarse del funcionario para huir, encontrándose con un poste de alumbrado público del puente Pío Nono, sobrepasando las barreras de contención del mismo puente, cayendo al cauce del Río Mapocho, quedando al parecer inconsciente. A raíz de esto, se intentó verificar su estado de salud, acción que se vio imposibilitada por cuanto los manifestantes que se encontraban en el lugar comenzaron a atacar a los funcionarios de Carabineros, obligándolos a replegarse en dirección a Plaza Baquedano”.

Después de este relato, se consigna que “la actuación del personal policial quedó registrada en la cámara Axion Cam” del teniente Eduardo Fernández Camiroaga, "el cual dio cuenta del hecho de forma inmediata vía radial y posteriormente de forma telefónica al mando respectivo.

A continuación, se consigna lo “polémico” y cuestionado por el Ministerio Público: “Posteriormente, los funcionarios se trasladaron hasta la Primera Comisaría de Santiago para realizar las denuncias correspondientes, tomándose conocimiento que el sujeto que habría caído al lecho del Río Mapocho se encontraba hospitalizado en la Clínica Santa María, siendo identificado por personal de la Sección de Investigaciones Policiales, a cargo del sargento segundo, José Ibáñez Santander, quienes logran identificarlo como (tachado),de 16 años”, con domicilio en Puente Alto.

Acta Carabineros
Acta Carabineros
Acta Carabineros

Los derechos

Sobre los derechos de la víctima, se menciona que "a raíz de las lesiones del detenido, quien fue trasladado hasta un centro asistencial, y encontrándose en el lugar una gran cantidad de familiares a la espera de su recuperación, con el objeto de evitar reacciones adversas de estos y otras personas, no fue posible obtener la firma de los derechos del adolescente, adjuntándose de igual forma dicho documento”.

Además, el parte policial dejó por escrito que el menor no tenía antecedentes penales, que se remitió un DVD con las grabaciones de lo ocurrido, y sobre las “instrucciones del fiscal”. En ese punto se detalla que “personal a cargo del procedimiento tomó contacto vía sistema Bitácora Web, con la fiscalía local Centro Norte, donde el fiscal de turno Patricio Macaya Silva, quien interiorizado de los hechos, instruyó mediante folio Nro 10-289 lo siguiente: detenido debe quedar en libertad y apercibido al articulo 26 del C.P.P; declaración del personal aprehensor, actas correspondientes al procedimiento y acta de adulto responsable”.

Y por último, el parte policial consigna “el destino” del menor. "Posteriormente, el detenido por instrucción del fiscal de turno fue dejado en libertad bajo apercibimiento bajo el artículo Nro. 26 del CPP, en espera de citación por parte de la Fiscalía. Se confecciona acta Adulto Responsable a la madre del menor, Daisy Antonina Alvear Hidalgo”, dice el documento, firmado por el cabo Marcelo Henríquez y el suboficial mayor Manuel Arias.

Enseguida, se adjunta el “acta de información de derechos del detenido adolescente en flagrancia y apercibimiento del articulo 26 del CPP”. Allí se relatan todos los derechos del detenido, se identifica al menor, sus datos personales y los carabineros que elaboran el documento que consta de ocho puntos. En la parte que dice “firma del detenido”, solo aparece la palabra “hospitalizado”.

Derechos

Este acta también fue cuestionada por la fiscal Chong en la audiencia de formalización, aunque en la policía uniformada dicen que no tiene nada de cuestionable, pues dice en el documento que el menor está “hospitalizado”.

La entrega

El otro documento adjunto es el “acta de entrega de adolescente (+14-18) a adulto responsable”. Acá se da cuenta de la identidad del menor, su edad, escolaridad, su domicilio y la “individualización del adulto responsable del (la) adolescente”.

Acta

En ese ítem se identificó a la madre del menor como Daisy Alvear Hidalgo y sus datos personales. En el párrafo que viene después se destaca: “Comunicación con los adultos responsables (indicar lo manifestado en la entrega): madre manifiesta tomar conocimiento del apercibimiento del artículo 26 del CPP y recepción del adolescente". Se adjuntó hasta su firma. La Tercera PM intentó contactarse con familiares de la víctima, pero al cierre de esta edición no fue posible obtener una versión para contrastar este hecho.

Fuentes de Carabineros, además, agregaron que hay cámaras del oficial de la policía hablando con la madre del menor.

Asimismo, fuentes de la policía uniformada niegan cualquier intento por obstruir la investigación, ni esconder el hecho. Así lo creen en la institución, pues dicen haber entregado todo al Ministerio Público y que el acta de detención y derechos es algo normal que se hace en estos casos, aunque la persona esté hospitalizada, y ponen como ejemplo lo que ocurre en casos de femicidas que intentan suicidarse o conductores en estado de ebriedad que son internados. En esas situaciones, aseguran en la entidad, también se elaboran actas de detención independiente si la persona está o no en la comisaría.

Otros uniformados indagados

Con los antecedentes recabados hasta el momento, la Fiscalía Centro Norte tiene en la mira a otros funcionarios policiales involucrados en los actos posteriores al hecho del puente de Pío Nono. De hecho, el Ministerio Público ampliará la indagatoria a los carabineros que participaron de las actas, las llamadas a la fiscalía y los registros digitales del sistema Bitácora Web.

Según expuso la fiscal Chong en la audiencia del domingo, hay al menos nueve uniformados que participan de estos hechos para dar cuenta de la supuesta detención del adolescente. Se trata, en primer lugar, de los “aprehensores” que corresponden al teniente Fernández Camiroaga y al imputado Zamora Soto.

Luego se suma el carabinero Bryan Burgos Rivas quien firmó junto a Zamora el acta de información de derechos del detenido. A ellos se agrega el capitán Vladimir Ubeda Petersen, de la 1ª Comisaría, quien realizó la primera llamada a los fiscales de turno. Según los audios que expuso la fiscalía en el tribunal, Ubeda dice que realizó el contacto por “orden del comandante Muñoz”, quien sería el jefe operativo de la 1ª Comisaría.

Luego existe una segunda llamada realizada por el “suboficial Silva”, no se señaló su apellido, también de la 1ª Comisaría. En estos actos también se suman las cuentas realizada de forma digital por el cabo primero Marcelo Enriquez Arias.

Finalmente, existen al menos dos funcionarios policiales sin identificar que también están relacionados a estos hechos. Se trata de un “oficial de la SIP” quien fue indicado como partícipe de la supuesta detención y también otros funcionarios que se escuchan en las llamadas telefónicas. Durante la audiencia, Chong reparó en que los uniformados que llamaron por teléfono realizaban preguntas a terceros para saber qué responder ante las consultas del fiscal, lo cual se logra percibir en algunos de los cuatro audios.

En tanto, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) ya solicitó los antecedentes de la causa a la fiscalía Centro Norte. A su vez, se espera que este jueves el Comité Penal del organismo se reúna para que los consejeros que lo integran analicen el caso y así, eventualmente, el CDE se haga parte a través de una querella.

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