Entrenando, con sueldo, pero con menos dinero en la cuenta: la larga espera del sancionado árbitro Nicolás Gamboa
El dictamen del Tribunal de Disciplina obliga al juez a no dirigir en los próximos 15 encuentros, producto de los excesos verbales en que incurrió en el partido entre Audax Italiano y Universidad Católica. Sin embargo, su relación laboral con la ANFP solo puede verse afectada en los aspectos variables.
El análisis de la sanción que recibió Nicolás Gamboa depende de la perspectiva de quien la revise. El juez estará sin dirigir durante los próximos 15 partidos, producto de los excesos verbales en los que incurrió en el partido entre Audax Italiano y Universidad Católica, un castigo que puede parecer enérgico si se le dimensiona en forma aislada, pero benevolente si se considera que el máximo para la conducta que investigó el Tribunal de Disciplina llegaba a los 50 encuentros.
Gamboa era considerado uno de los jueces con mayor proyección de la nueva camada. A los 35 años, forma parte de la plantilla de jueces FIFA con que cuenta el fútbol chileno. El tiempo verbal de la redacción responde a una cuestión técnica: no perderá tal condición durante todo el calendario, pues las nominaciones son anuales. La sanción, teóricamente, no es extensible a nivel internacional, pero la ANFP le comunicó los alcances del caso a la Conmebol, por lo que una eventual nominación para cualquier competencia externa es, en la práctica, imposible.
Hay, eso sí, un elemento que le ofrece algo de luz a Gamboa. La prevención de tres de los integrantes de la Primera Sala, Exequiel Segall, Simón Marín y Alejandro Musa, quienes estuvieron por aplicarle ocho fechas de inactividad, puede resultarle clave para apelar ante la Segunda Sala.
Entrenar para mantenerse
Gamboa sigue asistiendo al complejo de Quilín para entrenarse junto al resto de los árbitros que componen la plantilla que dirige Tobar. Contento, evidentemente, no está. Como planteó en sus descargos, sigue pensando en que no cometió infracciones significativas y que hasta la sanción técnica que le aplicó la Comisión de Árbitros carece de elementos claves. “Omite señalar la razón concreta y se limita a especular que sería por supuestos insultos y un codazo”, consigna la presentación formal, que desacredita cada uno de los cargos que se levantaron en su contra.
Como sea, el juez asiste a las prácticas como antes de la sanción. Debe hacerlo por contrato, considerando que se trata de un juez con dedicación exclusiva, que mantiene una relación formal con la ANFP. “Todo debe seguir igual”, especifican en la sede del fútbol chileno, al menos en relación al vínculo laboral. El eventual despido, al menos por el momento, no se ha determinado. El margen de opciones que tiene el juez en la Segunda Sala impide, en cierto modo, actuar con demasiada drasticidad. Sin embargo, hay un elemento que también debe considerarse en el análisis: a fin de año, todos los jueces, como pasa en todo los períodos, son sometidos a evaluación. Esa revisión puede resultar determinante para el futuro de Gamboa en el fútbol nacional, más aún considerando que el escándalo manchó el inicio de la tarea de Roberto Tobar, que buscar reencaminar el referato después de los líos que hubo en el paso de Javier Castrilli por el cargo.
Ese “igual” que surge desde Peñalolén, sin embargo, admite matices. Lo que se mantiene, porque no se puede alterar, es el sueldo base del sancionado árbitro. Considerando que Gamboa es un juez con categoría FIFA, sus emolumentos fijos alcanzan los $ 1,8 millones. Aunque la cifra es, en gran medida, tranquilizadora respecto de su estabilidad financiera, lo que deja de percibir no deja de ser importante: cada designación, independientemente de la función a la que fuera asignado, le reportaba un bono de $ 200 mil.
