Héctor Sánchez, exsuperintendente de Salud: “Es un modelo monopólico en el financiamiento y oligopólico en la oferta y de carácter estatal”

Héctor Sánchez

Este viernes, se aprobó el artículo 18 en la Convención Constitucional. Este establece la creación de un Sistema Nacional de Salud de carácter universal, público e integrado y que se regirá por principios como equidad, solidaridad, interculturalidad y no discriminación. En este escenario, el exsuperintendente de Salud afirma que de implementarse un modelo así, los efectos serán negativos.


Héctor Sánchez se tituló como médico veterinario en la Universidad de Chile en el año 1974. En esta misma casa de estudios alcanzó, en 1977, el grado de magíster en Salud Pública. Además, fue el primer superintendente de Isapres en Chile.

Actualmente, el académico es director del Instituto de Salud Pública de la U. Andrés Bello y sigue muy de cerca el debate de salud en la Convención Constitucional. En ese escenario, recalca que hay aspectos que no son viables y el órgano político no ha revisado.

Este viernes se aprobó en la Convención Constituyente el artículo 18, el cual establece un Sistema Nacional de Salud será de carácter universal, público e integrado. ¿Cuáles son los puntos que destaca de este hito?

El articulo 18 hay que dividirlo en tres partes. La primera, considero que es correcta, porque establece los principios que regirán el derecho a la salud. Como los principios de equidad, solidaridad, pertinencia territorial, calidad, enfoque de género, entre otras. También define a grandes rasgos lo que sería el nuevo sistema y cómo incorporaría acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e inclusión y donde la atención primaria constituirá la base del sistema, eso es perfecto. Para una constitución me parece impecable.

¿Qué puntos aprobados le preocupan?

En la segunda parte del artículo, hay algo que me parece muy raro. En vez de establecer la existencia de un plan universal de salud, destacan el acceso a métodos de reproducción asistida, así como el tratamiento integral frente al consumo de drogas y dejan fuera el cáncer, las enfermedades raras de alto costo, el acceso de medicamentos y la discapacidad. Aquí yo creo que se produce el primer error, porque la Constitución no puede estar definiendo en un primer momento qué va a incluir y qué no, porque eso es dinámico y habría bastado que el artículo hubiera establecido la existencia de un plan universal de salud de carácter integral que incorporará todas las prestaciones de salud y a lo más que dejara explícito por razones de importancia, que incorporaría los medicamentos para la cobertura integral.

¿Tiene otro reparo?

Establecen un modelo de financiamiento del sistema de salud, el cual estaría financiando por rentas generales y por el cobro obligatorio de cotizaciones entre empleadores y trabajadores, con el objeto de aportar solidariamente al financiamiento, lo cual está bien. Sin embargo, aquí empieza el segundo y gran error. En estricto rigor cede a las tentaciones ideológicas de los convencionales que forman parte de la comisión, al establecer que la ley va a determinar el órgano público encargado de la administración del conjunto del fondo del sistema, en otras palabras, va a haber un sistema de financiamiento gestionado por el estado. En segundo lugar, establece que los beneficios que ofrece el sistema estatal deben estar en el sistema nacional de salud y los sistemas complementarios solo podrían cubrir aquello que este sistema estatal único no cubriría, como las cirugías estéticas. El tercer error es que el artículo establece que los servicios de salud que se quieran incorporar a este sistema nacional de salud deben ser sin fin de lucro.

¿Qué efectos tendría fin de lucro en el sistema de salud?

Lo que se puede concluir es que todo aquel que quiera trabajar en el sistema único de salud va tener que ser sin fin de lucro. Es decir, los médicos deberían ser funcionarios del sistema y los centros y las clínicas que se quieran incorporar al sistema tendrían que ser corporaciones privadas sin fines de lucro o ser fundaciones. De esto se puede concluir que todos aquellos que no se incorporen a este sistema único de salud deberían financiarse solo con el pago de las personas o desaparecer.

¿Un sistema público sería capaz de absorber las necesidades de toda la población?

No. El sistema actual con la población que tiene que atender tiene más de dos millones de personas en lista de espera para una atención médica. Además, tiene más de 314 mil personas esperando una cirugía. Por lo tanto, es un sistema que está reventado y a estas personas en espera le vamos a sumar 3,5 millones de personas que están en las isapres y también se le va a incorporar 7,5 millones de personas que hoy están en Fonasa y se atienden en el sistema privado. En estricto rigor, lo que se haría es deteriorar aún más la situación del sistema estatal para los actuales beneficiarios.

¿Qué pasaría con las listas de espera?

Yo creo que va a pasar lo que ha sucedido en el pasado. Las listas de esperan generan que una proporción de las personas fallezcan esperando. En 2020, aproximadamente murieron 36.000 personas en las listas de espera y de estas, el 20% fallecieron por una causa asociada a la espera. Entonces, podrían fallecer más personas, esta es una situación compleja que es necesario revisar cuando el artículo pase al pleno.

¿Qué pasaría si se aprueba el artículo en el pleno?

De ser aprobado en la forma que está redactado, creo que es una mala propuesta para los chilenos. Lo que están haciendo la comisión de Derechos Fundamentales es aprovechar una mayoría circunstancial que solo se ha dado en la Convención y para amarrar por Constitución, ni siquiera por ley, un modelo de organización que es monopólico en el financiamiento y oligopólico en la oferta y de carácter estatal. Todas las encuestas demuestran que la población no lo quiere, los chilenos quieren tener libertad para escoger prestadores.

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