“Autoridades, funcionarios y personas citadas están obligados a asistir”: la interpretación del contralor que deja “sin piso” a Miguel Crispi

bermudez crispi

Esta jornada el contralor Jorge Bermúdez lanzó un duro mensaje a La Moneda al solicitar que el jefe de asesores del Segundo Piso, Miguel Crispi (RD), explique por qué cree que está exento de la fiscalización de la Cámara de Diputados. Y es que, comentan fuentes conocedoras, la autoridad de Teatinos 56 se basa en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en que se señala que no solo los ministros deben comparecer ante las comisiones investigadoras del Senado y la Cámara. Con esto se derriba la tesis del gobierno de que el exdiputado puede excusarse de asistir porque ahora no tendría calidad de funcionario público. En la misma sesión, el líder del órgano fiscalizador lanzó también un dardo a la directora de Presupuesto, Javiera Martínez, también RD. Confirmó que durante la gestión de la ingeniera se bajaron los controles para otorgar los convenios con ONG que hoy están en la mira de la Fiscalía.


Era algo que Contraloría venía analizando internamente, desde el miércoles 11 de octubre: las excusas del jefe de asesores de La Moneda, Miguel Crispi (RD), para no asistir a la comisión investigadora de la Cámara de Diputados que analiza las transferencias realizadas desde el Ministerio de Vivienda a fundaciones sin fines de lucro. Y durante la jornada de este lunes 16 de octubre dejó caer una crítica mirada sobre esta decisión del gobierno.

El 2 de octubre fue la primera citación que la comisión hizo a Crispi, la cual no respondió. Después, para el 12 de este mes fue nuevamente requerido; sin embargo, el jefe del Segundo Piso se excusó, ahora por escrito.

El argumento del gobierno, el cual también ha salido a explicar el ministro de Justicia, Luis Cordero, se basa en que Crispi está contratado bajo la modalidad de honorario y no contrata, lo cual, en la práctica, no lo hace funcionario público. En el Congreso, sin embargo, rechazan este argumento y, por lo mismo, pidieron que Contraloría se pronunciara formalmente.

El contralor Jorge Bermúdez explicó que, si bien el oficio ya está en trámite, se pedirá ahora la versión del propio jefe de asesores del Segundo Piso, pero hizo un punto. “Cualquier persona en un Estado democrático que está en una posición de poder tiene el deber de rendir cuentas, en el sentido que acabo de expresar, es decir dar razón, justificar sus actuaciones, sus decisiones, eso independiente de la denominación que tenga su cargo e independientemente de la forma en que viene denominado”, señaló, y agregó que a Crispi se le pidió que “diga por qué razón estaría exceptuado de este control, por qué razón esta persona no tendría que comparecer a esta comisión y por qué no estaría sometido a este control propio de un Estado democrático”.

JORGE BERMUDEZ
La interpretación del contralor que deja “sin piso” a Miguel Crispi. En la imagen, el contralor Jorge Bermúdez.

Es que quienes han conocido el proceso de análisis de Contraloría respecto de este caso advierten que hay un elemento clave: la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional (18.918). Se trata de la norma que regula quiénes y por qué deben asistir a las comisiones del Congreso, siendo su artículo N° 54 el que está siendo analizado para despejar a qué debería atenerse Crispi.

Lo que dice la ley

En este artículo, primero, se expone sobre la cantidad de veces que deben concurrir los ministros, pero también se señala que “las autoridades, los funcionarios y las personas citadas conforme a lo anterior, estarán obligados a comparecer a la sesión fijada por la comisión. Asimismo, dichas personas deberán suministrar los antecedentes y las informaciones que les solicite la comisión”.

Además, se agrega que “las solicitudes de antecedentes serán dirigidas al ministro o al jefe superior del servicio a cuyo sector o ámbito de competencias correspondan las informaciones solicitadas. Tratándose de las empresas del Estado o de aquellas en que este tenga participación mayoritaria, la solicitud se dirigirá a quienes corresponda su representación legal”.

En el ente contralor advierten que todo está sujeto a interpretación, sin embargo, los abogados que conocen la norma explican que “funcionario” se entiende cualquier persona que preste servicios a honorarios, contrata o planta. Además, que lo relativo a los dictámenes que cita Crispo, esos apuntarían “única y exclusivamente” a lo que tiene que ver con la relación laboral entre personas y el Estado.

Contraloría ingresará la consulta formal a Crispi durante las próximas horas, en que le pida conocer su versión sobre las razones de su negativa a comparecer a la comisión. Lo que responda será fundamental para lo que en el futuro zanje el ente contralor.

La observación a la Dipres

Pero el contralor Bermúdez no solo complicó al gobierno, apuntando directamente al Segundo Piso de La Moneda, sino que también a la Dirección de Presupuesto (Dipres), dirigido por Javiera Martínez (RD).

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La interpretación del contralor que deja “sin piso” a Miguel Crispi. En la imagen, la titular de Presupuesto, Javiera Martínez.

El contralor hizo una presentación de 29 páginas ante la comisión, en que mostró un comparativo sobre los controles en la entrega de fondos públicos a las fundaciones en 2022 y 2023.

El año pasado, explicó Bermúdez, el requisito era que se transfiriera a “fundaciones o corporaciones privadas sin fines de lucro con personalidad jurídica vigente no inferior a 2 años con competencia en las tipologías indicadas”, algo que para este 2023 no fue incorporado y solo se consignó: “Instituciones privadas sin fines de lucro”.

Bermúdez, sutilmente, se preguntó: “¿Hay menos control? Es muy objetivo el requisito de los años y la experiencia que se detallaba. Eso no existe hoy día”. El contralor se dejó caer.

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