El perjuicio es más amplio si se añade la pérdida por dejar de ser considerado a nivel internacional. A nivel de la Conmebol, tanto en la Copa Libertadores como en la Copa Sudamericana, los estímulos parten en US$ 2.550 por partido, más un viático de US$ 750, hasta llegar a US$ 8.000 en el caso de ser designado para impartir justicia en la final de alguno de esos torneos. El cuarto juez percibe entre US$ 1.450 y US$ 5.000. Una simple proyección lleva a concluir que se perderá buena parte de ambas competencias.
El baldazo
“Se sanciona al denunciado señor Nicolás Gamboa Reyes con la pena de quince (15) partidos de suspensión para el desempeño de cualquier labor arbitral en el fútbol profesional, incluyendo funciones de árbitro, árbitro asistente, cuarto árbitro, integrante del VAR en cualquiera de sus denominaciones y toda otra función relacionada. Para el cómputo de esta sanción se deberá considerar las fechas oficiales del Campeonato de Primera División, temporada 2023, sin perjuicio de lo cual, en tanto no se cumplan las fechas de sanción, el Sr. Gamboa no podrá desempeñar las antedichas labores arbitrales en ninguna otra competencia organizada por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional”, establece, literalmente, el fallo que el tribunal hizo público a través de las plataformas oficiales de la ANFP.
El considerando sexto que antecede a la sentencia alude al período que Gamboa ya ha estado fuera de los campos de juego, aunque no establece si ese tiempo será imputado al castigo. “En un tema relacionado, el testigo, ante una pregunta formulada por el Tribunal, expresa que el árbitro señor Gamboa no se encuentra sancionado por la Comisión de Árbitros, sino que está suspendido en forma indefinida por lo que no está siendo nominado para intervenir en partidos, a raíz de directrices técnicas no observadas cabalmente por el denunciado. Complementa la respuesta señalando que la Comisión de Arbitros sólo sanciona por deficiencias o errores graves de los árbitros desde el punto de vista técnico. Aclara el testigo que el árbitro Gamboa cumple actualmente con todas sus otras obligaciones; tales como, asistencia a charlas, sesiones de entrenamiento, etc”, manifiesta. Sin embargo, fuentes del caso le aclaran a El Deportivo que la cuenta comienza desde que se emitió el fallo, porque la medida que adoptó la Comisión, en rigor, no constituye castigo.
El testigo aludido en la sentencia es el presidente de la Comisión de Árbitros, Roberto Tobar, quien fue citado en tal condición por Audax Italiano. En las indagatorias, Tobar certificó la existencia de excesos verbales de parte de Gamboa, aunque también expuso razones a modo de contexto. “En virtud de esa gestión, testifica que, efectivamente, los insultos aludidos en la denuncia existieron por parte del árbitro señor Gamboa. Agrega el testigo que estas expresiones no corresponden al lenguaje que debe utilizar un árbitro en el cometido de sus funciones y que no es frecuente la utilización de estos epítetos por parte de ellos, considerando, claro está, la personalidad de cada árbitro. En todo caso, aclara que muchas veces existen “chilenismos” que no tienen por finalidad ni pueden entenderse como insultos a los jugadores”, explica el documento oficial.
“No obstante, y reiterando la impropia acción del árbitro, lo que merece un juicio de reproche que se reflejará en lo resolutivo de esta sentencia, el Tribunal debe ponderar en su justa medida que los insultos acreditados fueron dichos junto a un llamado al jugador a mantener la calma y conminándolo a que evite una expulsión”, expresa el tribunal en el octavo considerando, aunque inmediatamente refuerza la idea de que tal situación no exculpa a Gamboa. “Claro está que la plausible intención del árbitro, el momento álgido del partido o la poca experiencia del juez del encuentro no pueden ser causales exculpatorias del pronunciamiento de insultos y/o groserías hacia un jugador el cual, claramente, está en una posición que no le está permitido responder o entrar en diálogo con el árbitro, so riesgo de ser reglamentariamente amonestado o expulsado del campo de juego”, plantea.
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