“Luis Hermosilla es un peligro”: la apelación de la Fiscalía para que abogado protagonista del caso Audio vuelva a la cárcel

FORMALIZACION DEL ABOGADO LUIS HERMOSILLA, POR LA ARISTA PARQUE CAPITAL
FORMALIZACION DEL ABOGADO LUIS HERMOSILLA, POR LA ARISTA PARQUE CAPITAL - Mario Tellez / La Tercera

El Ministerio Público recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para pedir que se reimponga la prisión preventiva de Luis Hermosilla, quien dejó la cárcel la semana pasada. Entre sus argumentos, la Fiscalía cuestiona que se hayan considerado informes sociales pese a que existe peligro para la sociedad. "No es un análisis social, sino que jurídico”, plantea.


Seis días han pasado desde que el pasado jueves 20 de marzo, y tras 205 días, el abogado Luis Hermosilla dejó el Anexo Cárcel Capitán Yáber, luego de que el Cuarto Juzgado de Garantía revirtiera su prisión preventiva. Lo anterior, en una resolución dictada por la jueza Andrea Díaz-Muñoz, quien accedió a lo solicitado por la defensa y que el Ministerio Público busca revertir para que el otrora reputado penalista vuelva a estar tras las rejas.

Para materializar aquello, este martes la Fiscalía Metropolitana Oriente ingresó una apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, esperando que el tribunal revierta la resolución de Díaz-Muñoz, quien rebajó la prisión preventiva de Hermosilla por la medida cautelar de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los coimputados del denominado caso Audio-Factop.

En esa resolución, la magistrada afirmó que desde la formalización del penalista “sí han variado las circunstancias” y que la libertad de Hermosilla no constituía un peligro para la sociedad, algo que argumentó basándose en informes sociales presentados por la defensa, encabezada por el abogado y hermano del imputado, Juan Pablo Hermosilla.

“Se investigan delitos de la máxima gravedad”

Ocho páginas tiene la apelación ingresada por la Fiscalía ante el tribunal de alzada. En el escrito, presentado por el fiscal de Alta Complejidad Oriente, Juan Pablo Araya, el ente persecutor afirma que el cambio en la medida cautelar del abogado formalizado por cohecho, lavado de activos y delitos tributarios “causa un agravio a esta parte”. En esa línea, el fiscal afirma que la resolución del tribunal tuvo en consideración “antecedentes que en nuestro concepto son errados”.

En esos términos, el Ministerio Público afirma que, en su opinión, “existen antecedentes calificados que permiten al tribunal considerar que la libertad del imputado es peligrosa para la seguridad de la sociedad”. Esta última calificación, sostiene, “no es una predicción criminológica, tampoco es un concepto indeterminado o entregado al arbitrio de apreciación del juez de garantía de turno. No es un análisis social, sino que jurídico”.

Lo anterior, porque a juicio del ente persecutor Hermosilla cumple con los criterios “objetivos y normativos” sobre la necesidad de cautela, por lo que concluyen que la prisión preventiva es “proporcional, necesaria y suficiente”.

Hermosilla
Luis Hermosilla tras dejar la cárcel el jueves 20 de marzo.

Respecto a esos criterios objetivos, la Fiscalía plantea como argumentos la gravedad del hecho que se le imputa al otrora reputado penalista, en contra de quien “se investigan delitos de la máxima gravedad”, sostiene.

En ese sentido, también plantea la gravedad que tendrían las penas de esos delitos en caso de ser condenado, el número de estos, además de plantear que existen procesos pendientes, así como también recalcando que el imputado actuó “en grupo o pandilla o habiendo formado parte de una organización o asociación”.

“En el delito de lavado de activos y en los delitos consumados y reiterados de soborno, los que afectan diversos bienes jurídicos de especial relevancia para la sociedad, como lo son los relacionados con la probidad y la fe pública, el orden público económico y la afectación del patrimonio fiscal”, se expone en la apelación.

Los informes en cuestión

La decisión de la magistrada Díaz-Muñoz, el pasado jueves, consideró sustancialmente los informes sociales y psicológicos presentados por la defensa de Hermosilla. A juicio de la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, “los dos informes periciales acompañados, uno psicológico que concluye que el imputado reúne los requisitos para cumplir en libertad (...) Además, el peritaje social que da cuenta que es un adulto mayor que tiene redes de apoyo en medio libre, arraigo familiar y social, con un domicilio conocido y estable”.

Respecto a esa argumentación, la Fiscalía apunta a la necesidad de cautela en los requisitos considerados en el Código Procesal Penal, donde se establecen “criterios que deben ser especialmente considerados para determinar si la libertad del encartado (bajo proceso judicial) es peligrosa para la seguridad de la sociedad”.

La jueza Andrea Díaz-Muñoz sustituyó la prisión preventiva el abogado Luis Hermosilla mantenía desde agosto de 2024.
La jueza Andrea Díaz-Muñoz sustituyó la prisión preventiva que el abogado Luis Hermosilla mantenía desde agosto de 2024.

Otro de los puntos planteados para revertir la prisión preventiva de Hermosilla fue respecto a la colaboración del penalista en la investigación, algo que el Ministerio Público descarta tajantemente. “La colaboración del imputado que aduce el tribunal no es tal, puesto que nada nuevo a la investigación ha aportado con sus declaraciones. A su vez, el único nuevo antecedente esgrimido por la defensa de Luis Hermosilla es un peritaje social, documento que no desvirtúa la potente necesidad de cautela que existe a su respecto”.

CDE también recurre a la Corte

A estos argumentos también alude la apelación presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), querellante en el caso, organismo que plantea que la resolución de la magistrada “se encuentra insuficientemente fundada y se aleja del mérito del proceso, en especial del principio de legalidad que rige a toda medida cautelar personal, desde que los antecedentes invocados por la defensa no tenían el mérito suficiente para desvirtuar los presupuestos materiales y la necesidad de cautela”.

Raúl Letelier CDE
Raúl Letelier, presidente del CDE, organismo querellante en el caso Audio.

En ese sentido, plantean que los informes presentados por la defensa no son un antecedente “suficiente para desvirtuar” lo que la ley considera un peligro para la sociedad.

Ante el planteamiento de la colaboración, el consejo encabezado por Raúl Letelier afirma que “no hay una colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos”. Por lo mismo, concluye que “no habiendo nuevos antecedentes que permitan variar le necesidad de cautela, y estando plenamente vigente lo señalado por la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago en las resoluciones que mantuvieron la cautelar que pesaba sobre el imputado, debió mantenerse su prisión preventiva”.

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