Condenan a Clínica Las Condes a pagar inéditas costas del juicio tras haber denunciado a gerente por atenciones a pacientes Fonasa en plena pandemia
La justicia determinó que el recinto privado debe pagar más de seis millones de pesos por los gastos en que debió incurrir en su defensa el ejecutivo que fue querellado por la clínica. La inusual cifra se debió a que los jueces determinaron que no había motivos para emprender las acciones judiciales que, además, dañaron la reputación del profesional.
El 20 de septiembre de 2021, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago absolvió al exgerente general de Clínica Las Condes Fredy Jacial del delito de “administración desleal”. El 17 de mayo de ese mismo año se abrió una causa penal en su contra luego de que el recinto privado se querellara porque supuestamente el ejecutivo habría generado pérdidas por más de ocho mil millones al admitir excesivamente a pacientes Fonasa durante la pandemia del Covid-19.
Junto con exculpar de todo cargo al exgerente general, el tribunal condenó a Clínica Las Condes a pagar 199 UF, es decir, más de $ 6 millones por las costas del juicio. Por lo general, estas cifras suelen ser calculadas basándose en los aranceles de la Defensoría Penal Pública, aunque en esta ocasión fue superior y por eso en tribunales la califican como “inédita”. Para el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, este caso tiene características diferentes, puesto que se trata de una “persona jurídica importante, (...) quien, sin haber tenido motivo plausible para litigar, afecta a quien tenía un cargo importante en esa época en la clínica”.
Durante el primer fallo, el magistrado Rodrigo Carrasco sentenció que el exgerente general del recinto asistencial “actuó conforme a la normativa vigente a la época de sus decisiones y las exigencias que se le impusieron por parte de la autoridad sanitaria”.
Lo anterior fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago, quien agregó que el estado de excepción y la normativa de salud establecidos en ese contexto “excluyen la posibilidad de no acatamiento de las obligaciones impuestas por la autoridad, de tal modo que no cabe sino el cumplimiento de lo exigido”. A lo que agregaron que la clínica no podría “aducir falta de información o desconocimiento de este acontecer en cuanto se trata de una política pública, excepcional y bastante informada”.
Afectó el prestigio del profesional
Luego de la confirmación de la Corte Suprema, fue la magistrada del mismo juzgado Daniela Guerrero la que impuso el pago de las costas. A juicio de ella, “Clínica Las Condes no tuvo razón para interponer una querella por los hechos que describió”.
Respecto de los motivos de aquello, la magistrada aseguró que la querella por parte de la clínica “afectó, sin duda, el prestigio profesional o puso en duda el prestigio profesional del entonces imputado Jacial”.
A juicio de Guerrero, “era evidente que un hecho de esta envergadura, una denuncia contra quien era el gerente general de Clínica Las Condes, por los hechos que se reseñaron, tendría impacto para la opinión pública y en medios de comunicación”.
El pago total de costas es de 200 UF, de las cuales 199 tuvieron que ser cubiertas por la clínica privada y 1 UF por parte del Ministerio Público. Según la magistrada, el persecutor siempre sostuvo que los hechos denunciados por el recinto hospitalario no eran constitutivos de delitos, lo que le resta responsabilidad.
“Se trata de costas que se decretan para el Ministerio Público únicamente a modo simbólico, su actuación no da cuenta de que se deba ser deudor de costas de mayor entidad, siendo Clínica Las Condes el principal responsable de su pago”, expuso Guerrero durante la audiencia del 25 de enero de este año.
Tres días después de ser condenados, la misma clínica informó al tribunal que cumplió con lo ordenado y realizó el pago de $6.204.935 a Fredy Jacial.
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