Hasta 10 años sin ingresar a los estadios: las 49 faltas tipificadas y los duros castigos para terminar con la violencia en el fútbol
El Deportivo tuvo acceso al nuevo protocolo de aplicación del Derecho de Admisión, en donde se especifican las multas y sanciones para las personas que comentan delitos o faltas en los eventos deportivos. Estas incluso rigen si las situaciones se producen en el extranjero.
La violencia en los estadios se ha tornado un tema latente dentro del fútbol nacional. Durante 2022 constantemente se vieron actos vandálicos y delitos dentro de las principales canchas del país, tanto en partidos de Primera División, como en Copa Chile y en las divisiones menores. Es por eso que la ANFP prepara un nuevo código de comportamiento para esta temporada, con el objetivo de castigar de manera más dura estas acciones.
A través de un escrito, al que tuvo acceso El Deportivo, la Asociación Nacional de Fútbol Profesional detalló el nuevo protocolo de aplicación del Derecho de Admisión, el cual, si es aprobado en el Consejo de hoy, comenzará a regir desde el partido de Supercopa entre Colo Colo y Magallanes en Viña del Mar este 15 de enero.
Los puntos más llamativos del texto son las duras sanciones por cometer delitos durante o en circunstancias conexas al evento deportivo, las cuales podrían llegar un tiempo máximo de 10 años de sanción. Para esto, ANFP diferenció los delitos cometidos. Si la falta realizada, cuyo conocimiento recaiga en los tribunales ordinarios con competencia en lo criminal, y que tenga una pena asociada superior a cinco años de presidio, el derecho de admisión funcionará por un tiempo mínimo de diez años. En esta categoría se encuentran situaciones como provocar o causar lesiones a menores de edad, adultos mayores o personas con movilidad reducida, así como realizar un reventón en los accesos de los recintos o ingresar a la cancha y agredir físicamente a jugadores, cuerpo técnico, árbitros, directivos o personal que trabaja en el estadio. Dentro de los actos “Gravísimos” también se encuentran provocar abortos a personas gestantes, además de portar, accionar, activar, detonar o manipular elementos pirotécnicos al interior del coliseo deportivo.
Por otra parte, si las conductas realizadas constituyen un delito con una pena asociada superior a tres años de presidio e igual o inferior a cinco años, los organizadores deberán reservarse el derecho de admisión por un periodo no menor a ocho años y con un máximo de diez. Algunos de los actos que se encuentran dentro de estos tiempos son porte de arma de fuego o hechizas, o artefactos explosivos, además de retención o toma de control de vehículos de transporte público de pasajeros, entre otros.
En el caso de realizar agresiones sexuales, robar o lanzar objetos contundentes dentro del recinto deportivo, la aplicación del Derecho de Admisión irá entre los seis y los ocho años, dependiendo de la resolución.
Pero no solo delitos e infracciones serán castigadas, ya que los organismos también podrán sancionar a personas que realicen conductas que vulneren alguna de las condiciones de ingreso y permanencia establecidas en el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 19.327. Ejemplos de aquello son el intentar ingresar lienzos o ingresar lienzos al recinto deportivo, el uso de puntero láser y el porte y/o consumo de alcohol y drogas en el estadio.
El nuevo protocolo también especifica que en el caso de reincidencia (esto se considera durante la prohibición o hasta un año después de ser levantada), el derecho de admisión podrá aplicarse por el doble del tiempo del nuevo incumplimiento. Por otra parte, deja en claro que los castigos podrán ejercerse sobre situaciones realizadas tanto en suelo nacional como en el extranjero, aplicando “los mismos términos y tiempos mínimos como si dichos hechos se hubieren producido en nuestro país, siempre y cuando cuenten con los antecedentes suficientes para justificar la decisión tomada”.
Los antecedentes suficientes para justificar esa decisión van de la mano con la cantidad de pruebas que se puedan determinar al momento de la aplicación del derecho de admisión. Alguna de las formas para lograr aquello son partes policiales, declaraciones escritas y firmadas del Jefe de Seguridad, supervisores, encargados, guardias de seguridad o controles del organizador de espectáculos de fútbol profesional, además de fotografías o videos, copias simples de resoluciones judiciales dictadas por tribunales extranjeros e informes escritos y firmados emitidos por autoridades extranjeras, entre otros.
Finalmente cabe destacar que toda persona podrá impugnarse cierta prohibición de ingreso a los recintos deportivos bajo derecho de admisión, presentando un reclamo que acompañe antecedentes suficientes para explicar razonablemente los motivos que justificaron el ejercicio de éste.
Un extenso informe que busca poner fin a las situaciones de violencia que se han vivido cada vez con más frecuencia dentro de los estadios del fútbol chileno. Todavía están en el recuerdo colectivo la agresión de hinchas de la UC en contra del portero de la U, Martín Parra, los ataques con piedras en contra del bus que transportaba a Iquique en mayo o las masivas invasiones dentro del Estadio Monumental para el duelo de los albos ante River Plate por Copa Libertadores.
