Juez Urrutia, ahora suspendido: Corte abre sumario y deja sin efecto liberación de imputados de “primera línea”

Juez Daniel Urrutia
Juez Daniel Urrutia será apartado de sus funciones mientras sus superiores jerárquicos indagan una supuesta falta disciplinaria.

Reunidos en pleno extraordinario los magistrados del tribunal de alzada capitalino decidieron dar un duro golpe al magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago quien hoy, de oficio, decidió sustituir la prisión preventiva que pesaba sobre 13 imputados de desórdenes públicos por la medida cautelar de arresto domiciliario total argumentando para ello razones humanitarias por la pandemia del coronavirus que afecta al país y que los ponía en riesgo. Todo volvió a fojas cero.


Poco duró la resolución dictaminada esta mañana redactada por el juez del Séptimo Juzgado de Garantía Daniel Urrutia. El magistrado había liberado a 13 imputados del denominado caso “Primera línea” por tratarse de investigados por desórdenes públicos que fueron detenidos por Carabineros en medio de manifestaciones tras el estallido social del 18 de octubre. Las razones argumentadas por el magistrado eran las que les permitía sustituir de oficio -sin media interviniente- sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por una menos gravosa, en este caso arresto domiciliario total. Esto motivado por la pandemia de Covid-19 que afecta al país y, según sus argumentos, ponía en riesgo de contagio a estos imputados.

La orden de Urrutia se fue directo a Gendarmería: “liberación inmediata”. Sin embargo, apenas esta inédita resolución llegó a oídos de sus superiores, la Corte de Apelaciones de Santiago, se decidió realizar un pleno extraordinario debido a lo que algunos consideraban un actuar fuera de la ley por parte del magistrado.

Es así como los integrantes del tribunal de alzada capitalino hicieron se reunieron con carácter de urgente por videoconferencia esta mañana y resolvieron revocar la medida adoptada por el juez, dejar sin efecto la sustitución de la prisión preventiva, además de abrir un sumario disciplinario en su contra y suspenderlo de sus funciones hasta nuevo aviso.

“Habiendo tomado conocimiento esta Corte de la actuación del Magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Daniel Urrutia Laubreaux, con motivo de la dictación de la resolución de esta fecha pronunciada en la causa RIT N° 3894-202, RUC N°2000243616- 8, que se estima eventualmente puede quedar comprendida en la hipótesis del N° 3 del artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, se ordena la instrucción de una investigación sumaria administrativa en los términos del Acta N° 15-2018 de la Excma. Corte Suprema”, dice el acuerdo de la Corte santiaguina.

Agrega que “atendida la gravedad de los hechos que serán materia de la investigación y a fin de evitar las consecuencias que éstos puedan generar, se dispone como medida preventiva la suspensión de los efectos de la aludida resolución y de cualesquiera otras de idéntica naturaleza que se hubiere pronunciado por el juez Urrutia Laubreaux”.

Junto con esto se determinó la suspensión de sus funciones. “De conformidad con lo dispuesto en el N° 13 del Acta N° 15- 2018 y con el objeto de obtener el mejor funcionamiento del lugar de trabajo, se dispone la suspensión de funciones del investigado en tanto dure la investigación, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en el curso de ésta”, dice la resolución.

Se trata del segundo traspié de Urrutia en dos días. Ayer, La Tercera PM publicó que la Corte de Apelaciones le dio la razón a Carabineros y lo sacó de un caso abierto por la investigación que la Fiscalía Centro Norte sigue en contra del mayor Humberto Tapia. Este es indagado por disparar perdigones a una estudiante de un liceo capitalino y dejar herido de gravedad a otro manifestante tras el estallido social. Los jueces -en respuesta a una recusación interpuesta por Carabineros- afirmaron que Urrutia había adelantado una opinión sobre el caso al afirmar que “resulta similar al de Matías Catrileo, asesinado por la espalda por carabineros, evidenciando encubrimiento de la institución”.


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