Alberto Espinoza, abogado de exfrentista Muñoz Hoffman: “La solicitud de extradición no va a tener efecto en Bolivia, ni en ningún país civilizado. Es vergonzoso”
El abogado del exfrentista insiste en que su representado es un hombre libre que puede ingresar a su país cuando él lo estime. Por lo mismo, no solo cuestiona la "persecución" de la que, a su juicio, sería víctima, sino que también asegura que la Corte Suprema ha actuado improcedentemente al acceder a una solicitud de detención provisional a su respecto.
Dos órdenes de detención y una Notificación Roja de Interpol pesaban sobre Pablo Muñoz Hoffman -de acuerdo con lo informado por la Policía de Investigaciones (PDI)- cuando fue aprehendido la tarde del lunes 6 de enero en las cercanías del consulado chileno en La Paz, Bolivia.
El exfrentista se había acercado a dichas oficinas para obtener un salvoconducto que le permitiera viajar a Chile, pues como ha insistido su abogado, Alberto Espinoza, él es un “hombre libre que no tiene impedimentos para ingresar a su país”.
El profesional ha recalcado que Muñoz Hoffman no tiene causas pendientes en territorio nacional y que los hechos por los que la policía ha manifestado que se le buscaba, ya se encuentran prescritos.
Por lo mismo, en conversación con La Tercera, el abogado lamentó que la Corte Suprema accediera a la solicitud de detención provisional de su representado con miras a extraditarlo, y también que el gobierno insista en encarcelarlo. A juicio de ellos, detrás de estas acciones el Ejecutivo tendría como objetivo congraciarse con la Unión Demócrata Independiente (UDI).
¿Qué le parece que una vez fracasada la deportación de Pablo Muñoz Hoffman se persista ahora en su extradición?
Yo espero que la Corte Suprema rectifique al momento de conocerse el fondo de la extradición. En todo caso, esta solicitud no va a tener efecto en Bolivia, ni en ningún país civilizado. Es vergonzoso. No correría en ningún país, ni Estados Unidos, ni México, ni Argentina.
¿Por qué?
Porque el fenómeno de la extradición está sujeto a ciertos requisitos del procedimiento. Deben cumplirse los requisitos de la prescripción tanto en el país requiriente como en el requerido. Y en el país requerido, que en este caso es Bolivia, usted vea los plazos de prescripción que tienen los delitos en Bolivia. Y de acuerdo a la jurisdicción boliviana, están prescritos. Solamente en Chile existe este tema de duplicar los plazos.
O sea, para ustedes no habría razón para que se materialice una nueva detención.
Es que ni duplicando ni triplicando cumple la prescripción en Chile. Sencillamente no los cumple. Además, de acuerdo a la legislación boliviana, ejercer la persecución penal por delitos que ocurrieron hace más de 30 años, no corresponde, están todos prescritos. Bolivia tiene que rechazarla. No se sostiene una acción penal después de tanto tiempo.
Pero de acuerdo con antecedentes entregados por la PDI, a él no sólo se le requería internacionalmente por el quebrantamiento de condena, sino que también por otros delitos vigentes ¿Hay un error ahí?
Aún no conozco la causa por la que solicitaron la detención. Hay que esperar a conocer la solicitud de extradición. En todo caso, La evasión no tiene pena, digamos, para los condenados. Y para los que están procesados, en virtud de la presunción de inocencia, no cometen delitos los que se fugan.
Los condenados incurren en el delito de quebrantamiento de condena, y la pena para el quebrantamiento de condena está establecida en el artículo 90 del Código Penal. Y la sanción es incomunicación hasta por un plazo máximo de tres meses. ¿Cómo él va a dar este paso importante en su vida si los tribunales lo persiguen para sancionarlo por hechos que ocurrieron hace tantos años?
¿Cree que la Suprema incurrió en un error?
El fallo es vergonzoso. No me atrevo ni a hacer una calificación jurídica, porque no resiste análisis jurídico por su naturaleza. Sobre todo porque emana de un tribunal superior de justicia. Me produce cierto desconcierto, que jueces de esta jerarquía, emitan una resolución de esta naturaleza, decretando una orden de detención con fines de extradición por hechos ocurridos hace 32 años atrás, desde el 1992. Además que no son delitos de lesa humanidad. Son delitos comunes.
El gobierno también ha destacado que debe proceder la detención de su representado.
Esta es una maquinación. Hay subordinación a poderes fascistas de la UDI. El gobierno quiere congraciarse con la UDI. Quiere mostrar que está en contra del terrorismo, y así acercarse a la UDI con otro fin. No sé qué tiene que ver la UDI con el asalto al banco, o con la ley de control de armas. ¿Y qué tiene que ver Jaime Guzmán con Muñoz Hoffman?
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