Familia Izquierdo Menéndez gana a CGE primer round en juicio por incendios forestales de 2016
En primera instancia, la justicia acoge la primera demanda de indemnización de perjuicios en contra de la eléctrica y ordena pagar indemnización por $1.609.377.678. Asimismo, exime de responsabilidad a los ejecutivos de la eléctrica. CGE anticipó que apelará a la sentencia condenatoria.
El 1° Juzgado de Letras de Santa Cruz resolvió acoger la demanda de indemnización de perjuicios que presentara la familia Izquierdo Menéndez en contra de CGE Distribución S.A. a raíz del incendio ocurrido entre el 13 y 20 de diciembre de 2016, denominado por Conaf "El Carrizal", en la comuna de Marchigüe en la VI región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Se trata de la primera acción que es acogida por la justicia por los siniestros forestales, condenando a la eléctrica –controlada por la española Gas Natural Fenosa (GNF)– al pago de $1.609.377.678 por los daños ocasionados.
Todo comenzó cuando el 16 de octubre de 2017, los hermanos Santiago y Gonzalo Izquierdo Menéndez, Sofía Izquierdo González y Gonzalo Izquierdo Irarrázaval -representados por el estudio Villarroel Lecaros Aste & Baraona- presentaron una demanda en contra de CGE por la responsabilidad extracontractual en los siniestros de sus campos y fundos que fueron atribuidos a un corto circuito.
La familia Izquierdo Menéndez –hijos de Roberto Izquierdo Phillipi- mantiene inversiones en diversos sectores productivos. A la fecha, forman parte del pacto controlador de Entel junto con los grupos Matte, Hurtado y Vicuña. También poseen inversiones en la pesca a través de Alimar que controla Invermar, ex salmonera de la familia Montanari. Y son propietarios de Forestal y Papelera Concepción (FPC), firma dedicada a la fabricación y comercialización de papel para corrugar.
Las perdidas en el incendio de 2017 fueron cuantiosas. En el caso de Sofía Izquierdo se perdieron 1,21 hectáreas de ciruelos; 6,75 hectáreas de pastizales con espino; 11,46 hectáreas de pastizal con espino destinado al pastoreo; 1.000 fardos de pasto y 1,033 metros lineales de cerco perimetral.
En la propiedad de Santiago Izquierdo Menéndez se quemaron 6,83 hectáreas de pastizales con espino; 7,62 hectáreas de pastizal y claros destinados a pastoreo y 1.000 metros lineales de cerco perimetral e interior.
Los daños en la propiedad de Gonzalo Izquierdo Menéndez y Gonzalo Izquierdo Irarrázaval, en tanto, fueron 8,48 hectáreas de tunas y 2,49 hectáreas de pastizales utilizados para el pastoreo de bovinos.
Sin embargo, los mayores daños radicaron en las sociedades vinculadas a la familia. Sólo Inmobiliaria Escorial Limitada sufrió daños por la quema de 33,83 hectáreas de bosque de eucaliptus; 332 hectáreas de bosque de pino; 320 de ciruelos; 55,64 hectáreas de bosque nativo y 69,03 hectáreas de pastizales para ganadería.
En su fallo de primera instancia el tribunal alude al artículo 139 de la Ley General de Servicios Eléctricos que establece "un deber general de dar seguridad por parte de los concesionarios eléctricos, destinados a mantener en buen estado sus instalaciones, evitando peligro tanto a personas o cosas, colocando en un lugar de garante frente a la comunidad en general". Ese deber de dar seguridad -dice el texto- hace "extensiva la obligación de las concesionarias de resguardo de sus líneas de tensión eléctrica independiente del lugar en que se encuentren con el objeto de prevenir siniestros, incendios y otros sucesos que importen daño a personas o cosas".
En esa línea, la sentencia estableció que a CGE le cabía un "obligación de resultado y no de medios, y como consecuencia, al no haber retirado en forma previa a la ocurrencia del incendio el material combustible que estaba bajo la línea de transmisión eléctrica situado alrededor del poste es que debe responder frente a dicho incumplimiento legal y reglamentario".
Fallo exime a ejecutivos
Además de establecer el pago de una indemnización, el tribunal resolvió eximir de responsabilidad a los ejecutivos de la eléctrica que a la fecha de ocurrido el incendio formaban parte de la compañía.
En ese momento Pablo Andrés Yáñez Mardones, se desempeñaba como Subgerente Técnico Zonal de la Región de O'Higgins, José Reyes López, Jefe de Mantenimiento y Construcción para las provincias de Colchagua y Cardenal Caro, y Esteban Vucetich de Cheney, Subgerente de Operaciones y Mantenimiento y encargado de explotación de la red.
La sentencia "refuerza la decisión adoptada la sanción impuesta a CGE Distribución S.A. por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) por la falta de mantenimiento y el buen estado de conservación de las instalaciones eléctricas de su propiedad sobre la Provincia de Cardenal Caro de la VI Región".
"Sin perjuicio que CGE acreditara que el tendido eléctrico de Agrícola El Carrizal se encontraba en mal estado, pero no que la causa del incendio recayera en un cortocircuito ocurrido aguas abajo del poste 5/031069, y ni tampoco con toda aquella prueba destinada a acreditar de su parte una correcta y oportuna mantención del tendido eléctrico bajo su administración, cuyos antecedentes obran con fecha 24 de septiembre, lo que por cierto, resulta una obligación legal y reglamentaria atendida la actividad de riesgo que conlleva la transmisión de electricidad", remató el fallo.
CGE apelará
Desde CGE anunciaron que apelarán al fallo. "Impugnaremos este fallo de primera instancia con el fin de obtener su total rechazo ante la Corte de Rancagua, que también debería pronunciarse acerca de cualquier otro recurso que eventualmente pueda presentar la parte demandante".
"CGE continúa con el firme compromiso de avanzar en una solución para todos los involucrados - tal como se realizó en la Región del Maule- y estamos a la espera del resultado de la audiencia de suspensión condicional del procedimiento prevista para el próxima 24 de septiembre", consignó la firma eléctrica ante las consultas de La Tercera PM.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.