Actualizar protocolos y multa de $ 20 millones: la dura sentencia por acoso laboral en contra de la Municipalidad de Recoleta

Corte Suprema

Una arquitecta y funcionaria municipal inició un proceso en los tribunales laborales, donde demandó a la institución representada por Daniel Jadue (PC) por "hostigamientos" reiterados, entre 2015 y 2021. Finalmente, la justicia acogió estos reclamos, pues "se encuentran plenamente acreditados, especialmente en lo que dice relación con la afectación a la integridad física y síquica". El municipio asegura que este tipo de prácticas no tienen cabida en su administración.


Ingresó el 28 de agosto del año pasado al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago como una demanda dirigida a la Municipalidad de Recoleta y su “representante legal”, Daniel Jadue (PC), alcalde de la comuna. Y, a un año y medio de la denuncia, la justicia falló y aplicó una dura sentencia contra la institución demandada.

La denuncia la ingresó la arquitecta y funcionaria municipal Claudia Müller Medina, quien acusó que “la conducta de hostigamientos comenzó a generarse desde del mes de marzo del año 2015 hasta hoy. En efecto, desde esa fecha debido a razones que desconozco, pero seguramente por pertenecer al grupo de antiguos funcionarios y arquitectos en los cuales siempre se desconfió, dado que no pertenecíamos al grupo político del alcalde, y a ningún grupo político, pero para toda la nueva administración, pertenecíamos al partido de derecha”.

En los hechos relatados, expuso haber sido objeto de insultos y gritos por parte de sus jefes, en específico de la arquitecta de Edificación de la Dirección de Obras Municipales, Rosa Pino, a quien identificó como “amiga de Giannina Reppetti, exidirectora de Secpla, luego administradora municipal y brazo derecho del alcalde”.

Expuso, por ejemplo, que en 2018 la señora Rosa Pino, “en incontables ocasiones me acosaba, gritando a viva voz para toda la unidad y acusándome por cualquier acontecimiento que ella inventaba para perseguirme. En una ocasión, la señora Pino señaló delante de todo el personal: ‘Cómo la habían llamado a ella a aclarar una situación de controversia, sin considerar que Claudia tenía serios problemas mentales’”.

Luego en 2019, relató que “me comenzó a llamar la atención a viva voz, en el mesón de atención al cliente, gritándome e insultándome. Esto ocurrió ante otros funcionarios y usuarios. Frente a esto decidí recurrir al señor alcalde, quien atento a los funcionarios que me servían de testigos, señaló que yo siempre causaba problema y que era una funcionaria belicosa”.

Desde entonces quedó en “lista dos” del escalafón municipal, “cuestionando todas mis capacidades”. Enseguida comenzó un tratamiento en la Mutual de Seguridad, por lo que se le extendieron más de cinco licencias. Dice que una vez que terminó su licencia y en medio del Covid-19, “me han obligado a concurrir en forma presencial, a pesar de que mi escaso trabajo que me asignan lo puedo realizar a través de teletrabajo” y “no poseo escritorio, silla ni un OC personal para ir a trabajar y debo sentarme en cualquier escritorio que esté desocupado”.

Una vez recabados todos los antecedentes, el Juzgado de Letras del Trabajo inició un proceso judicial, donde se fijó audiencia para septiembre de este año. Allí las partes expusieron sus antecedentes ante el tribunal y donde el municipio descartó conductas que decían relación con el acoso laboral.

Por ejemplo, Jimena Jiménez, directora Jurídica de Recoleta, envió un escrito al tribunal, donde expuso que en 2015 “la denunciante se encontraba atravesando un complejo periodo personal, estaba recién terminando su posnatal con todas las complejidades que eso trae consigo, cuestiones que lamentablemente trasladó a la esfera laboral”.

En esa misma línea, señaló que “ni la demandante ha sido vulnerada en sus derechos fundamentales, ni mi representada, Ilustre Municipalidad de Recoleta, ya sea por acciones u omisiones, ha vulnerado derechos y/o garantías fundamentales de esta, en particular los que señala en su denuncia, a saber: Jamás se le ha vulnerado su derecho a la integridad física y psíquica (artículo 19 Nº 1 de la CPR), ni su derecho a la Libertad de Trabajo (artículo 19 Nº 16 de la CPR)”.

La Tercera PM consultó al municipio sobre el caso y señalaron que “las denuncias de la funcionaria fueron atendidas por el alcalde de Recoleta, quien instruyó un sumario administrativo, inmediatamente conocida la denuncia. Acción administrativa que se inició el 26 de julio de 2019, con el objetivo de investigar y adoptar todas las medidas pertinentes que estuviesen al alcance del municipio”.

El fallo: “Omisión e innegable indicio de vulneración”

El 14 de diciembre, finalmente, el tribunal evacuó su sentencia. Según esta resolución, la demandante acreditó los hechos descritos, como la reunión con el alcalde Jadue, sus licencias en la Mutual y además presentó dos testigos en el proceso, quienes relataron lo mismo que ella expuso en la demanda.

Además, la resolución consigna que respecto de los hechos relatados sobre insultos a su persona en el mesón de atención a público, se ordenó instruir sumario administrativo y que en la “minuta emanada de la fiscal designada Sra. Bárbara Sepúlveda Hales, se consignó en las conclusiones que ‘esta fiscalía ha llegado a la convicción de que quien incurre en conductas que atentan contra la dignidad de la funcionaria Claudia Müller y crean un ambiente laboral hostil es doña Rosa Pino Zamorano’”.

Sin embargo, el sumario advierte que la señora Piño estaba contratada a honorarios desde mayo de 2019 y, por ende, no se le podía determinar una responsabilidad administrativa, por lo que fue sobreseída.

La resolución deja de manifiesto que “no obstante que la denunciada (el municipio) estableció en septiembre de 2018 un protocolo de actuación especial para casos de denuncias sobre acoso sexual, laboral y de discriminación arbitraria, y que era aplicable a trabajadores a honorarios, no aplicó dicho reglamento para este caso en particular”.

Para el tribunal, el municipio debió poner término a los servicios de la señora Pino, a pesar de que esta presentó su renuncia voluntaria en 2021. Para el juzgado, “dicha omisión constituye un claro e innegable indicio de vulneración por parte de la demandada en contra de la actora, en razón de no aplicar la normativa que ella misma instituyó para tal fin, y en consecuencia lograr una debida protección en favor de la funcionaria afectada, por los hechos que tuvieron lugar en el año 2019 y que son coetáneos con las afectaciones de salud que padeció la actora desde ese mismo año”.

En la sentencia, además, se consignó que “se encuentran plenamente acreditados, especialmente en lo que dice relación con la afectación a la integridad física y síquica, toda vez que el estado de salud de la actora se ve reflejado en sendas licencias médicas que le fueron extendidas”. Por lo mismo, y tomando en cuenta todos los antecedentes, se acogió la demanda y se ordenó a la municipalidad a un pago de $ 20 millones de indemnización por el daño moral causado.

Además, se ordenó al municipio actualizar el “Protocolo de actuación ante denuncias sobre acoso sexual, laboral y discriminación arbitraria de la Municipalidad”, siendo despachado al tribunal en un plazo de 60 días. También se condenó a Recoleta al pago de las costas del proceso por $ 2 millones.

Desde Recoleta, además, aseguraron que “estas acciones no tienen cabida en la institución y que actualmente se cuenta con un protocolo de acoso laboral que está vigente y que ha sido una herramienta eficaz para enfrentar este tipo de situaciones, asumiendo así el compromiso de perfeccionarlo permanentemente en la perspectiva de proteger a sus funcionarios y funcionarias”.

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