Número | Conducta Tipificada | Categoría | Tiempo Mínimo |
---|---|---|---|
1 | No respetar la ubicación de la tribuna y/o numeración del asiento. | Levísima | 1 año |
2 | Introducir o intentar introducir animales al recinto deportivo (excepción animales de asistencia). | Levísima | 1 año |
3 | Introducir o intentar indebidamente o de manera oculta elementos que afecten la visión de asistentes. | Levísima | 1 año |
4 | Ejecutar cualquier tipo de conductas que inciten a la violencia. | Leve | 2 años |
5 | Intentar ingresar lienzos o ingresar lienzos al recinto deportivo. | Leve | 2 años |
6 | Instalar lienzos en rejas o exhibirlos en las tribunas del recinto deportivo. | Leve | 2 años |
7 | Uso de puntero láser. | Leve | 2 años |
8 | Trepar las rejas u otro tipo de conductas que por su causa interrumpan o atrasen el desarrollo del partido. | Leve | 2 años |
9 | Participación en desórdenes en las inmediaciones del recinto deportivo o en hechos conexos | Leve | 2 años |
10 | Intentar ingresar al recinto deportivo en estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas. | Leve | 2 años |
11 | Intentar burlar o burlar el derecho de admisión (Código 102). | Leve | 2 años |
12 | Robar balones que salgan del campo de juego. | Leve | 2 años |
13 | Detención por porte y/o consumo de alcohol y drogas en el estadio. | Leve | 2 años |
14 | Ingresar al recinto deportivo por lugar indebido o no habilitado. | Leve | 2 años |
15 | Participación en desórdenes al interior del recinto deportivo. | Menos Grave | 4 años |
16 | Ejecutar cualquier tipo de conductas que inciten a la violencia. | Menos Grave | 4 años |
17 | Efectuar o proferir expresiones de carácter racista, xenófobos, misóginos, homofóbicos o discriminatorios a cualquiera de los participantes del evento deportivo. | Menos Grave | 4 años |
18 | Falsificación o reventa de entradas en las inmediaciones de los estadios. | Menos Grave | 4 años |
19 | Amenazar directa o indirectamente a jugadores, cuerpo técnico, directivos o personal que trabaja en los estadios. | Menos Grave | 4 años |
20 | Amenazar, extorsionar o acosar a asistentes al interior del recinto deportivo. | Menos Grave | 4 años |
21 | Escupir a jugadores, miembros de cuerpos técnicos, directivos o a cualquier persona dentro o fuera del campo de juego. | Menos Grave | 4 años |
22 | Introducir o intentar introducir indebidamente elementos que afecten la seguridad o evacuación de asistentes. | Menos Grave | 4 años |
23 | Participar en cánticos de carácter racista, xenófobos, misóginos, homofóbicos o discriminatorios. | Menos Grave | 4 años |
24 | Intentar ingresar o ingresar lienzos de carácter racista, xenófobos, misóginos, homofóbicos o discriminatorios. | Menos Grave | 4 años |
25 | Ingresar sin autorización a zonas destinados a jugadores, cuerpo técnico, directivos o personal que trabaja en el estadio. | Menos Grave | 4 años |
26 | Uso malicioso de entradas. | Menos Grave | 4 años |
27 | Mal uso de credencial o acreditación. | Menos Grave | 4 años |
28 | Agresiones físicas, acoso sexual y agresiones sexuales al interior del recinto deportivo. | Grave | 6 años |
29 | Portar, accionar, activar, detonar o manipular elementos pirotécnicos en las inmediaciones del recinto deportivo o en hechos conexos. | Grave | 6 años |
30 | Usurpación de identidad para intentar ingresar al estadio. | Grave | 6 años |
31 | Ingresar a la cancha sin autorización. | Grave | 6 años |
32 | Hurto o robo de especies al interior del estadio o recinto deportivo. | Grave | 6 años |
33 | Lanzar objetos contundentes al interior del recinto deportivo. | Grave | 6 años |
34 | Causar daños al interior del estadio o recinto deportivo. | Grave | 6 años |
35 | Participar en desórdenes al interior del coliseo deportivo. | Grave | 6 años |
36 | Intentar agredir o agredir físicamente a jugadores, cuerpo técnico, directivos o personal que trabaja en el estadio. | Grave | 6 años |
37 | Porte de arma blanca o elementos contundentes u otros objetos para causar daños a terceros. | Grave | 6 años |
38 | Intentar burlar la prohibición judicial de acceso (Código 101). | Grave | 6 años |
39 | Causar lesiones graves. | Muy Grave | 8 años |
40 | Retención o toma de control de vehículos de transporte público de pasajeros. | Muy Grave | 8 años |
41 | Portar, accionar, activar, detonar o manipular elementos pirotécnicos al interior del recinto deportivo. | Muy Grave | 8 años |
42 | Ingresar a la cancha y amenazar a jugadores, cuerpo técnico, árbitros, directivos o personal que trabaja en el estadio. | Muy Grave | 8 años |
43 | Lanzar objetos contundentes al interior del coliseo deportivo | Muy Grave | 8 años |
44 | Porte de arma de fuego o hechizas, o artefactos explosivos | Muy Grave | 8 años |
45 | Ingresar a la cancha y agredir físicamente a jugadores, cuerpo técnico, árbitros, directivos o personal que trabaja en el estadio. | Gravísimo | 10 años |
46 | Portar, accionar, activar, detonar o manipular elementos pirotécnicos al interior del coliseo deportivo. | Gravísimo | 10 años |
47 | Reventón de acceso del recinto deportivo. | Gravísimo | 10 años |
48 | Provocar aborto a personas gestantes. | Gravísimo | 10 años |
49 | Provocar o causar lesiones a menores de edad, adultos mayores o personas con movilidad reducida. | Gravísimo | 10 años |
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.