La reservada audiencia en que la fiscal que investiga delitos de lesa humanidad contra policías y autoridades fijó los límites de su investigación

Claudia Perivancich
Claudia Perivancich, fiscal regional de Valparaíso. Foto: Agencia Uno.

Claudia Perivancich, fiscal regional de Valparaíso, quien indaga eventuales delitos de lesa humanidad durante el estallido social, expuso ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago sobre las complejidades para perseguir esos ilícitos. En ese alegato reveló que su indagatoria comprende los hechos ocurridos entre el estallido social y marzo de 2020, y que la mayor parte de sus diligencias están abocadas a indagar eventuales abusos policiales que se produjeron en la Plaza Baquedano.


Fue el 7 de noviembre de 2019, en plenas manifestaciones del denominado estallido social, que la Fiscalía Nacional decidió nombrar a la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, para que indagara todas las querellas en que se invocaban eventuales delitos de lesa humanidad que habían sido declaradas admisibles por tribunales y que eran dirigidas en contra de los altos mandos de Carabineros, así como también los exministros de Interior Andrés Chadwick y Gonzalo Blumel, y hasta el propio Presidente Sebastián Piñera.

Estas acciones judiciales actualmente suman más de 20 y están patrocinadas, principalmente, por organismos de derechos humanos, y también, en algunos casos, por el senador Alejandro Navarro. El caso avanza y ya se han concretado rondas de interrogatorios, el expediente cuenta con la declaración de los extitulares de la cartera de Interior, el exgeneral director de Carabineros Mario Rozas y ayer fue el turno del actual jefe de la policía uniformada, Ricardo Yáñez. Asimismo, Perivancich -según consta en el expediente- ha realizado una decena de requerimientos de información a quienes estaban a cargo de los operativos de orden público en el sector de Plaza Baquedano, además de varios peritajes.

Pero a medida que el tiempo avanza, algunas organizaciones de derechos humanos han intentado sumar más querellas, y no solo relativas a presuntos ilícitos de lesa humanidad en medio de manifestaciones. Fue el caso, por ejemplo, de una acción judicial interpuesta contra el Presidente y Carabineros, por el disparo de un funcionario policial a Francisco Martínez, malabarista que falleció en Panguipulli el 5 de febrero de este año.

A raíz de esta acción judicial -la que finalmente no entró en la causa por lesa humanidad-, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago accedió a realizar una audiencia para resolver la competencia del tribunal para conocer el caso, a solicitud de los abogados defensores de las autoridades querelladas. Fue en medio de este debate que la fiscal Perivancich se explayó sobre los límites de su indagatoria, sus implicancias y las variables que se tienen que dar para configurar un delito de lesa humanidad. Nunca la investigadora había expuesto sus puntos de vista sobre el caso con tanto detalle, hasta esa vez.

La importancia del contexto

La fiscal comenzó abordando los alcances de la resolución del fiscal nacional, Jorge Abbott, el que la designa para el caso. “Para estar frente a delitos de lesa humanidad debe concurrir (...) el contexto de lesa humanidad, y ese contexto supone la existencia de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, y lo más relevante acá es que indica los elementos para entender que este ataque generalizado o sistemático a la población civil responda a una política de Estado o de sus agentes”, expuso el 5 de marzo ante el tribunal.

Perivancich agregó que “debemos entender cuándo podemos estar frente a un contexto de ataque generalizado o sistemático a la población civil. Hay que darle sentido. Los propios querellantes estarán de acuerdo en que el sentido que pretenden otorgar a esta serie de manifestaciones concretas de hechos que pueden haber ocurrido, efectivamente, en cualquier lugar del territorio del país, es que haya un contexto preciso que, como sabemos, tuvo lugar a partir del 18 de octubre del año 2019. Este contexto ¿cuál es? Es que haya tenido lugar la actuación del Estado, a través de la autoridad política, por una parte, y de agentes del Estado, como pueden ser las fuerzas policiales u otras ramas de las Fuerzas Armadas competentes, en acciones de control del orden público, controlando masas, manifestaciones”.

La fiscal explicó que para sancionar las acciones policiales y determinar si éstas tuvieron sistematicidad resulta clave el contexto en que éstas ocurrieron. “Lo más relevante en esta indagación es el contexto, y en principio, tratándose además de una naturaleza de investigación inédita en nuestro sistema, es relevante tener en cuenta que corresponde al Ministerio Público dar contexto a su investigación, más allá de que pueda haber debates respecto de una competencia territorial”, dijo.

En esa misma línea, la persecutora agregó que “hay que tener claro que el contexto en esta investigación son los eventos acaecidos en el control del orden público, a propósito de la serie de manifestaciones iniciadas en nuestro país a contar del 18 de octubre (de 2019). Contexto, situación, manifestaciones, presencia de civiles en las calles de forma masiva que cesaron, a lo menos con fecha 18 de marzo del año 2020″.

El límite: hasta marzo de 2020

El tiempo que abarca esta indagatoria también es clave. Para Perivancich, la investigación debiera estar suscrita desde el 18 de octubre de 2019 hasta marzo de 2020 ¿Por qué ese límite? “Se advierte que cesan las manifestaciones en la calle producto de las restricciones en torno a la pandemia y ello es evidente durante el año 2020. Por eso sostenemos que un hecho que haya tenido lugar en enero o febrero del año 2021 no pertenece a ese contexto”, manifestó.

De todas maneras, la investigadora advirtió que “no resulta esperable que la ley haya establecido un plazo, por cierto que la ley no lo va a establecer, pero establece parámetros o criterios en virtud de los cuales se debe fijar ese contexto, y ese contexto es el control del orden público por manifestaciones ocurridas en el marco de esto que hemos llamado socialmente el ‘estallido social’, no se extienden, sino hasta marzo del 2020. Eso son elementos de facto que constan”.

Finalmente, la persecutora a cargo del caso explicó que si bien la investigación toma los presuntos crímenes de lesa humanidad, cometidos en el periodo de tiempo antes señalado, esta aborda todo el territorio nacional. Sin embargo, reconoce que la mayoría de los casos asociados a la causa están radicados en Plaza Baquedano.

“La mayor parte de las agresiones que esta investigación ha orientado a focalizar desde el punto de vista de la gravedad de la incidencia en las mismas es su eventual sistematicidad, y sin hacer mayores alegaciones, porque, insisto, no estoy dando cuenta de ellas desde el punto de vista del fondo, pero la mayor parte de esas, que dicen además relación con daños oculares, han tenido lugar en las inmediaciones de Plaza Baquedano, Plaza Italia”, sostuvo.

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