Gobierno impone reglas a “narcofunerales” y ahora serán “exprés”: entre el velorio y el entierro no pueden pasar más de 24 horas

narcofuneral

La Contraloría se encuentra revisando el reglamento que regula cómo se deben realizar los denominados "funerales de alto riesgo". La normativa les entrega un rol clave a los delegados presidenciales, los que deberán determinar esa clasificación, mientras que Carabineros podrá fijar desde la ruta del cortejo hasta realizar alcotest y controles de identidad de los asistentes.


Fue durante la cuenta pública del 2023 que el Presidente Gabriel Boric anunció -como una de sus medidas en materia de seguridad- un proyecto de ley que regule la realización de funerales de alto riesgo, más conocidos como los “narcofunerales”. “Una de las manifestaciones más irritantes del narco es su forma de ostentar las armas y de intimidar a los vecinos cuando se realizan funerales de los integrantes de sus bandas”, dijo aquel 1 de junio el Mandatario.

A casi dos años de esa intervención, la normativa ya se encuentra cerca de ser implementada, ya que luego de su promulgación en noviembre del año pasado, el Ministerio del Interior concretó el ingreso del reglamento que la implementa ante la Contraloría. El escrito, en su última versión, fue ingresado el lunes 13 de marzo.

El reglamento es el instrumento jurídico que permite -entre otras cosas- operativizar la Ley 21.717, que regula los funerales de alto riesgo, la que establece un plazo máximo de 24 horas para el proceso fúnebre, produce cambios a la normativa sanitaria para poder concretar aquello, mandata a los delegados presidenciales, eleva la penalidad de algunos delitos e incivilidades producidas en este contexto y entrega una amplia regulación a Carabineros para normar este tipo de eventos, los que muchas veces generan molestia en las comunidades.

La ley establece que una vez que Contraloría apruebe el reglamento pasarán 60 días para que este comience a tener vigencia y poder aplicar las nuevas reglas para los funerales de alto riesgo.

El reglamento

El principal objetivo del reglamento ingresado el pasado 13 de marzo por Interior ante la Contraloría es establecer la “metodología y los antecedentes para calificar un funeral como de riesgo”. En esa línea, define como un funeral de este tipo “aquel en que existan circunstancias que permitan presumir fundadamente que su realización representa una amenaza o peligro para la seguridad y el orden público”.

Para llegar a esa definición, de acuerdo con lo contemplado en el documento regulador, Carabineros deberá emitir un informe en un plazo de dos horas desde que tiene conocimiento de la muerte de una persona con esta calificación, el que deberá ser entregado al delegado presidencial de cada región. Si bien la policía uniformada debe elaborar este documento, cualquier institución de la administración del Estado puede dar cuenta de que el fallecido tiene un perfil de riesgo.

Memorial narco Rancagua

Ese informe, según lo establece el reglamento, “contendrá, a lo menos, los antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso. Además, el informe técnico podrá incluir cualquier otra información, medios o antecedentes que permitan acreditar la identidad del fallecido o pudieran ser pertinentes para la calificación del riesgo”. Además de eso, el delegado también podrá requerir información a otros organismos.

El delegado presidencial, con todos los antecedentes deberá determinar la calificación de riesgo que tiene un funeral, para lo que deberá considerar dos principales aspectos. El primero de estos es los antecedentes delictuales del fallecido, su vinculación con el narcotráfico, a bandas o con el crimen organizado. El segundo aspecto son las circunstancias del entorno en el que falleció.

Un trámite prioritario

De determinar y calificar el riesgo de un funeral, la delegación deberá informar a las instituciones involucradas, así como también a la familia, quien recibirá la propia resolución de parte de Carabineros. Para este trámite se fijan el orden en que debe entregarse la información y las formas en que se notifica en caso de que los familiares se nieguen o no sean encontrados.

Policial - funeral - velorio
(Imágenes referenciales).

Como en todo funeral, tras el deceso se activan una serie de trámites ante el Registro Civil o el Servicio Médico Legal, instituciones que, según el reglamento y la ley, deberán priorizar tanto la tramitación como la autopsia del cuerpo. Si bien todo se debe realizar en 24 horas, incluido el funeral, en caso de que un cuerpo deba ser entregada por el SML, dicho plazo corre desde que el fiscal ordena aquello.

Las facultades para Carabineros

Tanto el cortejo fúnebre como las condiciones en las que este se realice, también estarán sujetos a lo establecido por las autoridades. Por ejemplo, la delegación, Carabineros y el cementerio donde se realice un entierro -o cremación- deberán procurar que se realice en horarios en que no se altere al público.

En caso de que este sea en otra región diferente a la que la persona de alto riesgo falleció, el reglamento ordena que las delegaciones involucradas se comuniquen y coordinen para aplicar el operativo.

Pero no es lo único, ya que también la normativa faculta a Carabineros a “resguardar la seguridad durante todo el proceso funerario y velar por su correcta y oportuna realización, por lo que estará facultado para determinar el trayecto desde el lugar del deceso o el Servicio Médico Legal, según corresponda, hasta el lugar de sepultación o cremación”. Así como también lo habilita para fiscalizar el funeral y además realizar controles de identidad, alcotest, entre otras acciones.

Carabineros
Javier Torres/Aton Chile

Además, la policía uniformada también está facultada para disponer del despliegue policial de acuerdo a los niveles de riesgo que determine, y “tomará las medidas preventivas necesarias para evitar acciones contrarias al orden público en los recintos donde se halle el cuerpo, en el trayecto a su inhumación o cremación y en el cementerio”.

El reglamento ingresado recientemente por Interior, por último, también entrega a las delegaciones el mandato de tener la coordinación y comunicación eficiente del proceso, “con el objetivo de agilizar la labor de Carabineros y mitigar las externalidades negativas del entorno”.

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