Futuro gobierno de Boric fija topes de sueldo y amplía restricciones para contratación de parientes

Giorgio Jackson y Gabriel Boric
Giorgio Jackson y Gabriel Boric en su período parlamentario impulsaron la reducción de los altos sueldos del Estado.

La medida corre para sueldos a honorarios y cargos de exclusiva confianza. En el caso de los primeros, dichos funcionarios no podrán superar el 50% o el 65% -dependiendo del currículum- del sueldo del subsecretario de la cartera respectiva. A su vez, se pasa de restringir desde el tercer hasta el cuarto grado de consanguinidad cuando se trate de parientes de ministros o subsecretarios. La norma incluye a convivientes civiles.


Dos instructivos prepara el futuro gobierno de Gabriel Boric que delinean la conformación de los equipos de su gabinete.

Los documentos -que fueron elaborados por la Segpres en colaboración con Hacienda y Dipres y ya han sido socializados informalmente entre los ministros- establecen una serie de limitaciones para la contratación de quienes serán colaboradores de la próxima administración, tanto en lo relativo a los sueldos que podrán recibir, como a la declaración de conflictos de intereses y, a su vez, a su parentesco con otras autoridades, como ministros y subsecretarios.

En una minuta a la que accedió La Tercera PM, se explica que el instructivo “establece reglas de austeridad, probidad y transparencia para la contratación de personal a honorarios (...). Es un primer paso dentro del compromiso más global que asumimos de diseñar e implementar un sistema de remuneraciones al interior de la Administración del Estado que permita disminuir las actuales brechas, estableciendo límites a las altas rentas”.

El escrito afirma que estas limitaciones “van en línea” con la reforma constitucional que impulsaron precisamente el frenteamplista y su ahora próximo ministro de la Segpres, Giorgio Jackson, desde el Congreso, y que permitió rebajar la dieta de altas autoridades de la administración del Estado como parlamentarios y ministros.

Bajo esa lógica, la futura administración instruye a sus ministros a no pagar más de un 50% del sueldo bruto que corresponde al subsecretario de la cartera respectiva, cuando se trate de contrataciones a honorarios o de asesores de exclusiva confianza y que “cuenten con título profesional o licenciatura de al menos ocho semestres”.

Mientras que fija en un 65% el tope cuando se trate de un funcionario con grado de magíster o doctor y/o una experiencia acreditada de a lo menos 15 años continuos o discontinuos en el sector público o privado en su área.

Escala por ministerio

Si se toma como referencia la remuneración bruta mensualizada de la escala del Ministerio de Hacienda, el cargo de subsecretario recibe un monto bruto de $8.096.113.

En ese caso, si se opta por contratar en esa cartera a un profesional de mayor experiencia académica, con una trayectoria acreditada de a lo menos 15 años continuos o discontinuos en el sector público o privado, su remuneración bruta no podrá superar los $5,2 millones.

En cambio, para un profesional solo con pregrado, el tope máximo de remuneración -tomando como referencia los montos de Hacienda- es de $4 millones.

Estos sueldos son cifras aproximadas y referenciales, pues entre ministerio y ministerio existen variaciones entre las remuneraciones de los subsecretarios. El estándar, sin embargo, fluctúa entre los $7 y $8 millones de pesos brutos, aunque en algunos pocos casos baja de ese rango.

El instructivo del futuro gobierno aclara que no aborda las remuneraciones de los funcionarios a contrata o planta, ni a altas autoridades, pues estas están delimitadas por la Escala Única de Remuneraciones y la ley vigente.

Contratación de familiares e incompatibilidades

El otro instructivo que será enviado formalmente esta tarde a las distintas reparticiones apunta a ampliar las restricciones vigentes para la contratación de parientes en la administración pública y disminuir así los niveles de nepotismo.

Dicho escrito sostiene que en el contexto de la “enorme desconfianza en las instituciones que vivimos, es necesario no solo cumplir de forma estricta con la ley vigente, sino también prestar atención a los flancos que la normativa actual deja y prevenir eventuales riesgos que dañen aún más la confianza de las personas en el Estado”.

En ese sentido, el escrito detalla que se busca “impedir el contratar a parientes en ciertos casos, cuando se trate de parientes de ministros o subsecretarios hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo por afinidad, incluyendo a los convivientes civiles”.

Esta medida amplía la normativa vigente en un grado de consanguineidad.

Por otro lado, el instructivo llama a los ministros a no contratar parientes de determinadas autoridades en reparticiones consideradas “estratégicas”, por ejemplo el Segundo Piso, explican en la Segpres. En otros casos se solicita que, de darse, la contratación sea informada previamente a la Comisión de Integridad Pública y Transparencia de Segpres. Esto último aplicaría en el caso de que se quisiera contratar al padre, madre o hijo de un ministro o subsecretario en otra repartición el gabinete.

Eventuales conflictos de interés

En otro punto, el documento también aborda eventuales incompatibilidades y conflictos de interés en contrataciones. Así, la nueva administración advierte que “(el instructivo) establecerá una serie de exigencias de información adicionales a las ya contempladas en la ley”.

Una de ellas requerirá si la persona ya está ligada a la repartición a través de prestaciones de servicios u otra actividad privada. “Previo a la contratación, se requerirá a las personas una declaración jurídica simple -que se remitirá también a la Contraloría- indicando si prestan servicios en otra repartición pública y actividades privadas que se relacionen con la entidad pública en que serán contratadas. Igual exigencia se extiende para parientes”, señala en uno de sus puntos.

También se requerirá información adicional sobre eventuales contratos vigentes que la persona haya celebrado con “proveedores, contratistas o instituciones privadas que tengan relación con el mismo servicio”.

Con esos datos a la vista, cada jefe de servicio deberá evaluar “posibles conflictos de intereses” en la contratación de personal.

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