Fact Checking Político XVI: Jadue y la votación de los diputados PC, y la inhabilidad de Longueira según Alessandri
1. La votación de los diputados comunistas según Daniel Jadue
El alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, fue el segundo invitado de la nueva temporada de Tolerancia Cero. El domingo pasado, 30 de agosto, se paseó por varios temas, desde el acuerdo constituyente del 15 de noviembre hasta propuestas económicas.
En ese marco fue que el edil comunista señaló: “En todos los distritos que tenemos diputados (PC), son primera o segunda mayoría”.
En la última elección parlamentaria, realizada en 2017, el PC eligió a ocho diputados. Según se puede revisar en el sitio web del Servicio Electoral, no todos consiguieron las primeras mayorías en sus respectivos distritos. Sólo Karol Cariola (distrito 9) y el presidente del partido, Guillermo Teillier (distrito 13), lograron encabezar en sus zonas con un 15% y un 11,7% de los votos.
Del resto de la bancada PC, Camila Vallejo fue la segunda mayoría en el distrito 12, con un 13,7% de los votos. Hugo Gutiérrez (distrito 2) y Daniel Núñez (distrito 5) lograron la tercera mayoría en sus zonas, con un 15,9% y un 6,6% de los votos, respectivamente. Carmen Hertz, en tanto, obtuvo la séptima mayoría en el distrito 8, con el 3,8% de los votos. Y mucho más abajo en el ranking quedaron Amaro Labra -que, con un 1,8% de los votos, fue la decimoprimera mayoría del distrito 12- y Boris Barrera que alcanzó el decimoctavo lugar en el distrito 9, con un 1,3% de los votos.
2. Alessandri y el impedimento de Longueira para postular a presidir la UDI
“Estuve revisando hoy al ley de partidos políticos y efectivamente si usted tiene la acusación en tribunales de un delito que podría llegar a tener pena aflictiva, usted no puede presentarse como candidato. Entonces, hoy no podría, según la ley de Partidos Políticos”.
Con esas palabras se refirió el diputado de la UDI, Jorge Alessandri, respecto de la posibilidad de que el extimonel y uno de los fundadores de su partido, Pablo Longueira, pueda postular a presidir la colectividad. Esta semana el exministro irrumpió nuevamente en el escenario político, luego de que declarara que volvía a militar en su partido, que votaría por el Apruebo en el plebiscito y que sería candidato a una eventual convención constitucional, además de afirmar que buscaría liderar la UDI.
Sin embargo, las declaraciones de Alessandri -que se refieren a las acusaciones por cohecho en el marco del caso SQM que enfrenta el exsecretario de Estado- son falsas. Así lo demostró ayer el Servicio Electoral, quienes emitieron una declaración en la que sostenían que Longueira está habilitado para sufragar. “A la fecha de determinación de dicho padrón, no había recibido ninguna comunicación de parte de algún Juzgado de Garantía que informara que Longueira hubiese estado acusado por delito que merezca pena aflictiva”, aseguró el organismo.
En ese sentido, según establece la Constitución, entre los requisitos para postular a cargos públicos y formar parte de un partido político está principalmente ser un ciudadano con derecho a sufragio. Esa calidad se suspende -según el Texto Fundamental- en el caso de que una persona esté “acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista”.
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