La Tercera PM

Empresa china se enfrenta a viña de Luksic por incumplimiento de contrato de distribución

Viña San Pedro de Tarapacá aseguró que cumplió "plenamente y a cabalidad" el contrato en el tiempo que estuvo vigente hasta el 1 de enero de 2018.

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Interwine Limited, firma china que se dedica a la distribución de licores y bebidas alcohólicas en el gigante asiático, presentó en tribunales chilenos una medida prejudicial a fin de que Viña San Pedro de Tarapacá, controlada por el grupo Luksic a través de la Compañía Cervecerías Unidas (CCU), revele una serie de documentos para la posterior presentación de una demanda de indemnización de perjuicios.

A finales de marzo, el 26º Juzgado Civil de Santiago dio curso a la acción presentada por Interwine que acusó a la bodega nacional de incumplimiento de contrato y de beneficiarse económicamente en forma indebida, pues –a su juicio– estando aún vigente la relación comercial, habría inició negociaciones paralelas y directas con los clientes para ofrecerles las marcas de los licores que debían ser exclusivos.

En julio de 2008, ambas compañías acordaron un contrato de distribución e importación exclusivo para China de las marcas de vino: Gato Negro, 35° South, Castillo de Molina, 1865, y Cabo de Hornos. Según el acuerdo, la sociedad china "era y es la única empresa que puede importar, ingresar y comercializar en China los vinos" de esa viña.

"Este acuerdo de importación exclusiva de estas marcas por Interwine Limited será válido hasta el 31 de diciembre del 2008, y se renovará automáticamente cada año por un año, a partir del 1° de enero, salvo que cualquiera de las partes manifieste lo contrario mediante aviso escrito enviado 3 meses antes del término anual", sostiene el acuerdo citado por la compañía china.

Tras 9 años de relaciones comerciales sin conflicto alguno, con fecha 15 de septiembre del 2017, la demandada y conforme a lo establecido en el Acuerdo, dio aviso escrito del término del mismo a partir del 1° de enero del 2018, pero sólo respecto de la marca Gato Negro.

Sin embargo, la asiática sostuvo que a finales de 2017 se enteró de un presunto incumplimiento por parte de la viña. Ello debido que la bodega nacional autorizó a terceros para comercializar en China las marcas de vino que le correspondían en forma exclusiva, según la sociedad china.

Por su parte, la Viña San Pedro de Tarapacá -representada por el abogado Raimundo Moreno Cox-, se defendió de las imputaciones de la sociedad china.

En su escrito de oposición a la medida de exhibición de documentos que acogiera el tribunal, la bodega nacional pidió limitarla entre el 26 de abril de 2013 y el año 2017.

"Lo anterior por una razón muy simple, y es que no podría considerarse como documentos necesarios para entablar una demanda aquellos referidos a hechos que se encuentran prescritos", sostuvo en su respuesta la futura demandada.

Y añadió: "nos oponemos a que se exija a esta parte exhibir documentos respecto de los cuales no podría deducirse demanda alguna por encontrarse prescrita según la ley".

"Estamos tranquilos, dado que viña San Pedro Tarapacá cumplió plenamente y a cabalidad el contrato en el tiempo que estuvo vigente, el que se encuentra terminado a contar del 1 de enero de 2018", sostuvo la viña a La Tercera PM.

¿Qué documentos pide la gigante china? Según el escrito de Interwine, la sociedad exige a Viña San Pedro de Tarapacá la presentación de la Carta de aviso de término de acuerdo respecto de los vinos 35° South, Castillo de Molina, 1865, y Cabo de Hornos.

A ello se suma la declaración de exportación a China de los vinos: 35° South, Castillo de Molina, 1865, Cabo de Hornos y Gato Negro, correspondiente a los años 2008 al 2017. En subsidio, mismos documentos desde el año 2012 al 2017.

Además de las facturas de venta emitidas a nombre de Interwine Limited, por dichos vinos correspondiente a los años 2008 al 2017.

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